Condenado el juez Serrano por prevaricaci¨®n al alterar un r¨¦gimen de visitas de un ni?o
El TSJA inhabilita al magistrado de Sevilla durante dos a?os, pero pide un indulto parcial
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha condenado por "prevaricaci¨®n culposa" (no intencionada) al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, juzgado por haber modificado el r¨¦gimen de visitas de un menor para garantizar su salida en una procesi¨®n de la Semana Santa sevillana. La Fiscal¨ªa ped¨ªa inicialmente 10 a?os de inhabilitaci¨®n, aunque tras el juicio retir¨® los cargos y solicit¨® la libre absoluci¨®n. La madre del menor, que la fue la que denunci¨®, solicit¨® 20 a?os de inhabilitaci¨®n.
El Tribunal ha pedido la inhabilitaci¨®n del magistrado de Sevilla durante dos a?os, aunque pide un indulto parcial para dejar la condena en solo seis meses. El TSJA no considera que la prevaricaci¨®n de Serrano haya sido dolosa, que hubiera implicado una pena mayor.
La Fiscal¨ªa hab¨ªa retirado la acusaci¨®n, pero consider¨® que el juez pudo actuar de forma "imprudente" puesto que "obvi¨®" pruebas que pod¨ªa y deb¨ªa haber hecho, si bien neg¨® que los hechos pudieran ser constitutivos de delito.
La acusaci¨®n particular, por su parte, acusaba al magistrado de haberse hecho con el caso a trav¨¦s de una supuesta maniobra urdida en connivencia con el abogado del padre en la separaci¨®n, quien conoc¨ªa al juez Serrano. Ambos, acusado y testigo, negaron en la vista oral haber hablado antes del asunto e incluso ser amigos.
La madre que denunci¨® al juez de Familia se plantea recurrir al Tribunal Supremo para que sea condenado a 20 a?os de inhabilitaci¨®n en lugar de los dos que le ha impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa.
El fallo del alto tribunal andaluz considera que el magistrado actu¨® de forma "imprudente" al omitir varios tr¨¢mites procesales. Seg¨²n el TSJA, esta "imprudencia" consisti¨® "en un completo desinter¨¦s por el conocimiento exacto de la real dimensi¨®n del conflicto" que exist¨ªa entre los padres divorciados del menor, lo que determin¨® la "vulneraci¨®n" de las normas "esenciales" del procedimiento. El tribunal considera que la forma de actuar de Serrano indica "significativa desatenci¨®n, ligereza o falta de cuidado graves".
Por todo ello considera que la resoluci¨®n dictada por el juez el 30 de marzo de 2010 fue "manifiestamente injusta", por ser, entre otras razones, "atemporal y precipitada", negar "apresuradamente" derechos individuales de audiencia sin que hubiera peligro o perjuicio inminentes o convertirse "en instrumento de una parte".
La sentencia se?ala que Serrano contribuy¨® tambi¨¦n a "dimensionar medi¨¢ticamente" el hecho, incluso antes del d¨ªa en que se iba a producir la salida procesional del menor, que tuvo lugar en la Madrug¨¢ de 2010, "con el consiguiente da?o y exposici¨®n p¨²blica" del ni?o y la madre, que soport¨® "cr¨ªticas acerbas y comentarios vejatorios".
No obstante y pese a todo lo mantenido en la resoluci¨®n, de 26 p¨¢ginas, el TSJA entiende que una condena de dos a?os de inhabilitaci¨®n especial -el m¨ªnimo legal posible para la prevaricaci¨®n culposa- resultar¨ªa "demasiado severa" por su "cierta desproporci¨®n con el mal causado".
Por todo ello, considera "conveniente y acorde a derecho" hacer uso del precepto legal que le permite elevar al Gobierno una solicitud de indulto parcial para dejar reducida la duraci¨®n de la pena impuesta a seis meses.
Serrano ha sido condenado asimismo al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusaci¨®n particular que ejerci¨® la madre del menor, a la que deber¨¢ indemnizar con una suma de 4.000 euros por el "evidente da?o moral sufrido".
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