Los jueces obligan a un hombre a pagar una pensi¨®n a la que fue su pareja de hecho
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a cree que debe compensarse el tiempo que la mujer dedic¨® al hogar y al negocio de su pareja
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a un hombre a indemnizar a la que fue durante 13 a?os su pareja de hecho con 18.030,36 euros y pagarle una pensi¨®n mensual durante 3 a?os, ya que los jueces entienden que es necesario equilibrar la desigualdad econ¨®mica en la que qued¨® la mujer tras la ruptura de la relaci¨®n.
La Sala Civil y Penal del TSJC ha dictado ¨¦sta resoluci¨®n con lo que confirma un fallo de la Secci¨®n Duod¨¦cima de la Audiencia de Barcelona.
En mayo de 2001, el juzgado de primera instancia de Mollet del Vall¨¦s (Barcelona) dict¨® una primera sentencia en la que declaraba extinguida la uni¨®n estable de hecho de la pareja y le condenaba al hombre a pagar a la que fue su pareja una pensi¨®n mensual de 300,51 euros durante 3 a?os ininterrumpidos al probar la convivencia de 13 a?os de la pareja.
Los tribunales desestimaron, en cambio, la petici¨®n de la mujer para conseguir una indemnizaci¨®n de 60.101,21 euros al entender que el desequilibrio econ¨®mico tambi¨¦n era consecuencia de la situaci¨®n del compa?ero antes de iniciar la relaci¨®n.
Tras el recurso presentado por ambas partes, en noviembre de 2001, la Secci¨®n Duod¨¦cima de la Audiencia Provincial de Barcelona confirm¨® el pago de la pensi¨®n mensual y conden¨® al hombre a indemnizar con 18.030,36 euros a su ex compa?era al probar la dedicaci¨®n de ella mientras dur¨® la convivencia a la casa com¨²n y durante un tiempo al negocio de su pareja.
La sentencia recuerda que la pensi¨®n compensatoria nace para equilibrar en lo posible las desigualdades que pueden generarse durante una convivencia estable, cuando uno de los convivientes se dedica al cuidado del hogar y de los hijos o ayuda en el negocio percibiendo en este caso una insuficiente remuneraci¨®n.
Por otra parte, a pesar de que la Ley de Uniones Estables de Pareja de Catalu?a entr¨® en vigor en julio de 1998 el tribunal considera que al tener una hija puede aplicarse el hecho de que la uni¨®n fue m¨¢s prolongada en el tiempo.
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