El Supremo niega a Jordi S¨¤nchez el permiso para acudir al pleno de investidura
El juez Llarena considera que su elecci¨®n como presidente implicar¨ªa un alto riesgo de que volviera a delinquir
Jordi S¨¤nchez no podr¨¢ acudir al pleno de investidura convocado para este viernes en el Parlament con ¨¦l como candidato. El juez Pablo Llarena ha denegado las tres peticiones que hab¨ªa formulado la defensa de S¨¤nchez esta semana: que le ponga en libertad o le deje salir temporalmente para acudir al pleno o que al menos le permita conectarse desde la c¨¢rcel por videoconferencia. El magistrado basa su rechazo en que se mantiene el riesgo de reiteraci¨®n delictiva y que este no desaparece con ninguna de las medidas propuestas por el abogado de S¨¤nchez. Seg¨²n resoluciones anteriores del Tribunal Constitucional y de los letrados del Parlament, el candidato a la investidura debe asistir al pleno, por lo que la resoluci¨®n de Llarena impide de nuevo a S¨¤nchez ser investido presidente de la Generalitat.
En el auto en el que expone su decisi¨®n, Llarena indica que el hecho de que se postule como candidato a president apunta ¡°marcada y racionalmente¡± a que, de salir elegido, su mandato podr¨ªa orientarse ¡°hacia el quebranto de un orden constitucional por el que cualquier elector entiende que debe desarrollarse su representaci¨®n democr¨¢tica¡±. "El ataque al orden constitucional puede estar en desarrollo, por m¨¢s que se encuentre actualmente paraizado y en posible espera de un relevo en sus protagonistas", afirma el juez, que considera que es esta circunstancia la que indica la conveniencia de "sobreponer la protecci¨®n de unos derechos pol¨ªticos colectivos, sobre un liderazgo que, por su ejercicio delictivo, suponga una restricci¨®n parcial del derecho reconocido al procesado en el art¨ªculo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos¡±.
Llarena ya impidi¨® a S¨¤nchez asistir a un pleno de investidura convocado por el presidente del Parlament, Roger Torrent, para el 12 de marzo con el exl¨ªder de la ANC como candidato, por lo que la resoluci¨®n de Llarena de este jueves era previsible. Sin embargo, en esta ocasi¨®n hab¨ªa una novedad a la que se aferraba la defensa de S¨¤nchez: que el Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU admiti¨® a tr¨¢mite hace unas semanas una demanda en la que la defensa del candidato considera que el alto tribunal est¨¢ vulnerando sus derechos pol¨ªticos. En su respuesta, la ONU pide a Espa?a a que tome ¡°todas las medidas necesarias para garantizar que Jordi S¨¤nchez puede ejercer sus derechos pol¨ªticos¡±.
Llarena hace referencia a esta resoluci¨®n y explica que ni es vinculante ni siquiera sugiere que la tutela cautelar de los derechos pol¨ªticos del procesado deba pasar por alguna de las medidas que S¨¤nchez pide. El juez, que advierte que la ONU siempre admite los escritos si formalmente est¨¢n bien presentados, recuerda que S¨¢nchez tiene una limitaci¨®n solo parcial del ejercicio en sus derechos pol¨ªticos, ya que no ha sido privado de su derecho a presentarse a las elecciones, ni de su derecho a ejercer el voto en su actuaci¨®n parlamentaria. Pero respecto a su petici¨®n de asistir al pleno de investidura, las restricciones vigentes ¡°resultan plenamente justificadas dadas las graves consecuencias que tendr¨ªa su reincidencia respecto de los principios y derechos constitucionales y pol¨ªticos de todos los ciudadanos espa?oles (¡) as¨ª como la marcada probabilidad de que esta reiteraci¨®n sobrevenga en la eventualidad de que se le llegaran a atribuir las funciones ejecutivas para las que se postula¡±.
Seg¨²n Llarena, el inter¨¦s de la ONU de que se eviten da?os irreparables en los derechos pol¨ªticos del procesado, ¡°no implica que ineludiblemente deba autorizarse el ejercicio completo de su contenido, ni que deba renunciarse a evaluar si el completo disfrute de los derechos pol¨ªticos resulta acorde con el principio de que la representaci¨®n ciudadana se ejerza de forma constitucionalmente adecuada¡±.
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