Un juez retira la patria potestad a la madre de una ni?a de 12 a?os ingresada por un aborto
El auto ordena que la custodia de la ni?a sea ejercida por los Servicios Sociales hasta que se determine si ha habido abusos sexuales
El juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 1 de Santander ha retirado temporalmente la patria potestad a la madre de una ni?a de 12 a?os que ingres¨® en la Residencia Cantabria de la ciudad por un aborto de unas doce semanas de gestaci¨®n. En su auto, el juez Jos¨¦ Hoya ordena que la guardia y custodia de la peque?a sea ejercida por los Servicios Sociales del Gobierno auton¨®mico hasta que se determine si la ni?a ha sido objeto de abusos sexuales.
El juez ordena la suspensi¨®n de la patria potestad de la menor a la madre y a su compa?ero sentimental, ambos de nacionalidad rumana, y ha retirado la guardia y custodia a la progenitora. El m¨¦dico de guardia del servicio de Urgencias de la Residencia Cantabria fue quien avis¨® al Juzgado sobre la situaci¨®n de la ni?a, que presentaba una importante hemorragia y tuvo que ingresar en el servicio de maternidad del centro.
El auto indica que los familiares de la menor pidieron el alta voluntaria para que ¨¦sta abandonara la Residencia, lo que ha motivado que el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 haya declarado su situaci¨®n de desamparo. Tambi¨¦n ha prohibido que la ni?a abandone el centro sanitario in previa autorizaci¨®n del Juzgado o del Ministerio Fiscal.
"Posici¨®n obstativa"
Por estos hechos, el titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 ha acordado la protecci¨®n de la menor y la apertura de diligencias para determinar la identidad de la persona que ha dejado embarazada a la ni?a, adem¨¢s de dar traslado a la Fiscal¨ªa para que inicie las actuaciones que considere oportunas.
El juez acuerda esta medida por el "riesgo evidente" que sufre la menor y por la "posici¨®n obstativa" de la madre, que hasta ahora ten¨ªa atribuida su guardia y custodia. Tambi¨¦n ha ordenado la supresi¨®n de cualquier contacto de la madre y su compa?ero con la ni?a hasta que sea evaluada por los Servicios T¨¦cnicos de Protecci¨®n del Menor, a los que se ha requerido informes para determinar si ha sido objeto de abandonos anteriores y sobre la conveniencia de que siga teniendo relaci¨®n con ellos.
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