P¨¢ginas y p¨¢rrafos enteros id¨¦nticos a tesis, art¨ªculos y entradas de Wikipedia
Numerosas p¨¢ginas del trabajo final de Carmen Mont¨®n contienen fragmentos copiados de textos disponibles en Internet
EL PA?S ha accedido al trabajo fin de m¨¢ster de Carmen Mont¨®n, de 55 p¨¢ginas y titulado Reproducci¨®n asistida. Una liberaci¨®n o un retroceso en la igualdad, y ha comprobado que presenta p¨¢ginas enteras y p¨¢rrafos copiados de tesis y art¨ªculos anteriores disponibles en Internet, e incluso de p¨¢ginas de Wikipedia.
Estas son las principales coincidencias, subrayadas en amarillo en el PDF descargable que acompa?a esta informaci¨®n.
Coincidencia n¨²mero 1. P¨¢ginas 9 y 10. Pr¨¢cticamente todo el primer cap¨ªtulo, titulado ¡°El triunfo del patriarcado¡±, es igual al art¨ªculo?Nueva identidad, de la mexicana M¨®nica P¨¦rez, en un art¨ªculo fechado el 26 de julio de 2004. Dice as¨ª:
?¡°El t¨¦rmino patriarcado, derivado de la palabra patriarca, proviene del griego patri¨¢rchees, que significa Patria, descendencia o familia; y archo, que expresa mandato. En el siglo XIII, este vocablo ya se utilizaba para referirse al territorio y al gobierno de un patriarca, persona que por su edad y sabidur¨ªa ejerce autoridad en una familia o en una colectividad, y posteriormente, en el siglo XVII, se emple¨® para nombrar la dignidad del patriarca.
El Diccionario de la Real Academia Espa?ola define la palabra patriarcado como ¡°una organizaci¨®n social primitiva donde la autoridad es ejercida por un var¨®n, jefe de cada familia, extendi¨¦ndose este poder a los parientes a¨²n lejanos de un mismo linaje¡±.
Sin embargo, en el libro Diez palabras clave sobre mujer, la doctora en filosof¨ªa Alicia H. Puleo, explica que las acepciones de esta palabra no se limitan a las arriba se?aladas, pues a partir de los a?os setenta adquiri¨® una nueva significaci¨®n, generada por la teor¨ªa feminista para referirse a la dominaci¨®n masculina en las sociedades antiguas y modernas.
La antrop¨®loga Marta Moia define al patriarcado como un orden social caracterizado por las relaciones de dominaci¨®n y opresi¨®n establecidas por unos hombres sobre otros y sobre todas las mujeres y criaturas. As¨ª, los varones dominan la esfera p¨²blica, gobierno y religi¨®n, y la privada, que se refiere al hogar.
Por su parte, la tambi¨¦n antrop¨®loga feminista Marcela Lagarde, explica que el patriarcado se caracteriza por tres aspectos. El primero es la oposici¨®n entre el g¨¦nero masculino y el femenino, asociada a la opresi¨®n de las mujeres y al dominio de los hombres en las relaciones sociales, normas, lenguaje, instituciones y formas de ver el mundo.
El segundo punto se refiere al rompimiento entre mujeres, basado en una enemistad hist¨®rica en la competencia por los varones y por ocupar los espacios que les son designados socialmente a partir de su condici¨®n de mujeres.
Finalmente, Lagarde apunta que el patriarcado se caracteriza por su relaci¨®n con un fen¨®meno cultural conocido como machismo, basado en el poder masculino y la discriminaci¨®n hacia las mujeres.
Explica tambi¨¦n que el poder patriarcal no se limita a la opresi¨®n hacia las mujeres, sino tambi¨¦n hacia otros sujetos sometidos al mismo poder, como es el caso de las ni?as y ni?os, la juventud o aquellos grupos que por clase social, origen ¨¦tnico, preferencia religiosa o pol¨ªtica, sean minoritarios o diferentes al grupo dominante.
De esta forma, se puede resumir que el concepto patriarcado designa una estructura social basada en el poder del var¨®n, principalmente en las esferas pol¨ªtica y econ¨®mica y generalizada a todos los ¨¢mbitos como dominio masculino sobre las mujeres y la sociedad en general¡±.
Coincidencia n¨²mero 2. El p¨¢rrafo final del primer cap¨ªtulo es igual a La Maternidad como Instituci¨®n del Patriarcado: Representaciones y Manifestaciones en Obreras del Sector Textil¡±, de Rosal¨ªa Camacho Granados, de la Universidad Nacional de Costa Rica. Presentado el 27 de agosto de 1997. Dice as¨ª:
¡°El patriarcado, como sistema econ¨®mico, pol¨ªtico y social que oprime y subordina a las mujeres se sustenta y reproduce mediante instituciones, que operan en forma constante y contundente como pilares estrechamente ligados entre s¨ª. Dos de las instituciones m¨¢s importantes del sistema patriarcal que cumplen esta funci¨®n son la Familia y la Maternidad¡±.
Coincidencia n¨²mero 3. En la p¨¢gina 11 se copian p¨¢rrafos de un texto de Alda Facio (a su vez directora de la tesis anterior, de Rosal¨ªa Camacho Granados), titulado Feminismo, g¨¦nero y patriarcado. Es este:
¡°Los derechos ciudadanos se concibieron y consagraron haciendo una clara distinci¨®n entre los hombres, sujetos de ciudadan¨ªa por pertenecer al ¨¢mbito p¨²blico y las mujeres sin esta calidad puesto que su ubicaci¨®n y funci¨®n se encontraba dentro de una instituci¨®n con otras reglas del juego, la familia¡±.
Coincidencia n¨²mero 4. En la p¨¢gina 25, el cap¨ªtulo n¨²mero 5, Reproducci¨®n asistida, arranca con p¨¢rrafos copiados literalmente de la entrada de Wikipedia sobre ese concepto. Dice as¨ª:
¡°El 25 de julio de 1978 naci¨® en la ciudad inglesa de Oldham una ni?a singular: Louise Joy Brown, el primer beb¨¦ probeta de la historia.
Su concepci¨®n se hab¨ªa producido en un laboratorio nueve meses antes mediante la t¨¦cnica de fecundaci¨®n in vitro. Los especialistas extrajeron un ¨®vulo de su madre y lo unieron a un espermatozoide en una placa de laboratorio. Dos d¨ªas y medio despu¨¦s, el huevo se hab¨ªa dividido hasta formar una peque?a masa de ocho c¨¦lulas microsc¨®picas, por lo que fue implantado en el ¨²tero materno y se inici¨® una gestaci¨®n normal. El nacimiento de Louise abri¨® una p¨¢gina totalmente nueva en el tratamiento de la esterilidad.
El ¨¦xito de la fecundaci¨®n in vitro dio impulso a las actuales t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida, que comprenden todos los tratamientos de la esterilidad en los que se manipulan ¨®vulos y espermatozoides. As¨ª, en 1984 naci¨® en California (EE UU) un ni?o concebido con un ¨®vulo donado, y en Australia, una mujer dio a luz un beb¨¦ procedente de un embri¨®n congelado. En 1994, una italiana de 62 a?os tuvo un hijo gracias a un ¨®vulo donado que fue fecundado con el esperma de su esposo¡±.
Coincidencia n¨²mero 5. A partir de la p¨¢gina 33 se suceden numerosos p¨¢rrafos y p¨¢ginas enteras id¨¦nticas a la tesis doctoral de Ana Mart¨ª Gual, de febrero de 2011. Incluso reproduce algunos de los gr¨¢ficos. Se extienden hasta el final del trabajo, en la p¨¢gina 45.
Empieza con este p¨¢rrafo:
¡°Los datos referidos a la pr¨¢ctica de la Fecundaci¨®n in vitro nos sit¨²an en los inicios de la d¨¦cada de 1980. Aunque no se sabe con exactitud en n¨²mero de centros que la practicaban, se puede documentar la actuaci¨®n pionera de centros como el Instituto Dexeus, que consigui¨® en 1984 el nacimiento de la primera nacida concebida por este procedimiento en Espa?a; el Instituto CEFER que comienza su actividad en este terreno en 1982; el equipo de la unidad de ginecolog¨ªa y obstetricia del Hospital Cl¨ªnico de Valencia, algunos de cuyos miembros fundaron en 1990 el Instituto Valenciano de Infertilidad; y el Hospital La Fe de Valencia, entre otros¡±.
Sigue con otros como este:
¡°En el Registro de la SEF correspondiente al a?o 2001 se alude expl¨ªcitamente a la inexistencia de un registro oficial que permita conocer con exactitud el n¨²mero de centros acreditados en Espa?a. Se menciona la estimaci¨®n proporcionada por la Secretar¨ªa General de Promoci¨®n a la Salud y Epidemiolog¨ªa del Ministerio de Sanidad y Consumo que cifra en 185 el n¨²mero de centros. A partir de esta fecha y hasta el registro 2007 -publicado en junio de 2009- la referencia es constante a 190 centros, aunque se precisa que puede resultar incorrecta ya que data de 2002.
La ausencia de datos oficiales contrasta con la creciente oferta en Internet, sobretodo, de los servicios en materia de reproducci¨®n asistida de los centros privados. En cualquier caso, lo que resulta claro es que la oferta de servicios de reproducci¨®n asistida en Espa?a ha crecido de modo considerable y lo ha hecho sobre todo en el campo de la asistencia m¨¦dica privada.
Seg¨²n los datos del Ministerio de Sanidad y Consumo antes mencionados, el listado de centros y/o servicios sanitarios relacionados con las t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida, se distribuye, en febrero de 2003, del modo siguiente:¡±
Y a continuaci¨®n se reproduce un gr¨¢fico que tambi¨¦n es igual al de la tesis, con esta presentaci¨®n, tambi¨¦n copiada:
¡°Tabla 4. Tipo de autorizaci¨®n a los centros y/o servicios sanitarios acreditados relacionados con las t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida, por Comunidad Aut¨®noma¡±.
Luego prosigue con nuevos p¨¢rrafos calcados de la tesis:
¡°Espa?a fue pionera en la regulaci¨®n jur¨ªdica, promulgando la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida. El inter¨¦s p¨²blico reconocido en ella contrasta con el escaso desarrollo pr¨¢ctico de los mecanismos legales y t¨¦cnicos para llevar a cabo de forma efectiva algunos de los procedimientos b¨¢sicos previstos de forma temprana. Entre ellos: el registro oficial y p¨²blico de los centros autorizados, el registro de actividad de los mismos y el registro nacional de donantes de gametos.
El 21 de marzo de 1997 se cre¨® la Comisi¨®n Nacional Espa?ola de Reproducci¨®n Humana Asistida y entr¨® en funcionamiento el 11 de noviembre del mismo a?o. Una de las cuestiones consideradas prioritarias en los inicios de su andadura fue el desarrollo de los registros previstos para el control y supervisi¨®n del desarrollo y la calidad de los centros y de sus actividades¡±.
A continuaci¨®n hay de nuevo p¨¢ginas completas de la tesis de Mart¨ª Gual:
"En 2006 se promulga la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre t¨¦cnicas de reproducci¨®n humana asistida, vigente en la actualidad. En ella se reconoce de nuevo la importancia de dicho registro y se crea formalmente, a la espera de su puesta en marcha efectiva mediante la elaboraci¨®n de un real decreto.
La Ley 14/2006 ubica la necesidad de dicho registro y su principal finalidad en el derecho de la ciudadan¨ªa a disponer de informaci¨®n precisa, que garantice y facilite la decisi¨®n informada de las personas usuarias a la hora de utilizar unas t¨¦cnicas cuya expansi¨®n se ha producido fundamentalmente en el ¨¢mbito de la medicina privada. Se reconoce la presencia de intereses diversos que requieren de la actuaci¨®n p¨²blica para favorecer un cierto equilibrio entre ellos, apoyando a la ciudadan¨ªa. Los contenidos referidos a dicho registro se localizan en al apartado II de la exposici¨®n de motivos y en el art¨ªculo 22 de dicha ley.
En el apartado II de la Exposici¨®n de Motivos se enuncia literalmente:
¡°La realidad de la aplicaci¨®n de las t¨¦cnicas de reproducci¨®n asistida en nuestro pa¨ªs no puede ser ajena a la consideraci¨®n de que dichas t¨¦cnicas se han desarrollado de manera extensiva en especial en el ¨¢mbito privado. De esa realidad se deriva que la intervenci¨®n de los poderes p¨²blicos en este campo debe ir dirigida tambi¨¦n a compensar la asimetr¨ªa de informaci¨®n que existe entre quienes acuden a demandar la aplicaci¨®n de estas t¨¦cnicas y quienes las aplican, de manera que se garantice en lo posible el equilibrio de intereses entre unos y otros.
Uno de los mecanismos prioritarios para contribuir a la equidad de esa relaci¨®n es la disponibilidad de una informaci¨®n accesible a los usuarios de las t¨¦cnicas que sea clara y precisa sobre la actividad y los resultados de los centros y servicios que las practican. Esta necesidad se traduce en la Ley en el reforzamiento de los registros y otros mecanismos de informaci¨®n que deben constituirse, hasta el punto de considerar dicha informaci¨®n p¨²blica como un elemento esencial de la pr¨¢ctica de las t¨¦cnicas, de manera que se proporcionen a los ciudadanos que acuden a los centros los instrumentos adecuados de informaci¨®n que les permitan ejercer con criterios s¨®lidos su capacidad de decisi¨®n.
Para ello, adem¨¢s del Registro de donantes de gametos y preembriones con fines de reproducci¨®n humana, ya previsto en la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, se crea el Registro de actividad de los centros de reproducci¨®n asistida. En el primero se consignar¨¢n los hijos nacidos de cada uno de los donantes, la identidad de las parejas o mujeres receptoras y la localizaci¨®n original de unos y otros en el momento de la donaci¨®n y de su utilizaci¨®n. Y en el segundo se registrar¨¢n los datos sobre tipolog¨ªa de t¨¦cnicas y procedimientos, tasas de ¨¦xito y otras cuestiones que sirvan para informar a los ciudadanos sobre la calidad de cada uno de los centros, que deber¨¢n hacerse p¨²blicos, al menos, una vez al a?o. Tambi¨¦n se recoger¨¢ el n¨²mero de preembriones que se conserven en cada centro o servicio de reproducci¨®n asistida y se elimina la obligaci¨®n establecida en la Ley anterior de enviar los preembriones sobrantes al Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa¡±.
El trabajo de Carmen Mont¨®n termina con las conclusiones, las siete ¨²ltimas p¨¢ginas, donde no se aprecian coincidencias.
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