El tratamiento de fertilidad, considerado prueba de convivencia
Una sentencia concede la pensi¨®n de viudedad a una mujer porque demostr¨® que hab¨ªa intentado la fecundaci¨®n con su pareja de hecho
Luisa Espa?a Moreno llevaba dos a?os en lista de espera para una fecundaci¨®n, y eso le ha salvado de correr la misma suerte que otras viudas de uniones de hecho, que se han quedado sin pensi¨®n porque no tuvieron hijos. "No nos hab¨ªamos planteado casarnos, pero s¨ª nos registramos como pareja de hecho, y viv¨ªamos empadronados en la misma vivienda", afirma esta mujer de 38 a?os. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le ha dado la raz¨®n: ella debe ser beneficiaria de la pensi¨®n de viudedad aunque no tuviera hijos, porque no pudo tenerlos. La procreaci¨®n en com¨²n no busca la protecci¨®n de los menores, sino demostrar la convivencia, para lo que basta el tratamiento de fertilidad emprendido por la pareja. Por tanto, debe entenderse "cumplido el requisito", dice la sentencia.
En 2007, la ley extendi¨® la paga de viudedad para aquellas personas unidas como pareja de hecho cuyos c¨®nyuges hubieran fallecido. Y lo ampli¨®, con efecto retroactivo, para los fallecimientos anteriores a esa fecha, siempre que la convivencia quedara demostrada mediante el empadronamiento y los hijos en com¨²n. Pero justo esos dos requerimientos est¨¢n dejando en la cuneta a muchas viudas y viudos que no tuvieron o no pudieron tener hijos o, simplemente, que no se hab¨ªan empadronado en la misma vivienda.
La sentencia de Luisa Espa?a es la esperanza de otras mujeres. "Para m¨ª tener hijos es biol¨®gicamente imposible, sin m¨¢s. El resto de los requisitos los cumplo todos", dice Lola P¨¦rez, de San Sebasti¨¢n. Los tribunales no lo tuvieron en cuenta, ni el de lo Social ni el Superior del Pa¨ªs Vasco. "Para los que murieron antes de esa ley, c¨®mo ¨ªbamos a saber los requisitos que se pedir¨ªan. De haberlo sabido, algunos podr¨ªan haber tenido hijos. Me parece una burrada. A ning¨²n matrimonio se le pide eso, ?por qu¨¦ a las parejas de hecho s¨ª?", dice P¨¦rez. "Estas cosas s¨®lo se las solucionan a las viudas y viudos de alguna desgracia, como el 11-M o el Yak-42. ?Y las dem¨¢s, no somos iguales ante la ley?", se queja. "?Es que para recibir lo que nos corresponde tenemos que dar pena?".
En estos casos fueron los hijos. El padr¨®n ha jugado otro pu?ado de malas pasadas. Andrea Fern¨¢ndez llevaba 22 a?os de convivencia con su pareja, fallecido antes de la ley 40 de 2007. Y tienen un hijo en com¨²n nacido en 1986. La sentencia que a ella le deniega su pensi¨®n de viudedad considera que el legislador ha tenido en cuenta el padr¨®n como requisito por ser "obligatorio para todo ciudadano" y, por tanto, tiene "car¨¢cter exclusivo y excluyente" como medio probatorio. Esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid argumenta de forma absolutamente contraria a como lo hace otra del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n, donde se considera que el empadronamiento no puede ser excluyente como prueba. "Lo que exige la norma es acreditar una convivencia estable y para ello se regula un medio probatorio privilegiado, pero ello no excluye su acreditaci¨®n por otras v¨ªas".
Un a?o antes de morir el marido de Andrea Fern¨¢ndez, se compraron una segunda vivienda "para lo fines de semana, a nombre de los dos, e hipotecados por 20 a?os. ?l se empadron¨® en esa segunda ciudad del chal¨¦ por ventajas fiscales". De nada ha servido la multitud de pruebas aportadas para demostrar la convivencia: la ausencia de empadronamiento en com¨²n ha podido m¨¢s. Pero ahora el Tribunal Supremo ver¨¢ ambas sentencias, la de Madrid y la de Castilla y Le¨®n, para decidir cu¨¢l tiene la raz¨®n. "Cuando se hizo la ley, yo intent¨¦ que se pusiera una cl¨¢usula para que sirviera como muestra de la convivencia 'cualquier prueba v¨¢lida en derecho". No fue as¨ª. Las pensiones se est¨¢n revisando en el Congreso y la diputada socialista Isabel L¨®pez i Chamosa, una de las art¨ªfices de esta aquella ley, reconoce que el empadronamiento est¨¢ pensado "m¨¢s como una prueba positiva que negativa", es decir, que sirva para demostrar, pero no para invalidar la pensi¨®n. Pero remite a las conclusiones que llegar¨¢n en primavera sobre estas y otras pensiones. "Se est¨¢ haciendo un estudio en profundidad, lo tendremos en cuenta", afirma.
Mientras tanto, algunas personas est¨¢n pasando apuros econ¨®micos, como Carmen Robert y su hija, de 15 a?os, fruto de una larga convivencia con su pareja que muri¨®, tambi¨¦n, antes de 2007. Los tres viv¨ªan en Barcelona. "No nos dio tiempo a reaccionar, fue todo muy r¨¢pido. Muri¨® a los ocho d¨ªas de enfermar. C¨¢ncer. He aportado mil y una pruebas de que viv¨ªamos juntos. En la Seguridad Social nos han tratado fatal, acabas con la sensaci¨®n de que les molesta que no est¨¦s casado. Yo pago mis impuestos como todo el mundo as¨ª que no tengo por qu¨¦ estar excluida de las leyes de este pa¨ªs. Ten¨ªamos en com¨²n datos bancarios, hipotecas, certificado del trabajo, el colegio de la ni?a, hasta certificados policiales, el agua, el gas, el tel¨¦fono, el libro de familia, los vecinos fueron a declarar. Pero no el padr¨®n. ?l segu¨ªa empadronado en Galicia, as¨ª que, nada. De haberlo sabido... En este pa¨ªs hay que estar casado". "As¨ª que, no tengo un duro, pero tengo dos abogados", se r¨ªe resignada. Ha contado con la ayuda "de amigos de amigos de los amigos" para ir sobrellevando el temporal jur¨ªdico y administrativo.
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