El Tribunal Superior de Justicia de Murcia archiva el recurso contra el veto parental porque el curso ha terminado
La sala no analiza la legalidad o no de esa medida, sino que se limita a indicar que las instrucciones por las que se puso en marcha han caducado
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha archivado el recurso que el Ministerio de Educaci¨®n interpuso contra el denominado veto parental, ya que la sala considera que, con el curso finalizado, caducan tambi¨¦n las instrucciones dictadas por la comunidad aut¨®noma para imponer esa medida.
El veto parental fue una de las condiciones impuestas por Vox para apoyar la investidura de Fernando L¨®pez Miras (PP) como presidente de la Regi¨®n de Murcia tras las elecciones auton¨®micas de mayo de 2019. El voto de los ultraconservadores era imprescindible para sacar adelante el Gobierno de coalici¨®n de populares y Ciudadanos en la comunidad aut¨®noma y entre sus exigencias se incluy¨® esta, que consiste en que los padres estaban obligados a autorizar a sus hijos a participar en cualquier actividad complementaria organizada en los centros escolares.
La Consejer¨ªa de Educaci¨®n de Murcia, en manos del PP, dict¨® a finales de agosto una resoluci¨®n con las instrucciones a los centros educativos para el curso escolar 2019-2020 que inclu¨ªa las pol¨¦micas autorizaciones, si bien la medida pas¨® casi desapercibida hasta enero, cuando Vox volvi¨® a poner sobre la mesa esta cuesti¨®n durante el debate de los presupuestos de la comunidad aut¨®noma. Aunque el veto parental ya estaba funcionando desde el inicio del curso, el asunto abri¨® una crisis entre los socios de Gobierno y Ciudadanos lleg¨® a cuestionar la legalidad de las autorizaciones familiares, dado que las actividades complementarias est¨¢n consideradas obligatorias y evaluables en los decretos regionales que fijan los curr¨ªculos de primaria y secundaria. El Ministerio de Educaci¨®n tambi¨¦n intervino en la pol¨¦mica y acab¨® por recurrir las resoluciones de inicio de curso, que el TSJ suspendi¨® cautelarmente a principios de marzo, pocos d¨ªas antes de decretarse el estado de alarma.
En un auto dictado este 14 de julio, el tribunal murciano considera ahora que el recurso del Ministerio ha sufrido una ¡°perdida sobrevenida del objeto¡± por el que se present¨®: con el curso finalizado, las resoluciones quedan tambi¨¦n suspendidas, y la comunidad aut¨®noma deber¨¢ dictar nuevas instrucciones para el comienzo del curso, como hace cada a?o, antes del pr¨®ximo septiembre. El tribunal apunta que no tiene constancia de que esas nuevas instrucciones se hayan redactado ya, pero insiste en que sustituir¨¢n a las que impugn¨® el Estado con este recurso. Si en la nueva orden de Educaci¨®n se detecta alguna otra posible irregularidad, deber¨¢ impugnarse de nuevo, sugiere.
Adem¨¢s, el TSJ descarta pronunciarse sobre el fondo de las instrucciones como hab¨ªa solicitado la abogac¨ªa del Estado porque cualquiera que fuese su criterio, sostiene el auto, ya no podr¨ªa aplicarse, ni se puede dictar ¡°una sentencia con pronunciamientos de futuro¡± sobre unas resoluciones de la administraci¨®n regional que todav¨ªa no se han emitido.
As¨ª, el tribunal ¡°da por terminado¡± el recurso y ¡°archiva las actuaciones por p¨¦rdida sobrevenida de su objeto¡±, una decisi¨®n contra la que todav¨ªa se puede interponer un recurso de reposici¨®n.
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