Golpe mortal al ¡®c¨¦ntimo sanitario¡¯
El abogado de la UE lo considera un tributo ilegal porque no tiene finalidad espec¨ªfica Espa?a se enfrenta a la devoluci¨®n de 13.000 millones de euros
Europa ha asestado un golpe mortal al c¨¦ntimo sanitario, el recargo con el que la mayor¨ªa de las comunidades aut¨®nomas gravan el consumo de hidrocarburos con fines sanitarios y medioambientales. El Tribunal Europeo de Justicia considera que ese tributo vulnera el derecho de la UE porque no tiene finalidad espec¨ªfica ni se aplica adecuadamente. La postura del abogado general, pendiente de sentencia definitiva, abre la v¨ªa a la eliminaci¨®n del impuesto y, posiblemente, a la devoluci¨®n de lo recaudado durante estos a?os, unos 13.000 millones de euros, que tendr¨ªa que afrontar Espa?a.
Las conclusiones del abogado, que suelen ser refrendadas por el tribunal en un 80% de los casos, dejan poco espacio a la pervivencia del gravamen, introducido a partir de 2002 por algunos Gobiernos regionales y hoy pr¨¢cticamente generalizado en Espa?a. El tribunal de Luxemburgo cree que la norma espa?ola incumple las dos condiciones que Bruselas exige para fijar grav¨¢menes suplementarios sobre productos ya sujetos a impuestos especiales, como los hidrocarburos.
La intervenci¨®n del tribunal europeo sobre este asunto se produce a ra¨ªz de la denuncia de una empresa catalana de transportes, Transportes Jordi Besora, que reclam¨® en los juzgados la devoluci¨®n de las cantidades abonadas por este impuesto indirecto. El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a decidi¨® trasladar la cuesti¨®n a la justicia europea para dilucidar si el llamado c¨¦ntimo sanitario se ajustaba a los c¨¢nones comunitarios.
Claves del tributo
- Recargo. El llamado c¨¦ntimo sanitario (oficialmente, impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos) se cre¨® en 2002 para permitir que las comunidades aplicaran un recargo adicional al consumo de hidrocarburos destinado, en principio, a financiar la sanidad. Aunque nada garantiza que se dedique a ese fin. Grava con una horquilla de 1,2 a 4,8 euros el litro de carburante.
- Extensi¨®n paulatina. Las comunidades aut¨®nomas fueron implant¨¢ndolo poco a poco y las crecientes estrecheces presupuestarias lo han extendido ya a 13: todas salvo Arag¨®n, Pa¨ªs Vasco, La Rioja y Canarias, esta ¨²ltima sin posibilidad de aplicarlo al estar fuera del ¨¢mbito que establece la ley; tampoco lo aplican las ciudades aut¨®nomas de Ceuta y Melilla.
- Recaudaci¨®n. Desde que fue implantado, el Ejecutivo calcula que ha recaudado unos 13.000 millones de euros, que las comunidades aut¨®nomas podr¨ªan verse obligadas a devolver a los consumidores si la sentencia definitiva del tribunal europeo as¨ª lo decide.
La directiva de la UE sobre este tipo de impuestos ¡ªse aplican a las gasolinas, el alcohol o el tabaco¡ª impide gravar doblemente esos productos a no ser que el nuevo tributo persiga una finalidad espec¨ªfica, distinta al mero hecho de recaudar m¨¢s, y se atenga a unos procedimientos de aplicaci¨®n.
En cuanto a esa finalidad concreta, el abogado considera que la del c¨¦ntimo sanitario coincide exactamente con la general del impuesto especial de hidrocarburos: reducir los costes sociales (sanitarios y medioambientales) que acarrea el consumo de energ¨ªa. Y, adem¨¢s, no establece ninguna medida que desincentive su uso ¡ªpor ejemplo, un recargo mayor por consumos m¨¢s elevados¡ª ni promueve el paso a otras energ¨ªas menos contaminantes. El abogado cree que, en el caso espa?ol, ¡°no se ha acreditado ninguna relaci¨®n directa entre las medidas financiadas con los rendimientos procedentes [del c¨¦ntimo sanitario] y la finalidad de eludir y subsanar¡± los perjuicios del uso de hidrocarburos.
Con este diagn¨®stico, a Espa?a no le queda mucho m¨¢s margen que evitar, al menos, que la pr¨®xima sentencia del tribunal obligue a restituir las cantidades que empresas y particulares han abonado a las comunidades aut¨®nomas en los ¨²ltimos a?os. Para ello deben darse dos condiciones: que el da?o econ¨®mico sea elevado (se cumple de sobra, pues los 13.000 millones de euros que calcula el Gobierno espa?ol equivalen a lo que cuestan las n¨®minas de los funcionarios de la Administraci¨®n central en un a?o) y que Espa?a desconociese que la norma vulneraba las directrices europeas. Esta segunda es m¨¢s dudosa, pues el tribunal ya se hab¨ªa pronunciado en contra de un tributo similar en Austria. Unos antecedentes que el abogado considera motivo suficiente para haber eliminado antes el tributo.
La de Luxemburgo no es, adem¨¢s, la primera llamada de atenci¨®n. En 2008, la Comisi¨®n Europea ya abri¨® un procedimiento de infracci¨®n contra Espa?a por considerar ilegal el c¨¦ntimo sanitario. Los motivos eran muy similares a los que esboza ahora el Tribunal de Justicia.
El Ministerio de Hacienda se apresur¨® ayer a asegurar que acatar¨¢ la sentencia, pero que desde el 1 de enero de este a?o ya se han hecho los retoques pertinentes en el tributo (b¨¢sicamente integrarlo en el impuesto especial de hidrocarburos) para sortear las alegaciones de la UE. Est¨¢ por ver que el tribunal lo considere suficiente y, sobre todo, que el Gobierno espa?ol logre eliminar los efectos retroactivos de la sentencia. M¨¢s all¨¢ de los efectos econ¨®micos, la decisi¨®n desencadenar¨ªa todo un proceso de reclamaciones, pues las comunidades (seguramente con alguna coordinaci¨®n estatal) deber¨ªan devolver a empresas y particulares todo lo recaudado.
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