El Ej¨¦rcito del Aire quiere echar a un cabo por cargar contra Rajoy en Facebook
El militar se enfrenta a la sanci¨®n m¨¢s grave que prev¨¦ el c¨®digo disciplinario
El perfil de Facebook ya ha desaparecido, pero en 2015 un tal Juanito ?vila estuvo, como tantos otros internautas, comentando la actualidad pol¨ªtica espa?ola. Varios de esos comentarios, en alg¨²n caso enlaces de YouTube compartidos en su muro, le han costado a un cabo del Ej¨¦rcito del Aire un procedimiento sancionador por falta muy grave. El instructor propone que sea castigado con la resoluci¨®n de compromiso, es decir, con la expulsi¨®n. La Fuerza A¨¦rea cree que ha incumplido el deber de fidelidad a la Constituci¨®n y ha emitido p¨²blicamente expresiones contrarias al presidente del Gobierno y otros ministros y a la Corona. El r¨¦gimen disciplinario de las Fuerzas Armadas proh¨ªbe mostrar preferencias pol¨ªticas.
El procedimiento, a cuya documentaci¨®n ha tenido acceso EL PA?S, se basa en varias capturas de pantalla y en el testimonio de otro militar, entonces teniente, hoy capit¨¢n, que denunci¨® a su compa?ero de la base a¨¦rea de Torrej¨®n en noviembre de 2015. Una de las capturas muestra un meme con la imagen del presidente Mariano Rajoy sujetando un cartel con esta leyenda: "Os rob¨¦, os robo¡ y os robar¨¦. Lo sab¨¦is y me volver¨¦is a votar. Pa¨ªs de gilipollas".El usuario de Facebook comentaba: "Si es que el que lo siga votando es que es para matarlo a palos".
En otras se enlazan noticias de prensa, como "El sueldo del Gobierno subir¨¢ cuatro veces m¨¢s que las pensiones", o "Rajoy dilapida la 'herencia recibida' y saquea 25.000 millones de la hucha de las pensiones", y se hacen comentarios contra el Gobierno. Otra de las im¨¢genes muestra que el usuario, que tiene 14 seguidores y no menciona cu¨¢l es su profesi¨®n, ha compartido un v¨ªdeo titulado "La monarqu¨ªa es innecesaria".
Durante la instrucci¨®n, el cabo J. F. A. neg¨® ser el autor de esos comentarios, incluso tener cuenta de esta red social. Su mujer, que declar¨® dos veces, testific¨® que fue ella la que cre¨® la cuenta y coment¨® las noticias desde el port¨¢til que compart¨ªan ambos. El instructor no la cree. Su declaraci¨®n es "inveros¨ªmil e inconsistente", se?ala en la propuesta de resoluci¨®n. El instructor reconoce que no lleg¨® a pedir a Facebook que identificara los registros de servidores del correo electr¨®nico asociado a la cuenta "por imposibilidad legal". Y se?ala que su conclusi¨®n sobre la autor¨ªa se basa en "pruebas indirectas o indicios".
Los dos ¨²nicos testigos son, adem¨¢s de la mujer del cabo expedientado, el militar que le denunci¨® en primer lugar y un capit¨¢n con el que coincidi¨® en uno de sus destinos. Este segundo militar declar¨® que, cuando el cabo era subordinado suyo en 2010 ya vio ese perfil, en el que se publicaban fotos de fiestas a las que asist¨ªa y otros eventos de su vida personal que no dejaban lugar a dudas sobre su autor¨ªa.
El caso fue archivado
Inicialmente la denuncia del teniente de la base de Torrej¨®n, que deriv¨® en un expediente administrativo, no tuvo consecuencias. Un comandante de la base investig¨® el caso y concluy¨® que no se hab¨ªa podido comprobar si la falta disciplinaria ¡ªentonces se consideraba solo grave¡ª la hab¨ªa cometido J. F. A. "Puede ser cualquier usuario el que est¨¦ detr¨¢s de ese perfil", escribi¨® en el informe de archivo. "De la documentaci¨®n aportada as¨ª como del resto de diligencias practicadas [¡] se obtiene que no existen motivos suficientes para acusar [¡] ya que una p¨¢gina en la citada red social se puede hacer con el nombre que se quiera y no se puede tener [¡] la seguridad de la autor¨ªa de los hechos", a?adi¨®.
Dos semanas despu¨¦s de este archivo, el general jefe de la base a¨¦rea de Torrej¨®n remiti¨® el caso al mando de personal (MAPER) del Ej¨¦rcito del Aire, que abri¨® el expediente disciplinario . En ese oficio de traslado, el general, Francisco Gonz¨¢lez-Espresati Ami¨¢n, menciona que al cabo se le est¨¢ instruyendo un expediente para determinar sus condiciones psicof¨ªsicas, es decir, para valorar si ya no cumple las condiciones necesarias para el servicio y si tiene derecho al retiro, que significa cobrar una pensi¨®n de 750 euros mensuales hasta su jubilaci¨®n. Tras recordar que el cabo "actualmente no ocupa destino", acuerda archivar el procedimiento previo y remitir los antecedes al Maper.
El art¨ªculo que aplica el instructor
La falta muy grave est¨¢ prevista en el art¨ªculo 8 de la LORDFAS y consiste en "el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constituci¨®n y la realizaci¨®n de actos irrespetuosos o la emisi¨®n p¨²blica de expresiones o manifestaciones contrarias al ordenamiento constitucional, a la Corona y a las dem¨¢s instituciones y ¨®rganos constitucionalmente reconocidos, cuando sea grave o reiterado".
Tanto para la esposa de J. F. A. como para su abogado, ah¨ª radica la clave de la reapertura de un caso que ya hab¨ªa sido archivado por un instructor por falta de pruebas. "Se est¨¢n dando prisa por eso. Quieren que se vaya a la calle con una mano delante y otra detr¨¢s", asegura la mujer del cabo. Seg¨²n su relato, el militar que dio el parte contra su marido y el capit¨¢n que declar¨® en el procedimiento son amigos y tienen una mala relaci¨®n con ¨¦l. "Es un caso claro de acoso que ha provocado una depresi¨®n y ataques de ansiedad a mi marido. No tienen ninguna prueba contra ¨¦l, ni un correo ni nada que demuestre que eso lo escribi¨® ¨¦l", a?ade. Ese supuesto acoso nunca fue denunciado. "Ahora ¨¦l se arrepiente de no haberlo hecho", dice la mujer.
La libertad de expresi¨®n de los militares
El expediente aborda un asunto siempre delicado: los l¨ªmites de la libertad de expresi¨®n de los militares y su deber de neutralidad politica. Mariano Casado, adjunto al secretario general de la Asociaci¨®n Unificada de Militares Espa?oles (AUME) y miembro del Observatorio de la Vida Militar, mayoritaria en el Ej¨¦rcito, considera que ¡°la libertad de expresi¨®n de los militares est¨¢ limitada en la medida en que se encuentren de servicio o hagan uso de su condici¨®n de militares. Cuando act¨²an a t¨ªtulo particular, sin poner de manifiesto su condici¨®n de miembros de las Fuerzas Armadas, sus l¨ªmites son los mismos que los de los dem¨¢s ciudadanos: el buen gusto y el respeto a la fama y el buen nombre de las personas¡±, alega.
La neutralidad pol¨ªtica de los militares, recuerda, est¨¢ dirigida a proteger la neutralidad de la instituci¨®n, pero cuando un militar se expresa en las redes sociales, bajo un nombre supuesto, sin que nadie sepa que se trata de un militar, no existe el riesgo de que la instituci¨®n se vea vinculada con sus opiniones. ¡°En otro caso¡±, a?ade, ¡°los militares no podr¨ªan votar ni asistir a un mitin pol¨ªtico de paisano¡±.
Por su parte, Javier de Le¨®n Villalba, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha y autor de estudios sobre derecho militar, discrepa de la doctrina seg¨²n la cual el militar lo es 24 horas al d¨ªa. ¡°Una cosa es su permanente disposici¨®n para el servicio y otra que se le aplique el c¨®digo disciplinario en su tiempo libre¡±. En su opini¨®n, la libertad de expresi¨®n es un derecho fundamental que solo puede limitarse el m¨ªnimo imprescindible y por razones fundadas; por ejemplo, si se producen injurias o calumnias. ¡°Si el sujeto no se manifiesta como militar no se entiende c¨®mo puede su conducta quebrantar la disciplina o afectar a la imagen de la instituci¨®n¡±, agrega. El problema, su juicio, es que se confunden los valores morales de las Fuerzas Armadas (integridad, valent¨ªa) con los bienes jur¨ªdicos (disciplina, jerarqu¨ªa), que son los que protegen las leyes.
investigacion@elpais.es
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