No le eches la culpa al mensajero
El derecho al olvido, como casi todos los temas legales vinculados a Internet, tienen implicaciones y aspectos complejos y contrapuestos
El derecho al olvido, como casi todos los temas legales vinculados a Internet, tienen implicaciones y aspectos complejos y contrapuestos, lo que suele llevar sin remisi¨®n a la controversia. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea sobre este tema no pod¨ªa ser menos, a?adi¨¦ndose adem¨¢s el efecto sorpresa, ya que hace tan solo unos meses, Niilo J??skinen, abogado general del TJUE, manifest¨® una posici¨®n distinta a la sentencia que acaba de hacerse p¨²blica. En aquella ocasi¨®n, se consider¨® que el buscador no era responsable de los datos personales de las p¨¢ginas web que procesaba, al ser una herramienta para localizar contenido de p¨¢ginas web de terceros y no estando obligado a borrar la informaci¨®n de su ¨ªndice de b¨²squeda.
Ahora, en cambio, la sentencia determina que el buscador s¨ª que es responsable de la informaci¨®n que figura en su lista de resultados ya que puede afectar al derecho fundamental a la protecci¨®n de los datos personales, obligando a Google a retirar resultados de su ¨ªndice a petici¨®n de ciudadanos aunque la p¨¢gina original los mantenga.
El aspecto fundamental de la pol¨¦mica reside en entender el funcionamiento t¨¦cnico de Internet en general y de Google en particular. Se trata de comprender el concepto de enlace y el papel que desempe?an los buscadores y agregadores. La arquitectura de la Red se fundamenta en el hipertexto ¡ªcontenidos que se enlazan unos a otros y que los buscadores nos ayudan a localizar y catalogar¡ª. Los buscadores indexan y catalogan los contenidos alojados en servidores de terceros y ofrecen al usuario de forma ordenada, en funci¨®n de unos par¨¢metros de relevancia, enlaces para que pueda acceder a ellos. Google como buscador ni crea ni destruye contenidos, los enlaza.
En definitiva, se le pide a Google que sea el guardi¨¢n del derecho al olvido del ciudadano. Adem¨¢s de la dificultad pr¨¢ctica de su aplicaci¨®n, la sentencia podr¨ªa dejar resquicios que permitieran limitar la libertad de informaci¨®n y/o expresi¨®n, algo que, por supuesto, habr¨ªa que estimar caso por caso. La tendencia habitual de perseguir al mensajero y, en particular, al enlace, aunque las intenciones sean encomiables, puede ser a la larga peligrosa. No se trata de defender a Google como empresa, que por otra parte tiene muchos aspectos que por su tama?o y creciente poder deben ser regulados, sino de encontrar la manera para que el derecho al olvido conviva con otros derechos fundamentales, como el acceso libre y transparente a la informaci¨®n. Ante un conflicto de intereses cabr¨ªa determinar cu¨¢l de los dos derechos, el particular o el de inter¨¦s general, prevalece, sin necesidad de culpabilizar al mensajero.
Pepe Cerezo es socio director de RocaSalvatella.
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