La Generalitat asumir¨¢ los bienes del Estado
Catalu?a pedir¨¢ la transferencia de recursos para asumir obras y servicios ya formalizadas
El vicepresidente catal¨¢n, Oriol Junqueras, siempre ha se?alado que en caso de independencia el Gobierno central se ver¨¢ forzado a negociar con la Generalitat el reparto de activos y pasivos, ante la posibilidad de que un descuelgue catal¨¢n sin acuerdo suponga un inusitado incremento de la deuda en proporci¨®n con su producto interior bruto (PIB). El articulado de la Ley de Transitoriedad no hace referencia a esa deuda, pero s¨ª establece que la Generalitat pasar¨ªa a ser la propietaria de "la titularidad de cualquier clase de derecho real sobre todo tipo de bienes en Catalu?a". La Generalitat public¨® hace unas semanas un inventario previo para conocer cu¨¢l es el volumen de propiedades estatales, en el que aparecieron 1.080 edificios y terrenos con un valor conjunto de 685 millones de euros que ser¨ªan susceptibles de cambiar de manos.
Adem¨¢s de las propiedades estatales, el texto contempla que la Generalitat "se subroga" aquellos contratos de obras o de prestaci¨®n de servicios formalizados por el Estado espa?ol y que afectan a Catalu?a
La idea de negociaci¨®n de Junqueras se concreta en el borrador de la ley, que obliga a la Generalitat a impulsar un acuerdo sobre los contratos que afecten a ambas partes, especialmente aquellos que tengan incidencia en territorios de Catalu?a y de Espa?a a la vez. En esa negociaci¨®n se establecer¨¢, se?ala el borrador, la transferencia al nuevo Gobierno catal¨¢n por parte del Estado espa?ol "de los medios financieros destinados a la ejecuci¨®n de los contratos".
El articulado abre la puerta a permitir a las empresas contratistas a que aleguen y manifiesten su opini¨®n "sobre la subrogaci¨®n". La Generalitat asegurar¨¢ los t¨¦rminos del contrato, pero dos a?os despu¨¦s de ser el titular del contrato la Generalitat ¡ªo dos a?os despu¨¦s de la independencia¡ª podr¨¢ "revisar" las condiciones o, simplemente, "declararlo extinguido", asumiendo las alegaciones del contratista y tras reconocer el pago de una indemnizaci¨®n.
La ley de transitoriedad jur¨ªdica abre una ventana por si no se produjera esa subrogaci¨®n autom¨¢tica en servicios "especialmente relevantes para el normal funcionamiento" del Estado catal¨¢n. En ese caso, el Ejecutivo podr¨¢ iniciar "una contrataci¨®n de emergencia" para solventar el vac¨ªo.
De la misma forma que sucede con las obras y servicios, los responsables del borrador tambi¨¦n establecen que la Generalitat se arrogue "los convenios y acuerdos de colaboraci¨®n" con terceros. Todo el cap¨ªtulo de subrogaci¨®n patrimonial se ratificar¨¢ a trav¨¦s de un decreto ley.
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