?Qu¨¦ ocurre si un juez devuelve el veredicto al jurado popular?
El tribunal del 'caso Diana Quer' ha anunciado que devolv¨ªa al jurado popular su escrito al considerar que conten¨ªa errores formales
La tensa expectaci¨®n del p¨²blico, que aguardaba a las diez de la ma?ana la lectura del veredicto del caso Diana Quer, se ha esfumado dr¨¢sticamente cuando el tribunal ha anunciado que devolv¨ªa al jurado popular su escrito al considerar que conten¨ªa errores formales, faltaba fundamentaci¨®n y recog¨ªa, incluso, posibles contradicciones que imped¨ªan su lectura p¨²blica. Una decisi¨®n del magistrado que ha dirigido la vista oral que para nada resulta extra?a en las causas complejas que cuentan con este tipo de jurado. De hecho, por ejemplo, hace apenas unas semanas, el juez del crimen de la CAM tambi¨¦n devolvi¨® el veredicto al considerar que presentaba errores y deficiencias: y, en noviembre de 2018, tambi¨¦n hizo lo propio la magistrada del caso del descuartizador de Pioz.
Esta posibilidad la regula perfectamente la ley org¨¢nica del tribunal del jurado. En su art¨ªculo 63, la normativa prev¨¦ que el magistrado debe devolver el veredicto si aprecia que el jurado no se ha pronunciado sobre la totalidad de los hechos o sobre la culpabilidad o no culpabilidad de todos los acusados; que no se haya obtenido en alguna de las votaciones la mayor¨ªa necesaria; que los diversos pronunciamientos sean contradictorios; o que se haya incurrido en alg¨²n defecto relevante en la deliberaci¨®n o votaci¨®n. Unas deficiencias que debe determinar el propio juez que haya dirigido la vista oral.
?Qu¨¦ implica esta medida? Lo primero que debe hacer el magistrado, si devuelve el acta al jurado, es explicar detalladamente las causas que le han llevado a tomar esa decisi¨®n y precisar, adem¨¢s, ¡°la forma en que se deben subsanar los defectos de procedimiento o los puntos sobre los que deber¨¢n emitir nuevos pronunciamientos¡±. Los miembros del jurado, que deben argumentar en su escrito las conclusiones que pactan, deben proceder entonces a elaborar un nuevo veredicto que resuelva esos errores.
?Cu¨¢ntas veces se puede devolver el veredicto? La legislaci¨®n contempla que el magistrado tiene la posibilidad de devolver hasta tres veces el acta del jurado. En el caso de que, pese a ello, persistan los defectos, el juez debe disolver el jurado y convocar juicio oral con un nuevo jurado.
?Y si el segundo jurado tambi¨¦n comete errores? Si el magistrado forma un nuevo jurado, celebra un segundo juicio oral y, de nuevo, el acta sigue con deficiencias tras devolverla hasta tres veces, el juez est¨¢ obligado a disolver al segundo jurado y ¡°dictar sentencia absolutoria¡±.
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