El Superior vasco rechaza el recorte de salario a los docentes de la concertada
Los colegios deber¨¢n pagar con sus ingresos la diferencia de la subvenci¨®n
El recorte salarial de los docentes de los colegios concertados vascos como consecuencia de las medidas de ahorro fijadas por el Gobierno vasco no es legal. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) dict¨® el pasado 15 de febrero una sentencia a favor de los sindicatos STEE-EILAS, ELA, UGT, CC OO y LAB ?las ¨²ltimas dos de forma parcial? y en contra de dos de las patronales concertadas, Kristau Eskola y AICE, al estimar que "no resulta ajustada a derecho" la reducci¨®n de los salarios. Una segunda sentencia de otro tribunal tambi¨¦n resuelve en contra del Consorcio Haurreskolak y le obliga a "reintegrar las cantidades indebidamente detra¨ªdas", que solo en 2010 supusieron 427.155 euros.
Y es que el Departamento de Educaci¨®n redujo, despu¨¦s de la modificaci¨®n de la Ley de Presupuestos para 2010, la aportaci¨®n que realiza para gastos de personal a los centros concertados, de manera que estos profesores vieron sus sueldos reducidos en igual porcentaje que los profesores de la ense?anza p¨²blica ?aunque cobran de media el 95% de un sueldo de funcionario?. El recorte se hizo efectivo en septiembre.
Las patronales de los centros concertados denunciaron que se encontraban en un "callej¨®n sin salida" porque, mientras Educaci¨®n les reduc¨ªa las aportaciones, incumpl¨ªan el convenio colectivo de la ense?anza concertada, pero no pod¨ªan cobrar cuotas a los padres porque es ilegal efectuar cobros por cuotas de ense?anza en la etapa obligatoria ?entre 6 y 16 a?os?.
Aunque quedan pendientes las sentencias de juicios contra patronales como Partaide, la sentencia hecha p¨²blica ayer por ELA argumenta que el convenio colectivo de la ense?anza concertada no vincula los salarios de los profesores con los m¨®dulos econ¨®micos de fondos p¨²blicos. La normativa recoge que los colegios deben asumir la diferencia de salarios si lo establecido en el convenio colectivo rebasa el dinero aportado por el Ejecutivo por medio del pago delegado. Por lo tanto, el recorte "no libera a los centros educativos concertados de la obligaci¨®n de satisfacer a sus trabajadores el importe de los salarios fijados en el convenio". El tribunal critica que la rebaja salarial aplicada por los colegios privados lesiona el derecho de libertad sindical y reprocha a las patronales concertadas que hayan incumplido de forma "unilateral" el convenio colectivo "sin denuncia ni proceso negociador previo".
?Cu¨¢l es la soluci¨®n teniendo en cuenta que es ilegal cobrar cuotas a las familias en la ense?anza obligatoria? Seg¨²n el tribunal, que exista esta restricci¨®n "no significa que la ¨²nica fuente de financiaci¨®n de las empresas educativas sean las cantidades fijadas en los m¨®dulos de concierto". "Pueden allegar otros ingresos por el desarrollo de actividades complementarias o de servicios ... amen de la posibilidad de impartir ense?anzas en niveles no concertados". Es decir, abre la v¨ªa a cobrar m¨¢s en todo el primer ciclo de Primaria, en los centros en los que el Bachillerato y la Formaci¨®n Profesional no est¨¢n concertados y en los extraescolares.
Aunque las patronales interpusieron un recurso contra el Departamento de Educaci¨®n, y CC OO y LAB denunciaron tambi¨¦n a la consejer¨ªa, la sentencia absuelve al Gobierno. En este punto el fallo recoge un voto particular, el del magistrado Pablo Sesma de Luis, que argumenta que los concertados se limitan a distribuir el dinero que Educaci¨®n les da y que los conciertos del departamento no son meras ayudas. Seg¨²n su criterio, Educaci¨®n "ha asumido la obligaci¨®n legal de ser el pagador" y debe asumir su responsabilidad en el incumplimiento del convenio.
A pesar de esto ¨²ltimo, el tribunal entiende como "no cuestionable la licitud de la actuaci¨®n del Departamento de Educaci¨®n" y a?ade que entiende la modificaci¨®n legal como "no inconstitucional". Una segunda sentencia da la raz¨®n a los sindicatos y establece que el Consorcio Haurreskolak (para ni?os de 0 a 2 a?os) deber¨¢ devolver el dinero recortado.
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