Los nuevos espa?oles que nunca debieron serlo
El Gobierno otorga por error la nacionalidad a decenas de delincuentes con detenciones o sentencias firmes
Jes¨²s E. G., dominicano, consigui¨® la nacionalidad espa?ola por residencia el 18 de noviembre de 2013. El Ministerio de Justicia consider¨® que cumpl¨ªa los tres requisitos que se le piden a cualquier solicitante: un tiempo determinado de residencia legal en Espa?a, integraci¨®n y buena conducta c¨ªvica. Ya era un espa?ol m¨¢s.
Sin embargo, a Justicia se le escap¨® algo. Jes¨²s hab¨ªa sido condenado el 19 de febrero de ese a?o, es decir, ocho meses antes, por un juzgado de lo penal de Madrid por un delito de tr¨¢fico de drogas. Nadie comprob¨® si Marcial ten¨ªa antecedentes penales o policiales antes de hacerle espa?ol. De haberlo hecho, Justicia habr¨ªa visto otra detenci¨®n, en febrero de 2010, tambi¨¦n por tr¨¢fico de drogas, y otra de 2009, por asociaci¨®n il¨ªcita y abuso sexual.
La Constituci¨®n garantiza que ¡°ning¨²n espa?ol de origen podr¨¢ ser privado de su nacionalidad¡±. ?Y si no lo es de origen? Se puede, y est¨¢ sucediendo cada vez m¨¢s. En apenas cinco a?os se han multiplicado por 10 los casos de revocaci¨®n de la nacionalidad espa?ola. Han pasado de ser anecd¨®ticos a llegar por decenas hasta la Audiencia Nacional, que solo en solo en 2016 ha dictado una treintena de sentencias, a las que ha tenido acceso EL PA?S.
Una de ellas declar¨® en noviembre pasado que el corto periodo de Jes¨²s como espa?ol de pleno derecho hab¨ªa terminado. Los magistrados apuntan en el fallo a los errores cometidos durante el procedimiento: ¡°Al valorar el requisito de buena conducta c¨ªvica, se debieron considerar no solo las circunstancias existentes al presentarse la solicitud, sino tambi¨¦n las que se hubieran podido producir a lo largo de la tramitaci¨®n del expediente gubernativo¡±.
Jes¨²s aport¨® al principio del procedimiento, que se puede demorar m¨¢s de dos a?os, un certificado de buena conducta que nadie volvi¨® a comprobar hasta que se le concedi¨® la nacionalidad. Mientras tanto, su curr¨ªculum sum¨® detenciones y hasta una sentencia condenatoria, que no se detectaron. ¡°Debi¨® tenerse en cuenta [¡] que exist¨ªa una causa penal pendiente por un delito de drogas¡±, dice la Audiencia Nacional, que a?ade que exist¨ªan tambi¨¦n ¡°otras detenciones por la Guardia Civil, de suficiente gravedad como para no tener por cumplido el requisito de buena conducta c¨ªvica¡±.
Homicidio imprudente
Tampoco en el caso de Gustavo V. P. Era una noche de agosto de 2010. Yoana S., de 25 a?os, iba en su bicicleta por la avenida de Guip¨²zcoa de Pamplona cuando un Ford Focus se la llev¨® por delante. El choque fue tan brutal que sali¨® disparada por encima y cay¨® varios metros m¨¢s atr¨¢s. Muri¨® d¨ªas despu¨¦s.
Al volante estaba Gustavo, que conduc¨ªa a 112 kil¨®metros por hora en una v¨ªa donde la velocidad m¨¢xima permitida era de 50 y con 0,48 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. La luna delantera del coche qued¨® resquebrajada hasta el punto de que no se ve¨ªa nada, pero sigui¨® conduciendo hasta llegar a su casa, salt¨¢ndose un sem¨¢foro en rojo por el camino, y escondi¨® el coche en el garaje. Le detuvieron apenas un par de horas despu¨¦s.
Dos a?os despu¨¦s, en octubre de 2012, Gustavo, colombiano, consigui¨® la nacionalidad espa?ola por residencia. El Ministerio de Justicia consider¨® que cumpl¨ªa todos los requisitos, incluido el de buena conducta c¨ªvica. A esas alturas, sin embargo, era m¨¢s que un presunto homicida: hab¨ªa sido condenado por un juzgado de lo penal varios meses antes, en enero. El juez le consider¨® autor de dos delitos de homicidio imprudente y omisi¨®n del deber de socorro. La Audiencia Provincial confirm¨® la condena posteriormente.
La doctora que no pudo trabajar en Espa?a
Los errores en la concesi¨®n de nacionalidad no solo se deben a delitos no detectados. En ocasiones, la confusi¨®n de la propia Administraci¨®n sobre los requisitos de residencia ha provocado casos como el de la doctora Nathalie Larreinaga.
Lleg¨® en 2004 a Espa?a con su t¨ªtulo de Medicina homologado para hacer el MIR en Oviedo. En 2007 inici¨® el tr¨¢mite para nacionalizarse. Quer¨ªa quedarse en Espa?a: vivir, investigar y ser m¨¦dica de familia en Asturias. ¡°Nunca me pusieron ning¨²n problema. En el Registro Civil dec¨ªan que cumpl¨ªa todos los requisitos; me entrevist¨® la polic¨ªa, que incluso me felicit¨® por lo bien que me hab¨ªa adaptado a las costumbres espa?olas y, sobre todo, asturianas¡±, relata por correo electr¨®nico. A la hora de empezar a trabajar en el sistema p¨²blico --en el que, recuerda, hab¨ªa dificultad para cubrir plazas-- se encontr¨® con que no pod¨ªa porque ten¨ªa tarjeta de estudios y no de residencia. ¡°Qued¨¦ en un limbo. Soy una persona que no le gusta infringir las leyes. No quise quedarme de forma ilegal y volv¨ª a mi pa¨ªs¡±.
Pese a ello, le concedieron la nacionalidad unos meses despu¨¦s, cuando ya estaba establecida de nuevo en El Salvador. Viaj¨® a Oviedo en 2012 para firmarla; incluso le dieron el pasaporte espa?ol. En 2013 el Consejo de Ministros declar¨® ¡°lesiva para el inter¨¦s p¨²blico¡± su nacionalidad. En 2016, la Audiencia Nacional lo confirm¨®: su estancia de estudios no era una residencia legal; darle la nacionalidad hab¨ªa sido un error.
¡°Lo lamento de coraz¨®n. Me hubiera gustado retribuir la excelente formaci¨®n que recib¨ª y trabajar para la gente de Asturias que tanto llegu¨¦ a apreciar¡±, dice. Ahora trabaja para el Ministerio de Sanidad de su pa¨ªs, investiga y es profesora de universidad.
El Ministerio de Justicia tard¨® casi dos a?os en enterarse de que hab¨ªa hecho espa?ol a un homicida. Fue un informe de la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa el que, en agosto de 2014, alert¨® de que Gustavo estaba en la c¨¢rcel por una condena firme. Entonces inici¨® el proceso para retirarle la nacionalidad. El procedimiento, un acto administrativo, se denomina declaraci¨®n de lesividad, lo inicia el propio ministerio a trav¨¦s del Abogado del Estado y debe ser aprobado por el Consejo de Ministros, que declara que una decisi¨®n es "lesiva para el inter¨¦s p¨²blico". Es la manera que tiene la Administraci¨®n de corregirse a s¨ª misma.?
En 2010 solo llegaron cuatro de estos casos a la mesa del Consejo de Ministros. En 2014 ya eran 65. ¡°El aumento del n¨²mero de lesividades ha coincidido con el incremento de la resoluci¨®n de expedientes de nacionalidad por residencia en el marco del Plan Intensivo de Tramitaci¨®n de Expedientes de Nacionalidad, desde septiembre de 2012¡±, explica en respuesta escrita el Ministerio de Justicia. ¡°Al incrementarse el n¨²mero de resoluciones lo ha hecho tambi¨¦n el de lesividades, en los a?os posteriores a la resoluci¨®n de los expedientes¡±, a?ade.
En la treintena de casos analizados, la Audiencia Nacional ha dado la raz¨®n al Abogado del Estado y ha revocado la nacionalidad a otras tantas personas. En algunos casos, hasta cinco y seis a?os despu¨¦s de que Justicia se las concediera. M¨¢s de la mitad son casos de tr¨¢fico de drogas. Tambi¨¦n hay tres de homicidio.
Falta de control
?C¨®mo es posible que Justicia conceda nacionalidades sin consultar los registros de penados y sentencias que gestiona el propio ministerio? ¡°Por absoluta falta de control durante el proceso de tramitaci¨®n de la nacionalidad¡±, asegura Marcelo Belgrano, coordinador de Extranjer¨ªa del Colegio de Abogados de Madrid. Si un solicitante de nacionalidad ha cometido delitos, o incluso ha sido condenado, "se deber¨ªa haber sabido, sobre todo porque es el mismo ministerio el que regula el registro", a?ade.
Belgrano cree que la externalizaci¨®n de la tramitaci¨®n a los registradores de la propiedad, dentro del plan de choque que el Gobierno puso en marcha en 2012 ante el alud de tramitaciones sin resolver, tambi¨¦n puede haber provocado alguno de estos errores. ¡°Al no estar familiarizados con todo el proceso de adquisici¨®n de nacionalidad, se han constatado bastantes errores en la resoluci¨®n de muchos expedientes¡±, se?ala.
Justicia reconoce que la direcci¨®n general que concede las nacionalidades no accede a los registros.¡°Se solicitan los informes preceptivos para evaluar el requisito de buena conducta c¨ªvica y en funci¨®n de ellos se toma una decisi¨®n¡±, afirma un portavoz. Ahora hay ¡°un mayor control de los expedientes de nacionalidad, y especialmente de personas que est¨¢n cumpliendo condena en centros penitenciarios¡±, apunta Belgrano. Muchos procedimientos se inician tras recibir informes policiales.?
Es el caso del ecuatoriano Nezzar Alejandro E. D., condenado a 11 a?os y seis meses de prisi¨®n por homicidio por la Audiencia Provincial de Murcia en 2012. Su condena fue posterior a la concesi¨®n de la nacionalidad, pero cuando el Ministerio de Justicia le comunic¨® que era espa?ol, en julio de 2011, hac¨ªa dos meses que hab¨ªa matado de una pu?alada en el coraz¨®n al joven Iv¨¢n Coca en Mazarr¨®n (Murcia).
La Audiencia Provincial no consider¨® acreditado que el consumo de alcohol hubiera afectado a sus capacidades. Tras un altercado en la calle, de madrugada, el hombre volvi¨® a su casa a buscar dos cuchillos. Durante el juicio aleg¨® que hubo un forcejeo y que no ten¨ªa intenci¨®n de matar. La sentencia califica ese forcejeo de ¡°inexistente¡±. Su detenci¨®n la madrugada del crimen no le constaba al Ministerio de Justicia cuando le dio la nacionalidad.
Detenido en Francia
Hay otros casos en los que resulta m¨¢s dif¨ªcil para la Administraci¨®n comprobar los antecedentes de un solicitante de nacionalidad. A Juan Pablo (nombre ficticio) se la concedi¨® en junio de 2013, un a?o despu¨¦s de que fuera detenido por un delito de tr¨¢fico de drogas. La detenci¨®n se produjo en Francia. Despu¨¦s le condenar¨ªa un tribunal de Montpellier a cinco a?os de c¨¢rcel.
Cuando un informe de la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa alert¨® a Justicia, esta inici¨® el proceso para declarar lesiva para inter¨¦s p¨²blico la concesi¨®n de la nacionalidad. En ocasiones, aunque la condena o la detenci¨®n sean posteriores a esa fecha, si se demuestra que los hechos delictivos se cometieron durante la tramitaci¨®n, Justicia y tambi¨¦n la Audiencia Nacional consideran que no se cumpl¨ªa el requisito de buena conducta y revoca la nacionalidad.
El procedimiento de lesividad es extraordinario, explica Vicente Mar¨ªn, abogado especializado en Extranjer¨ªa e Inmigraci¨®n y responsable de la web Parainmigrantes. Tanto que la mayor¨ªa de abogados que se dedican a extranjer¨ªa nunca se ha encontrado con uno de estos casos ni saben que existen. Tampoco hay estad¨ªsticas p¨²blicas. Ni se conoce cu¨¢ndo el Consejo de Ministros declara lesiva la concesi¨®n de una nacionalidad, puesto que estas decisiones no se divulgan en las referencias de los consejos.
Ahora la organizaci¨®n Access Info ha conseguido que se conozcan los ¨ªndices de los Consejos de Ministros, los ¨®rdenes del d¨ªa reales de las reuniones en las que los ministros toman las decisiones. Hasta ahora eran secretos, pero esta organizaci¨®n gan¨® un recurso ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que insta al Ministerio de Presidencia a hacerlos p¨²blicos. Las declaraciones de lesividad se recogen en los ¨ªndices, aunque anonimizadas y sin detallar el motivo.
Errores de la Administraci¨®n
La declaraci¨®n de lesividad no siempre se inicia por incumplir el requisito de buena conducta c¨ªvica. La falta de residencia acreditada e incluso la de integraci¨®n pueden descubrirse a posteriori e iniciar el proceso. Mar¨ªn relata los dos ¨²nicos casos que ha tenido hasta la fecha: los de dos m¨¦dicos que estaban haciendo el MIR en Espa?a y a los que Justicia les concedi¨® la nacionalidad pese a que era evidente que no cumpl¨ªan los requisitos.
¡°Es un caso sangrante que est¨¢ ahora en la Audiencia Nacional. Se les concedi¨® siendo estudiantes por una cadena de errores brutal, desde los funcionarios del Registro Civil a los encargados de tramitar el expediente, que eran los registradores de la propiedad. Acabaron con resoluciones favorables personas que no hab¨ªan sido residentes sino que ten¨ªan estancia por estudios. A los tres a?os, que se dice pronto, el Ministerio comprob¨® que se hab¨ªa equivocado¡±, explica. ¡°Ellos no ten¨ªan ni idea de que no cumpl¨ªan los requisitos. Se fiaron de los funcionarios¡±.
Tras la concesi¨®n de la nacionalidad a¨²n hay que pasar por otro tr¨¢mite: jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constituci¨®n y a las leyes antes de que se cumplan tres meses. Cuando el secretario judicial fue a notificar a Julio (nombre ficticio) que ya era espa?ol, se encontr¨® con que el hombre apenas le entend¨ªa.
¡°Tiene grandes dificultades para entender y expresarse en el idioma espa?ol", escribi¨® el funcionario. Result¨® que Julio era paquistan¨ª y que a duras penas contestaba con monos¨ªlabos y verbos en infinitivo. En su expediente del Registro Civil, en cambio, constaba que hablaba espa?ol perfectamente ¡°dada su nacionalidad hispanoamericana¡± y que ten¨ªa amplio conocimiento de las costumbres y estilo de vida espa?oles. El caso tambi¨¦n acab¨® en la Audiencia Nacional. Julio, de momento, no podr¨¢ ser espa?ol.
investigacion@elpais.es
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