La Audiencia Nacional anula la sanci¨®n a Intereconom¨ªa por homofobia
El tribunal considera que la multa impuesta por el Gobierno vulnera la libertad de expresi¨®n y el derecho de cr¨ªtica del medio. La cadena asegura que se critic¨® la asistencia a un acto festivo, no la identidad sexual.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado nula la sanci¨®n del Ministerio de Industria que condenaba a Intereconom¨ªa a pagar 100.000 euros por la emisi¨®n de un spot promocional que cuestionaba que el D¨ªa del Orgullo Gay fuese subvencionado con fondos p¨²blicos. El v¨ªdeo, que fue emitido 273 veces entre julio y septiembre de 2009, reproduce im¨¢genes de homosexuales junto al eslogan "Un d¨ªa del orgullo gay. 364 de orgullo de la gente corriente".
La denuncia formulada por el Consejo Audiovisual de Andaluc¨ªa fue admitida a tr¨¢mite por Industria, que consider¨® "il¨ªcita" la campa?a por considerar que va en contra de lo que establece la ley, donde se afirma que "la publicidad televisiva no puede atentar contra el debido respeto a la dignidad de las personas o a sus convicciones religiosas y pol¨ªticas ni discriminarlas por motivos de nacimiento, raza, sexo, religi¨®n, nacionalidad y opini¨®n".
Industria impuso una multa de 100.000 euros a la cadena por una campa?a con el eslogan "Un d¨ªa del orgullo gay. 364 de orgullo de la gente normal".
El v¨ªdeo promocional se emiti¨® 273 veces entre los d¨ªas 22 de julio y 17 de septiembre de 2009.
Intereconom¨ªa recurri¨® asegurando que "el anuncio de autopromoci¨®n supon¨ªa ¨²nicamente una cr¨ªtica a un preciso acto festivo que no resulta ser representativo de la totalidad de los homosexuales, sino de un grupo de personas que est¨¢ enfrentado con otros en lo que se refiere a la celebraci¨®n del D¨ªa del Orgullo Gay", seg¨²n explica en su p¨¢gina web.
Esta nueva sentencia prima "el car¨¢cter prioritario que ostenta la libertad constitucional de opini¨®n y m¨¢s a¨²n cuando es formulada por un medio de comunicaci¨®n" apoy¨¢ndose en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n. La Audiencia sostiene que "no toda cr¨ªtica o percepci¨®n negativa entra?a por s¨ª sola discriminaci¨®n" y a?ade que si el Estado de Derecho acepta este precepto, "los contenidos de la libertad de expresi¨®n y el derecho a la cr¨ªtica quedar¨ªan reducidos hasta su virtual desaparici¨®n".
Intereconom¨ªa ha considerado esta resoluci¨®n como el "triunfo de la libertad de expresi¨®n". Juan Jos¨¦ Aizcorbe, el director general jur¨ªdico de la cadena, ha reconocido que su principal preocupaci¨®n no eran los 100.000 euros de multa, sino que dentro de las concesiones de las cadenas de televisi¨®n, tener una sanci¨®n puede implicar la no renovaci¨®n de la licencia. "No hemos vulnerado ning¨²n derecho y rese?amos que por encima de una decisi¨®n pol¨ªtica ha sobrevenido una decisi¨®n con todo el peso de la ley", ha defendido Aizcorbe. La Federaci¨®n Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales ha expresado en un comunicado que "la Justicia ha actuado desproporcionalmente, con una arbitrariedad clara, cuando antepone el derecho a la libertad de expresi¨®n de esta televisi¨®n privada pero no el de las personas". La organizaci¨®n ve un clara discriminaci¨®n por orientaci¨®n sexual e incitaci¨®n a trav¨¦s de las im¨¢genes y mantienen que Intereconom¨ªa desprestigia a su colectivo.
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