Estrasburgo vuelve a condenar a Espa?a por el ruido nocturno en Valencia
El tribunal da la raz¨®n a un valenciano que reclamaba 7.000 euros por da?os morales y materiales y otros 6.671 euros por las costas
Estrasburgo ha vuelto a dar un tir¨®n de orejas a las autoridades espa?olas por no proteger a sus ciudadanos contra los ruidos nocturnos provocados por los bares de copas, terrazas y discotecas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado este martes a favor de un ciudadano de Valencia, Miguel Cuenca Zarzoso, de 87 a?os y que lleva d¨¦cadas intentando, infructuosamente, que las autoridades de su ciudad hagan cumplir las reglamentaciones por ellas mismas impuestas a los locales nocturnos de su barrio, San Jos¨¦, una zona con un ¡°nivel ac¨²stico saturado¡±, seg¨²n el Ayuntamiento de la ciudad. En una decisi¨®n un¨¢nime, la corte de Estrasburgo consider¨® que se ha violado el derecho a la vida privada y familiar de Cuenca Zarzoso, consagrado en el art¨ªculo 8 de la Convenci¨®n Europea de Derechos Humanos, y obliga a las autoridades espa?olas a indemnizar al demandante con m¨¢s de 13.000 euros.
Es la segunda vez en poco m¨¢s de una d¨¦cada que los jueces europeos se ponen del lado de un demandante espa?ol en un caso de contaminaci¨®n ac¨²stica. En 2004, Estrasburgo ya fall¨® a favor de una mujer, Pilar Moreno G¨®mez, valenciana como Cuenca Zarzoso y, de hecho, residente a escasos metros del segundo demandante. Fue esa sentencia la que precisamente anim¨® a Cuenca Zarzoso a pedir ayuda a Estrasburgo, en vista de sus fracasos ante la justicia espa?ola.
El demandante lleva residiendo en el mismo barrio desde 1962. En 1974, seg¨²n recoge el informe de Estrasburgo, el ayuntamiento valenciano concedi¨® licencias para la apertura de bares, pubs y discotecas en los alrededores de su casa. En vista del alto ruido denunciado por los vecinos, que clamaban falta de sue?o, en diciembre de 1983 se decidi¨® que no se permitir¨ªa la apertura de m¨¢s locales en la zona. Sin embargo, se?ala el TEDH, ¡°la resoluci¨®n no fue implementada nunca y se concedieron nuevas licencias¡±. En 1996, el Ayuntamiento declar¨® el lugar de residencia del demandante ¡°zona ac¨²sticamente saturada¡±. Pero ni aun as¨ª cambi¨® la situaci¨®n, recog¨ªa el informe de los jueces europeos. Vecinos como Cuenca Zarzoso se vieron obligados a invertir dinero en la instalaci¨®n de ventanas de doble acristalamiento y aire acondicionado para evitar la entrada de ruidos. En 1999, Cuenca Zarzoso reclam¨® que el Ayuntamiento de Valencia pagara estos gastos en que hab¨ªa incurrido a causa del ruido que no cesaba. El caso fue pasando por diversas instancias judiciales hasta que, en junio de 2003, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia desech¨® la demanda de Cuenca Zarzoso, alegando que no hab¨ªa nexo de causalidad entre la contaminaci¨®n ac¨²stica y el da?o presuntamente sufrido porque ¡°no hab¨ªa pruebas que demostraran que en ese piso en particular el nivel particular de contaminaci¨®n ac¨²stica excediera los l¨ªmites establecidos¡±.
El mismo destino sufri¨® inicialmente su solicitud de amparo ante el Tribunal Constitucional, que lo desech¨® en un principio. Sin embargo, un mes despu¨¦s de esa decisi¨®n, en noviembre de 2004, el TEDH fall¨® a favor de la vecina de Cuenca Zarzoso, Pilar Moreno G¨®mez, por lo que el caso fue finalmente aceptado. Aunque la fiscal¨ªa argument¨® que Estrasburgo ya se hab¨ªa ocupado de un caso sobre una situaci¨®n ¡°exactamente igual¡±, en 2011 el Constitucional rechaz¨® finalmente la apelaci¨®n, argumentando que los dos casos no eran id¨¦nticos y que Cuenca Zarzoso ¡°no hab¨ªa demostrado que el ruido en su vivienda era superior al permitido y que sus problemas de salud estaban directamente causados por la contaminaci¨®n ac¨²stica¡±.
La decisi¨®n de al Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo da finalmente la raz¨®n a Cuenca Zarzoso, al considerar que, "a diferencia de los argumentos del Gobierno, este caso es muy similar al de Moreno G¨®mez". Y como ocurri¨® entonces, Cuenca "ha probado suficientemente las consecuencias que el ruido ha tenido en su salud¡±.
Por ello, Espa?a tendr¨¢ que indemnizar a Cuenca en el plazo de tres meses pr¨¢cticamente con las cantidades solicitadas en su demanda: 7.000 euros en concepto de da?os morales y materiales (m¨¢s de la mitad por las reformas realizadas en la vivienda) y 6.671,26 por las costas judiciales.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.