Raquel no ser¨¢ condesa por ser hija ileg¨ªtima
Una juez de Badajoz niega un t¨ªtulo nobiliario a una joven por ser fruto de una relaci¨®n extramatrimonial La magistrada se basa en la carta real que cre¨® el t¨ªtulo, firmada por Carlos IV en 1791 La Constituci¨®n y el C¨®digo Civil equiparan en derechos a los hijos con independencia de que sus padres est¨¦n casados o no
El derecho vigente en tiempos de Carlos IV, que rein¨® entre 1788 y 1808, se impuso al ordenamiento jur¨ªdico surgido de la Constituci¨®n de 1978 en un juzgado de Badajoz el pasado diciembre. Al menos en primera instancia. Una juez de lo civil de esa capital rechaz¨® el derecho de una joven, Raquel M. G., a heredar el t¨ªtulo de condesa de Casa Ayala de su padre, Pedro Muguiro y Morales-Arce. La juez deja de lado la equiparaci¨®n que, tras la llegada de la democracia, hizo la Constituci¨®n y el C¨®digo Civil entre hijos matrimoniales y extramatrimoniales y deniega la petici¨®n de la heredera. ?La raz¨®n? Que la real carta por la que el rey Carlos IV cre¨® el t¨ªtulo en enero de 1791 establec¨ªa que sus sucesivos tenedores deb¨ªan ser hijos leg¨ªtimos. Y Raquel, seg¨²n la juez, no lo es.
La joven, que actualmente tiene 21 a?os, demand¨® a su padre el 15 de julio de 2011 para que los jueces reconocieran la paternidad de este, fruto de una relaci¨®n extramatrimonial. Pero apenas tres meses despu¨¦s de iniciarse ese proceso, Pedro Muguiro, entonces conde de Casa Ayala, decidi¨® ceder su t¨ªtulo a su hermano Alejandro Muguiro. En febrero de 2012, la justicia dio la raz¨®n a Raquel al considerarla hija de Pedro, pero siete meses m¨¢s tarde, el 12 de septiembre de 2012, el rey Juan Carlos firm¨® la carta de sucesi¨®n que bendec¨ªa la cesi¨®n pactada entre los dos hermanos. La hija, sin embargo, decidi¨® reclamar el t¨ªtulo al considerarse la leg¨ªtima heredera. ¡°Sabe perfectamente que solo es algo honor¨ªfico, pero considera que tiene derecho a heredarlo¡±, aseguran fuentes de su entorno. Raquel considera que, con la cesi¨®n, efectuada en pleno proceso para determinar la paternidad, su padre solo quiso privarle de ¨¦l.
Carlos IV cre¨® el t¨ªtulo en 1791 y estableci¨® que lo heredar¨ªan solo hijos leg¨ªtimos
La titular del juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de Badajoz, Raquel Rivas Hidalgo, ha fallado, sin embargo, en su contra. Asegura que es el padre el que tiene raz¨®n y que la joven carece de ese derecho porque, seg¨²n la carta por la que Carlos IV concedi¨® el t¨ªtulo, la sucesi¨®n corresponde a ¡°hijos, herederos y sucesores nacidos de leg¨ªtimo matrimonio¡± y Raquel, al ser fruto de una relaci¨®n extramatrimonial, no lo es. Todo ello a pesar de que el art¨ªculo 39 de la Constituci¨®n equipara a los hijos nazcan o no dentro del matrimonio. El art¨ªculo 108 del C¨®digo Civil reproduce ese precepto al establecer que ¡°la filiaci¨®n matrimonial y la no matrimonial, as¨ª como la adoptiva, surten los mismos efectos¡±.
La juez entiende que, en materia nobiliaria, el sistema de transmisi¨®n de los t¨ªtulos es el que se recoge en su real carta de concesi¨®n ¡ªen este caso la firmada por Carlos IV en 1791¡ª. Y se apoya en dos normas preconstitucionales, el decreto de 4 de junio de 1948, aprobado en pleno franquismo, y el de 12 de octubre de 1820, promulgado durante el reinado de Fernando VII, que as¨ª lo ordenan. La disposici¨®n derogatoria de la Constituci¨®n de 1978 establece que quedan sin efecto ¡°cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constituci¨®n¡±.
La magistrada se apoya en una norma de la ¨¦poca de Fernando VII
La ley de igualdad del hombre y la mujer en la sucesi¨®n de t¨ªtulos nobiliarios, aprobada en 2006, invalid¨® cualquier discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo al heredarlos contenida en sus cartas de concesi¨®n al ser contrarias al principio de Igualdad que establece la Constitiuci¨®n. Pero, seg¨²n la juez, eso no es aplicable a este caso porque la norma aprobada bajo mandato de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero no se refiere expresamente a los hijos extramatrimoniales.
¡°Siendo la demandante¡±, es decir, la joven, ¡°una hija no matrimonial del codemandado don Pedro Muguiro¡±, es decir, su padre, ¡°el derecho del codemandado don Alejandro Mugiro¡±, el hermano al que Pedro cedi¨® el t¨ªtulo de conde de Casa Ayala, ¡°ser¨ªa preferente¡± al de Raquel, concluye la juez, que reconoce que el Tribunal Supremo no se ha pronunciado hasta el momento sobre casos similares.
Declara "preferente" el derecho del hermano del conde a heredar el t¨ªtulo sobre el de su hija
La joven ha recurrido la resoluci¨®n al considerar que la decisi¨®n de la juez es ¡°contraria al principio de igualdad, discriminatoria e inconstitucional¡±. ¡°Nos resulta muy dif¨ªcil entender c¨®mo se puede dar vigor en el siglo XXI a una norma que discrimine expresamente a los hijos nacidos fuera del matrimonio, priv¨¢ndoles de los derechos que tendr¨ªan si sus padres estuviesen casados¡±, asegura en su recurso. Ahora, la pelota est¨¢ en el tejado de la Audiencia Provincial de Badajoz en cuyas manos est¨¢ decidir si, en pleno 2014, una hija extramatrimonial puede considerarse ileg¨ªtima para heredar un t¨ªtulo. Aunque as¨ª lo estableciera Carlos IV, el quinto Rey Borb¨®n, en 1791.
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