El Supremo mantiene el veto a que Puigdemont sea eurodiputado
El tribunal rechaza la medida cautelar solicitada por el expresidente para poder tomar posesi¨®n de su esca?o en el Parlamento Europeo
El Tribunal Supremo ha rechazado la ¨²ltima carta con la que contaba Carles Puigdemont de obtener permiso para acudir a la sesi¨®n constitutiva del Parlamento Europeo el pr¨®ximo martes 2 de julio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo mantiene, por ahora, el veto de la Junta Electoral Central (JEC) a que el expresidente de la Generalitat y el exconsejero Toni Com¨ªn, ambos huidos en B¨¦lgica y procesados en rebeld¨ªa, puedan ser eurodiputados.
En un auto notificado este jueves, la Sala ha denegado las medidas ¡°cautelar¨ªsimas¡± solicitadas por el expresident y Com¨ªn, por las que reclamaban la suspensi¨®n inmediata del acuerdo de la JEC que dej¨® vacantes los esca?os que ambos obtuvieron en las elecciones europeas del 26 de mayo. En ese acuerdo, la JEC tambi¨¦n rechaz¨® el acatamiento de la Constituci¨®n por imperativo legal efectuada por el abogado de los dos diputados electos, Gonzalo Boye, que intent¨® recoger el acta en su nombre para evitar que los huidos tuvieran que venir a Espa?a, donde tienen vigente una orden de detenci¨®n por rebeli¨®n.
Puigdemont y Com¨ªn recurrieron esa decisi¨®n este mi¨¦rcoles y pidieron al Supremo una respuesta urgente alegando la celebraci¨®n el 2 de julio de la sesi¨®n constitutiva del Parlamento Europeo. Seg¨²n ambos procesados, el tribunal deber¨ªa permitirles ser eurodiputados y acudir a esa sesi¨®n y al resto de las que se celebren hasta que se produzca una sentencia definitiva sobre el acuerdo de la Junta Electoral.
El Supremo les ha contestado en apenas 24 horas pero ha denegado que se den las circunstancias de especial urgencia que alegan los procesados para la adopci¨®n de la medida cautelar sin o¨ªr a la parte contraria, como establece el art¨ªculo 135 de la Ley de la Jurisdicci¨®n. ¡°El mantenimiento de la efectividad de los acuerdos de la Junta Electoral Central recurridos no crea una situaci¨®n irreversible que exija decidir ahora sobre las pretensiones cautelares presentadas¡±, defiende el tribunal, que considera que, en el caso de que el recurso de Puigdemont al acuerdo de la JEC acabe prosperando, ¡°no se producir¨¢n perjuicios irreparables para los recurrentes¡±, que podr¨ªan incorporarse al Parlamento Europeo m¨¢s adelante.
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