La hosteler¨ªa valenciana permanecer¨¢ cerrada hasta el 15 de febrero y se impone la mascarilla para hacer deporte
Sanidad actualiza las restricciones por el coronavirus con la publicaci¨®n de una nueva resoluci¨®n
La Comunidad Valenciana mantendr¨¢ el cierre de la hosteler¨ªa y la restauraci¨®n hasta el 15 de febrero, as¨ª como el confinamiento perimetral, el toque de queda, de 10 de la noche a seis de la ma?ana y la limitaci¨®n horaria de los comercios a las seis de la tarde, con excepci¨®n de los esenciales, seg¨²n publica este s¨¢bado el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). La resoluci¨®n de la Consejer¨ªa de Sanidad obliga adem¨¢s al uso de la mascarilla para practicar deporte en los n¨²cleos urbanos de 10 de la ma?ana a siete de la tarde, una medida que entrar¨¢ en vigor el 1 de febrero y se mantendr¨¢ hasta mediados de mes.
Sanidad explica que todas estas limitaciones se justifican por existir en la Comunidad Valenciana ¡°una transmisi¨®n comunitaria, no controlada, sostenida¡± y con presi¨®n hospitalaria creciente con una ocupaci¨®n, a 27 de enero, del 42,16 % de las camas de agudos y del 62,97 % de camas UCI.
Las medidas estar¨¢n vigentes hasta el 15 de febrero e introducen algunas modificaciones. As¨ª, la mascarilla ser¨¢ obligatoria para mayores de seis a?os ¡°durante la pr¨¢ctica de actividad f¨ªsica o de cualquier otra actividad dentro de los n¨²cleos urbanos¡±, as¨ª como tambi¨¦n ¡°en los espacios de naturaleza o al aire libre dentro de n¨²cleos de poblaci¨®n, playas y piscinas¡±.
Por tanto, en las playas urbanas, se puede pasear o hacer actividad f¨ªsica manteniendo la distancia social, sin superar el n¨²mero m¨¢ximo de dos personas, salvo convivientes, y siempre con la mascarilla puesta. No obstante, en los espacios de naturaleza o playas radicados fuera de los n¨²cleos urbanos, la mascarilla es recomendable, pero no obligatoria.
Asimismo, se mantendr¨¢n hasta el 15 de febrero el cierre a las 18.00 horas de locales y superficies comerciales salvo los que dedicados productos de alimentaci¨®n, bebidas, productos higi¨¦nicos, establecimientos farmac¨¦uticos, sanitarios, ¨®pticas, productos ortop¨¦dicos, servicios de peluquer¨ªa y de alimentos para animales de compa?¨ªa. Adem¨¢s, se cierran saunas, spas, sol¨¢riums, ba?os turcos, balnearios, salones de masajes y establecimientos similares.
Igualmente, se mantiene el m¨¢ximo de dos personas en espacios de uso p¨²blico, tanto cerrados como al aire libre, salvo que se trate de personas convivientes y sin perjuicio de las excepciones previstas, mientras que en domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como el exterior, solo se permiten las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo n¨²cleo o grupo de convivencia, con las mismas excepciones que en el caso anterior.
Excepciones
Las excepciones a estas dos limitaciones son las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atenci¨®n y acompa?amiento a personas menores de edad, personas mayores, en situaci¨®n de dependencia, con diversidad funcional o en situaci¨®n de especial vulnerabilidad, la convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores no convivientes entre ellos y la acogida familiar de personas menores de edad en cualquier de sus tipolog¨ªas.
Adem¨¢s, tambi¨¦n se except¨²an las reuniones de personas con v¨ªnculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes, o de las personas que viven solas, que podr¨¢n formar parte de otra ¨²nica unidad de convivencia formando una unidad de convivencia ampliada. No obstante, cada unidad de convivencia ampliada solo podr¨¢ integrar a una ¨²nica persona que viva sola, y la persona que viva sola podr¨¢ formar parte exclusivamente de una unidad de convivencia ampliada durante todo el periodo de vigencia de la medida.
Las reuniones de las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes contin¨²an sin estar incluidas en las limitaciones previstas.
Las limitaciones a la entrada y la salida de la Comunidad Valenciana contin¨²an restringidas salvo desplazamientos adecuadamente justificados. Tambi¨¦n sigue vigente desde las 15.00 horas del viernes hasta las 06.00 horas del lunes, y desde las 15.00 horas de la v¨ªspera de los d¨ªas festivos hasta las 6.00 del d¨ªa siguiente al festivo, la entrada y salida de personas de los municipios y grupos de municipios con poblaci¨®n superior a 50.000 habitantes (Val¨¨ncia, Alacant, Elche, Castell¨® de la Plana, Torrevieja, Torrent, Orihuela, Gandia, Paterna, Benidorm, Sagunto, Alcoy, Sant Vicent del Raspeig, Elda-Petrer, y Vila-real).
Tambi¨¦n se prorroga la limitaci¨®n a la libertad de circulaci¨®n de las personas en horario nocturno entre las 22.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunidad Valenciana.
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