Prohibidas las llamadas comerciales por la noche y los fines de semana
La reforma de la Ley de Consumo limita el acoso de la publicidad telef¨®nica Las empresas estar¨¢n obligadas a emitir facturas de papel sin cobrar por ello
Las llamadas comerciales quedar¨¢n prohibidas entre las nueve de la noche y las nueve de la ma?ana los d¨ªas laborables y a cualquier hora los fines de semana y festivos. Sin ninguna excepci¨®n. Es una enmienda introducida a propuesta de CiU en la reforma de la Ley de Consumo, aprobada este mi¨¦rcoles en el Congreso, en un nuevo intento de poner coto a la pr¨¢ctica desmedida del spam telef¨®nico, que genera constantes reclamaciones pese a que ya la ley de competencia desleal establece expresamente que las empresas no podr¨¢n hacer ofertas por correo, tel¨¦fono o fax sin el consentimiento del consumidor. Seg¨²n los ¨²ltimos datos de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, entre 2010 y 2012 las denuncias o actuaciones de oficio tramitadas se dispararon un 145%, de 91 a 241.
Pero perseguirlo es complicado, porque no es f¨¢cil identificar las llamadas. Aunque la normativa proh¨ªbe utilizar n¨²meros ocultos, muchas veces usan n¨²meros a los que nadie contesta o desde otros pa¨ªses. Y as¨ª es dif¨ªcil demostrar el acoso. ¡°La reforma intenta facilitar las reclamaciones al obligar a las compa?¨ªas a identificarse antes de realizar su oferta y, si el cliente no desea recibir m¨¢s llamadas, proporcionarle un c¨®digo para reclamar si le vuelven a molestar¡±, explica la diputada Lourdes Ciur¨®, de CiU.
Las asociaciones de consumidores, sin embargo, no conf¨ªan en la eficacia de estas medidas. ¡°Si ahora las empresas incumplen una ley, en el futuro incumplir¨¢n dos. No es un problema de legislaci¨®n, sino de que se pongan sanciones altas para que a no resulte rentable saltarse las normas¡±, opina Rub¨¦n S¨¢nchez, portavoz de Facua. Isabel ?vila, presidenta de Ceaccu, cree que incluso ¡°el hecho de que se proh¨ªba el spam durante una franja horaria puede intensificar el acoso el resto del d¨ªa¡±.
La nueva ley, que a¨²n debe pasar por el Senado, incluye otra enmienda que obliga a las empresas a enviar sus facturas en papel a menos que el cliente las pida solo en soporte electr¨®nico. As¨ª se facilitan las reclamaciones y se impide a las compa?¨ªas cobrar por emitirlas en papel, una pr¨¢ctica cada vez m¨¢s extendida.
El PSOE introdujo otra disposici¨®n que legitima a los fiscales para representar a los ciudadanos en reclamaciones colectivas por cl¨¢usulas abusivas en contratos de bancos, aerol¨ªneas o suministros de gas, luz o tel¨¦fono, algo que ahora solo pueden hacer las asociaciones de consumidores. La socialista Pilar Grande asegura que esta medida va a facilitar las denuncias en los tribunales, aunque lamenta que se haya rechazado su propuesta inicial de crear una ley espec¨ªfica para agilizar este procedimiento.
Coto al cigarrillo electr¨®nico
La reforma de la Ley de Consumo aprobada ayer incluye dos disposiciones adicionales que suponen un primer paso para la regulaci¨®n del cigarrillo electr¨®nico a nivel estatal, despu¨¦s de que Catalu?a y Andaluc¨ªa aprobaran ya algunas medidas para restringir su consumo en estas comunidades. Se considera cigarrillo electr¨®nico cualquier dispositivo que pueda liberar nicotina o productos similares.
La primera disposici¨®n recoge el acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades el pasado diciembre, por el que estos dispositivos no se podr¨¢n usar en instalaciones de las Administraciones p¨²blicas, instalaciones sanitarias y centros educativos, excluidos los espacios libres de recintos universitarios o exclusivamente dedicados a la formaci¨®n de adultos. Tambi¨¦n estar¨¢n vetados al aire libre en parques infantiles o zonas de juego de ni?os, as¨ª como en cualquier tipo de veh¨ªculos de transporte p¨²blico urbano e interurbano, mar¨ªtimo, ferroviario o a¨¦reo (solo en caso de que se trate de aviones de compa?¨ªas espa?olas o compartidos con extranjeras).
La segunda disposici¨®n se refiere a la publicidad de estos dispositivos, que quedar¨¢ prohibida durante la emisi¨®n de programas dirigidos a menores de 18 a?os y durante 15 minutos antes o despu¨¦s. Adem¨¢s, en medios audiovisuales no se podr¨¢ ver entre las 16 y las 20 horas.
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