600.000 euros por dejarle parapl¨¦jico tras una operaci¨®n de espalda
"Una lesi¨®n excesivamente burda por impericia del cirujano". Con esta frase, recogida en una sentencia del pasado 11 de octubre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), define el abogado de la familia el resultado de la operaci¨®n que dej¨® a un hombre de 50 a?os en silla de ruedas en 2005. El paciente qued¨® parapl¨¦jico a causa de un error durante una operaci¨®n de artrosis lumbar realizada en el hospital de Fuenlabrada. El tribunal da la raz¨®n al abogado de la familia y condena por ello a la Comunidad de Madrid a indemnizarles con 600.000 euros.
El error que se cometi¨® en el quir¨®fano consisti¨® en colocar un tornillo fuera del hueso, lo que afect¨® a la m¨¦dula espinal del paciente, seg¨²n detalla la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PA?S. El tribunal estima el recurso que present¨® la defensa del afectado, dirigida por el despacho Ramos Abogados. El informe del perito de la defensa, que se recoge en el fallo, asegura: "El paciente ha sufrido las consecuencias de la colocaci¨®n de un tornillo fuera del lugar donde se tendr¨ªa que haber colocado, es decir, fuera del hueso, que le ha causado una afectaci¨®n de uno de los vasos que nutr¨ªan a la m¨¦dula espinal".
La sala tiene en cuenta que "tanto la defectuosa colocaci¨®n del tornillo como su consecuencia de lesi¨®n medular" quedan claramente expuestas tanto en los informes hospitalarios como en el informe del perito, y destaca que la Administraci¨®n no pudo "aportar prueba pericial en contrario" y tampoco se present¨® cuando el perito compareci¨® en el tribunal para "contradecir sus manifestaciones".
El hombre acudi¨® el 7 de marzo de 2005 al hospital de Fuenlabrada para operarse de sus problemas de espalda. Le realizaron una artrodesis. Los problemas empezaron ya en el posoperatorio. Finalmente fue diagnosticado de s¨ªndrome de cola de caballo, paraparesia grave (paraplejia), alteraci¨®n de esf¨ªnteres y disfunci¨®n er¨¦ctil, entre otras. Tuvo que ser tratado en el Hospital Nacional de Parapl¨¦jicos de Toledo.
El tribunal considera que la lesi¨®n que padece como consecuencia de la intervenci¨®n quir¨²rgica es "un riesgo de la misma pero en un porcentaje ¨ªnfimo" que excede "del ¨¢mbito normal y razonable de riesgo", por lo que los jueces determinan que existe "infracci¨®n de la lex artis" en la actuaci¨®n de los servicios sanitarios.
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