La victoria p¨ªrrica del soldado Fari?a
La justicia castrense libra a un exmilitar de tres a?os de c¨¢rcel porque las denuncias contra sus superiores eran veraces
El pasado 22 de octubre, el exsoldado Agust¨ªn Fari?a se sent¨® dos veces en el banquillo del Tribunal Militar Territorial Quinto, en el cuartel de Almeyda (Santa Cruz de Tenerife), acusado de los delitos de denuncia falsa e insulto contra sus antiguos superiores en la Unidad del Cuartel General del Mando de Canarias. En el primer juicio, el coronel Francisco Santacreu del Castillo le ped¨ªa dos a?os de c¨¢rcel; en el segundo, el fiscal castrense reclamaba un a?o de prisi¨®n.
Nacido en Santa Cruz de Tenerife en septiembre de 1974, Fari?a ingres¨® como soldado profesional en el a?o 2000. No tuvo problemas en el Ej¨¦rcito hasta que en 2014 se lesion¨® la rodilla y, tras una breve baja, se reincorpor¨® al cuartel rebajado de tareas que requirieran esfuerzo f¨ªsico. Fari?a sostiene que a sus jefes no les gust¨® contar con un soldado a medio gas y empezaron a acosarlo: le conminaron a darse de baja, le acusaron de robos en su unidad y le obligaron a someterse a un test de drogas.
Fari?a denunci¨® a sus presuntos acosadores ante el juez militar pero este, en vez de investigar a los denunciados, reclam¨® al jefe de la unidad los antecedentes m¨¦dicos del denunciante. El coronel remiti¨® al juzgado un exhaustivo informe que inclu¨ªa no solo una relaci¨®n de todas sus bajas m¨¦dicas sino tambi¨¦n datos de su intimidad personal, como los problemas que tuvo en sus dos matrimonios. El soldado se querell¨® contra el coronel, pero la justicia militar archiv¨® el caso y, en cambio, le proces¨® a ¨¦l por denuncia falsa.
El tribunal lo ha absuelto finalmente, tras comprobar que los hechos que denunci¨® eran ciertos, y ha cargado contra el coronel, a quien reprocha que aprovechase la petici¨®n gen¨¦rica de informaci¨®n que hizo el juez para transmitir ¡°datos de dos se?oras [las exesposas de Fari?a] que nada tienen que ver con ning¨²n procedimiento penal¡±. Con todo, agrega la sentencia, el mayor ¡°exceso¡± lo cometi¨® el juez, que pidi¨® ¡°un largu¨ªsimo informe [¡] no del denunciado, lo que hubiera sido habitual, sino del denunciante¡±. Y remacha: ¡°No falta raz¨®n al soldado Fari?a cuando dice que el coronel remiti¨® lo que le dio la real¨ªsima gana, aun cuando [el militar] podr¨ªa haberlo dicho con otras palabras¡±.
El tribunal tambi¨¦n absuelve a Fari?a de haber acusado falsamente al cabo primero y al soldado que le sometieron a un an¨¢lisis de droga, tras constatar que la prueba, aunque no fuera ilegal, ¡°se hizo sin el respaldo de unas normas¡± que no se aprobaron hasta cuatro meses despu¨¦s e inclu¨ªan garant¨ªas (informar previamente al afectado, custodiar la muestra o comunicarle el resultado) que ¨¦l no tuvo. ¡°Lo expuesto por el soldado Fari?a, en su escrito y en su declaraci¨®n, se ajusta a la realidad¡±, concluye el tribunal, por lo que no hubo denuncia falsa.
La doble victoria llega tarde para Fari?a, que en septiembre de 2018 fue expulsado del Ej¨¦rcito por p¨¦rdida de condiciones psicof¨ªsicas. El soldado, que ha ingresado seis veces en un psiqui¨¢trico y ha intentado suicidarse, est¨¢ de baja desde 2015. Aunque un psiquiatra diagnostic¨® que el ¡°trastorno de estr¨¦s postraum¨¢tico¡± que padece es ¡°consecuencia del acoso en las Fuerzas Armadas¡±, la Audiencia Nacional confirm¨® el 2 de octubre que su enfermedad es ajena al servicio y no tiene derecho a pensi¨®n.
La sentencia recurre a un argumento casi filos¨®fico: ¡°En ning¨²n caso el comportamiento [de acoso laboral], incluso el delictivo, pueda dar lugar a calificar una enfermedad como adquirida en acto de servicio, porque si hay algo totalmente ajeno a los deberes de un militar son las conductas de acoso moral¡±.
La Justicia da la raz¨®n a un cabo herido por un rayo
La Audiencia Nacional ha dado la raz¨®n a un cabo del Ej¨¦rcito de Tierra de 36 a?os que, en junio de 2016, sufri¨® quemaduras de primer grado por el impacto de un rayo cuando estaba en el puesto de observaci¨®n del equipo de tiradores de su unidad. El Ministerio de Defensa lo declar¨® ¨²til para el servicio con limitaci¨®n para ocupar destinos que requieran esfuerzos f¨ªsicos intensos, cargas de pesos, largas bipedestaciones o sedentaciones y situaciones de estr¨¦s y alta responsabilidad.
El letrado del cabo, Antonio Su¨¢rez-Vald¨¦s, recurri¨® la decisi¨®n alegando, entre otros argumentos, que en la Junta M¨¦dico Pericial que le examin¨® no hab¨ªa ning¨²n especialista en psiquiatr¨ªa o traumatolog¨ªa. El abogado del Estado replic¨® que la normativa no obliga a que los integrantes de la junta deban ser de la especialidad sobre la que deban dictaminar. El juez ha declarado su baja en el Ej¨¦rcito por lesiones consecuencia del servicio; es decir, con derecho a pensi¨®n.
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