'Gu¨ªa de sedaci¨®n paliativa': nada que celebrar
El documento de la OMC no aporta novedades ni da soluci¨®n a algunos pacientes
Recientemente, la Organizaci¨®n M¨¦dica Colegial (OMC) y la Sociedad Espa?ola de Cuidados Paliativos (SECPAL) han dado a conocer a la prensa su Gu¨ªa de Sedaci¨®n Paliativa que, con cierta ingenuidad, ha sido acogida por algunos como un avance. Nosotros, m¨¦dicos empe?ados en reivindicar la autonom¨ªa real de las personas para dise?ar por completo y en libertad su proceso vital, tras leer el documento que, hay que decirlo, nadie ha hecho llegar a sus presuntos destinatarios, los m¨¦dicos, opinamos que nada hay en ¨¦l digno de celebraci¨®n. Ni como m¨¦dicos ni, menos a¨²n, como ciudadanos abocados a vivir m¨¢s tarde o m¨¢s temprano el proceso de nuestra propia muerte.
Intentaremos explicar nuestras discrepancias y reparos. En primer lugar cabe preguntarse en beneficio de qui¨¦n se ha redactado la gu¨ªa ?de los pacientes en situaci¨®n de terminalidad?, ?de los m¨¦dicos que les asistiremos? o tal vez ?de la defensa de la vida como un don sacrosanto?
Porque si se hubiera tratado de beneficiar a los pacientes, a las personas que enfrentan la muerte en un horizonte cercano o inmediato, dando a sus m¨¦dicos un instrumento para mejorar la atenci¨®n en ese tramo final de la existencia, parecer¨ªa l¨®gico que a estas fechas el documento hubiera llegado a todos y cada uno de los m¨¦dicos que, colegiados por imperativo legal, sufragamos la OMC con nuestras cuotas obligatorias. Cada d¨ªa que se demore el conocimiento de la gu¨ªa por quienes deber¨ªan aplicarla, nuevos enfermos y familias tendr¨¢n que enfrentar la muerte en un sufrimiento gratuito.
Bien es cierto que si un documento de mayor relevancia para la profesi¨®n m¨¦dica como el C¨®digo Deontol¨®gico de la misma OMC no ha merecido la difusi¨®n ¡ªmucho menos la consulta¡ª entre sus destinatarios, resultar¨ªa ingenuo esperar menos secretismo en ¨¦ste.
La OMC se neg¨® a la ley de muerte digna de Andaluc¨ªa"
Viendo c¨®mo se ha redactado la gu¨ªa y su nula difusi¨®n entre ellos hay que concluir que tampoco parece haberse hecho en beneficio de los m¨¦dicos. No se puede olvidar que tanto la gu¨ªa como el C¨®digo Deontol¨®gico constituyen de hecho la norma que determinar¨¢ si una concreta actuaci¨®n m¨¦dica se ajusta o no a la lex artis, ese difuso y confuso referente ¨¦tico de cuya definici¨®n se apropian los integrantes de una organizaci¨®n, la OMC, con tan insignificante representatividad entre los m¨¦dicos que si su elecci¨®n se rigiera por los principios democr¨¢ticos que regulan la participaci¨®n en el legislativo, no alcanzar¨ªa representaci¨®n parlamentaria.
Dig¨¢moslo con claridad: la OMC no intenta siquiera conocer la opini¨®n de los m¨¦dicos sobre estas cuestiones vitales porque est¨¢ mucho m¨¢s interesada en imponer al conjunto su visi¨®n particular y su ¨¦tica obsoleta de la relaci¨®n m¨¦dico-paciente no s¨®lo ignorando, incluso combatiendo, las leyes democr¨¢ticas que regulan dicha relaci¨®n. Los colegios de m¨¦dicos son de hecho un elemento al servicio de los poderes f¨¢cticos reaccionarios que intentan evitar la democratizaci¨®n del ejercicio de la medicina e impedir que el paciente-ciudadano asuma el control de las decisiones que le afectan. Por eso, la OMC se opuso desde el principio a la ley de muerte digna de Andaluc¨ªa alegando que avivaba ¡°un debate social confuso e innecesario¡± y reclamando cl¨¢usulas de ¡°objeci¨®n de conciencia¡± de los m¨¦dicos para no cumplir con las obligaciones de buenas pr¨¢cticas recogidas en la ley. Una estrategia de oposici¨®n que han compartido, por cierto, con la jerarqu¨ªa cat¨®lica y el Partido Popular.
Se nos antoja una peculiar coincidencia que el periodo de tiempo en que, seg¨²n sus redactores, se ha elaborado la gu¨ªa coincida exactamente con la aprobaci¨®n y el debate de dicha ley andaluza a la que luego siguieron las de Arag¨®n, Navarra y el proyecto de la estatal, en tramitaci¨®n parlamentaria. Como damnificados por la incalificable actuaci¨®n del consejero Lamela y del Partido Popular contra la sedaci¨®n a pacientes terminales en el Hospital Severo Ochoa de Legan¨¦s, nos sentimos legitimados para preguntar por las razones que hacen esta gu¨ªa necesaria ahora, tras las garantistas leyes de derechos ciudadanos en el proceso final de la vida, y no as¨ª hace siete a?os cuando la sedaci¨®n terminal era puesta en la picota por los responsables pol¨ªticos de la comunidad de Madrid.
No parece que su intenci¨®n sea otra que la sacrosanta defensa de la vida"
No parece descabellado pensar que el objetivo de la publicaci¨®n de esta gu¨ªa de sedaci¨®n paliativa, descartado el inter¨¦s de enfermos y m¨¦dicos, no sea otro que frenar el ¡°deslizamiento¡± desde la sedaci¨®n terminal, proclamada como derecho ciudadano por el art¨ªculo 14 de la ley andaluza, a ¡°una eutanasia lenta¡± o ¡°eutanasia encubierta¡± sobre la que previene la gu¨ªa de la SECPAL y la OMC. Parece oportuno traer a colaci¨®n la advertencia al respecto de la Conferencia Episcopal Espa?ola: ¡°entre las conductas eutan¨¢sicas que se legalizar¨ªan con esta Ley est¨¢, en primer lugar, la posible sedaci¨®n inadecuada¡±
Lo cierto es que, le¨ªda la gu¨ªa con detenimiento, no parece que su intenci¨®n sea otra que la sacrosanta defensa de la vida a que nos refer¨ªamos al principio, defensa que habr¨ªa llevado al presidente de la OMC, Juan Jos¨¦ Rodr¨ªguez Send¨ªn, a presentar la sedaci¨®n como ¡°la mejor manera de luchar contra la eutanasia¡±. Porque si la verdadera intenci¨®n de los redactores hubiera sido, como proclaman ret¨®ricamente, ¡°que ning¨²n enfermo sufra innecesariamente al final de la vida¡±, deber¨ªan haber inclinado la balanza entre los dos deberes fundamentales del m¨¦dico seg¨²n la gu¨ªa: ¡°respetar la vida y la dignidad de todos los enfermos¡±, en el sentido de la m¨¢s eficaz prevenci¨®n y alivio del sufrimiento, toda vez que en las situaciones de proximidad de la muerte el bien que el m¨¦dico debe preservar a toda costa, incluso por encima de la escasa vida restante, es el confort del paciente, lo que exige la m¨¢xima eficacia en evitar el sufrimiento. ?Garantiza esto la gu¨ªa de la SECPAL-OMC? A nosotros nos parece que no; en absoluto. La gu¨ªa no garantiza el respeto a las decisiones aut¨®nomas del paciente, a su dignidad personal, ni siquiera reduciendo la dignidad a la simple evitaci¨®n del sufrimiento.
Empieza por distinguir entre s¨ªntomas dif¨ªciles de controlar y s¨ªntomas refractarios. Esta distinci¨®n podr¨ªa ser un inocente ejercicio bizantino a no ser porque a rengl¨®n seguido sentencia que ¡°no es aceptable la sedaci¨®n ante s¨ªntomas dif¨ªciles de controlar cuando ¨¦stos no han demostrado su condici¨®n de refractarios¡±. Sigue la gu¨ªa pontificando que los s¨ªntomas ¡ªnada menos que ¡°delirio hiperactivo, nauseas/v¨®mitos, disnea, dolor, hemorragia masiva y ansiedad o p¨¢nico¡±¡ª s¨®lo adquieren la condici¨®n de refractarios cuando ¡°no pueden ser adecuadamente controlados con los tratamientos disponibles, aplicados por m¨¦dicos expertos, en un plazo de tiempo razonable¡± de tal manera que la sedaci¨®n terminal, en la agon¨ªa, s¨®lo esta indicada ¡°para aquellos enfermos que son presa de sufrimientos intolerables y no han respondido a los tratamientos adecuados¡± y su aplicaci¨®n ¡°exige del m¨¦dico, la comprobaci¨®n cierta y consolidada de [¡] que existe un sufrimiento intenso causado por s¨ªntomas refractarios¡±. ?Alguien cree de verdad que la intenci¨®n de los redactores es evitar sufrimientos innecesarios al final de la vida? A nosotros no nos lo parece. A no ser que el concepto de la SECPAL y la OMC sobre el sufrimiento necesario est¨¦ m¨¢s en consonancia con la opini¨®n del arzobispo em¨¦rito de Pamplona: ¡°Algunos confunden la dignidad de la muerte con el miedo al dolor¡±.
A muchos nos es muy dif¨ªcil entender, desde una profesi¨®n que lleva siglos proclamando el tratamiento preventivo como muy superior al curativo hasta el punto de seguir vacunando hasta que las muertes producidas por la vacuna igualan o superan a las producidas por la enfermedad en no vacunados, que esta gu¨ªa imponga tantas cautelas en lugar de recomendar utilizar todos los medios disponibles antes de que se produzcan esos sufrimientos intolerables. Para los autores de la gu¨ªa, primero hay que ¡°ser presa de sufrimientos intolerables¡± ¡ªintolerables ?para el m¨¦dico que los contempla o para el moribundo que los sufre?¡ª y luego comprobar si se trata de s¨ªntomas refractarios o, simplemente, dif¨ªciles. No sea que caigamos en la eutanasia durmiendo a un paciente que s¨®lo tiene una agon¨ªa entre s¨ªntomas dif¨ªciles que no han acreditado suficientemente su condici¨®n de refractarios; conducta reprobable sobre la que nos han prevenido los obispos.
Para este viaje no necesit¨¢bamos alforjas.
Luis Montes Mieza y?Fernando Soler Grande son m¨¦dicos y miembros de Derecho a Morir Dignamente.
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