La Audiencia de Sevilla aparta al juez ponente del juicio a Chaves y Gri?¨¢n
El magistrado Pedro Izquierdo no integrar¨¢ el tribunal que juzgue la pieza pol¨ªtica de los ERE
La Audiencia de Sevilla ha admitido la recusaci¨®n del juez Pedro Izquierdo como magistrado ponente en el juicio de la rama pol¨ªtica del caso de los ERE, en el que est¨¢n encausados los expresidentes de la Junta de Andaluc¨ªa Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n y otros 20 ex altos cargos del Ejecutivo auton¨®mico. De este modo, los magistrados apartan a Izquierdo porque la imparcialidad debida del juez no est¨¢ asegurada si ¨¦l dirige la vista de esta causa tan compleja que ata?e a la exc¨²pula de la Junta. Los jueces ven una "justificada percepci¨®n de cercan¨ªa, confianza y proximidad" entre el magistrado y los pol¨ªticos enjuiciados.
"En el desempe?o de su cargo ha coincidido con buena parte de los acusados, en su mayor¨ªa tambi¨¦n altos cargos de la Junta de Andaluc¨ªa, lo que evidentemente puede a¨²n sembrar m¨¢s dudas en un observador objetivo sobre su imparcialidad y negutralidad a la hora de juzgar los hechos", reza el auto de la Secci¨®n Tercera de la Audiencia.
Los magistrados han atendido la reclamaci¨®n presentada por PP y Manos Limpias mes y medio despu¨¦s de que la fiscal¨ªa no viese motivos para la recusaci¨®n. El pr¨®ximo y previsible paso es que Izquierdo sea apartado tambi¨¦n de la macrocausa de los cursos de formaci¨®n, ya que hasta ahora ha resuelto los recursos de dicha causa pero recientemente fue recusado por el PP. Izquierdo fue secretario general de la Consejer¨ªa de Justicia de la Junta de Andaluc¨ªa entre 2008 y 2014, durante la presidencia de los dos pol¨ªticos procesados.
Los magistrados han aceptado la recusaci¨®n y por tanto la Audiencia debe designar ahora a un nuevo ponente de entre los magistrados de la Secci¨®n Primera, que el propio Izquierdo preside. "No concurren las suficientes garant¨ªas para excluir cualquier duda sobre la imparcialidad del magistrado recusado, pues, como se ha dicho, las apariencias adquieren importancia, bastando que los recelos de los recusantes y de los ciudadanos puedan tener la posibilidad de considerarse objetivamente justificados", abundan los magistrados en su auto.
Tras conocerse la resoluci¨®n, Izquierdo ha pedido reformas legislativas para que a ning¨²n magistrado le ocurra lo mismo que a ¨¦l. El juez ha afirmado que las causas de abstenci¨®n y recusaci¨®n de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial no est¨¢n bien definidas en casos como el suyo, y se hace una "interpretaci¨®n", por lo que ha pedido que las reformas recojan casu¨ªsticas como la suya, un ex alto cargo "t¨¦cnico" que luego vuelve a ser juez, informa Efe.
A finales de marzo, la fiscal¨ªa rechaz¨® la recusaci¨®n de Izquierdo ya que "el mero hecho del desempe?o de un cargo publico en la Administraci¨®n auton¨®mica andaluza no es per se causa de abstenci¨®n o recusaci¨®n", defend¨ªa en su escrito?el fiscal Juan Enrique Egocheaga, quien?pidi¨® al magistrado que analizara si como alto cargo conoci¨® los procedimientos administrativos. Asimismo,?la defensa de los altos cargos de la Junta tambi¨¦n hab¨ªan defendido que no hab¨ªa razones para apartar a este magistrado.?
Elegido tras dos sorteos (uno para designar la sala y otro para elegir al ponente), Izquierdo ha mantenido que tiene la "percepci¨®n" de que puede "ejercer de forma responsable" sus obligaciones profesionales como presidente de la sala y ponente del caso. Defendi¨® que, cuando fue nombrado alto cargo, "ni conoc¨ªa ni ten¨ªa relaci¨®n de ning¨²n tipo con los encausados o encausadas" y tampoco ha tenido una relaci¨®n ¨ªntima con ninguno de ellos.?
Izquierdo advirti¨® de que, a ra¨ªz de ambas recusaciones, "no solo se ha visto ya perturbado el sosiego y tranquilidad con la que como ponente deber¨ªa haber comenzado a abordar el estudio de las actuaciones para su posterior enjuiciamiento con la sala, sino tambi¨¦n, el que como consecuencia de la forma de cuestionar" su inclusi¨®n en el tribunal, "se ha visto este tambi¨¦n afectado, al proyectarse de forma persistente una sospecha generalizada sobre si concurrir¨ªan las garant¨ªas necesarias para afrontar la celebraci¨®n del juicio".
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