Las costuras de la privacidad
El caso Google versus AEPD evidencia graves carencias regulatorias de la UE en materia de protecci¨®n de datos
Las conclusiones del abogado general en el caso Google versus AEPD evidencian graves carencias regulatorias de la UE en materia de protecci¨®n de datos. El Tribunal de Justicia se situar¨¢ frente al mismo abismo que el Supremo de Estados Unidos en el caso Reno versus ACLU, la necesidad de responderse qu¨¦ es Internet y c¨®mo abordar la regulaci¨®n. La posici¨®n del abogado parte de algunas certezas. Establece que un buscador no encaja en la idea de prestador de servicios de la sociedad de la informaci¨®n ¡ªaunque sorprendentemente resuelva el caso aplicando criterios id¨¦nticos a los establecidos¡ª, e indica que si cuenta con una empresa asociada que ofrece servicios vinculados rige el criterio de establecimiento.
Existe un ¨¢mbito de incertidumbre que hay que recorrer con prudencia. Google es un responsable del tratamiento muy particular. No decide qu¨¦ hacer con los datos ni puede eliminarlos en origen, solo puede desindexar. Google s¨ª es responsable de los datos de sus usuarios directos y de lo que almacene si falla el robot.txt, o si desaparecida una informaci¨®n en origen, la sigue manteniendo.
El abogado se enfrenta al v¨¦rtigo de decidir si la actividad del buscador es leg¨ªtima y tutelada por las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n. Y considera que al menos en un plano te¨®rico, las libertades prevalecen frente a la privacidad. Por ¨²ltimo, afirma que el derecho al olvido no encaja en los derechos de rectificaci¨®n y cancelaci¨®n en el caso concreto que se examina. S¨ª lo har¨ªa en el de oposici¨®n, aunque no amparar¨ªa un inter¨¦s meramente subjetivo del afectado. Las conclusiones confirman que las costuras de la directiva ya no pueden contener Internet, pero quienes crean que con ello se cierra un debate se equivocan de plano. El olvido es una necesidad tan humana como el recuerdo. En Internet la informaci¨®n banal, o la que da una falsa imagen sobre una persona, cercena su libertad. Controlar nuestra informaci¨®n es tambi¨¦n una garant¨ªa de libertad.
El tribunal puede que decida que los buscadores no est¨¢n obligados a olvidar, pero deber¨¢ decirnos qui¨¦n debe hacerlo y c¨®mo debe hacerlo. Puede que el olvido pierda el caso, pero en el momento ¨ªntimo de quitarse la toga alg¨²n abogado murmurar¨¢¡ Eppur si muove.
Ricard Mart¨ªnez preside la Asociaci¨®n Profesional Espa?ola de Privacidad y es profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia.
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