Lo que se sabe y lo que no del supuesto abuso sexual a uno de los hijos de Juana Rivas y Francesco Arcuri
Hace m¨¢s de cuatro a?os se abri¨® un procedimiento por abusos que no se ha cerrado todav¨ªa definitivamente aunque no ha habido novedades desde entonces. El juez del caso lo ha esgrimido para impedir que Rivas quede en libertad
El juez Manuel Pi?ar, titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, que en julio de 2018 conden¨® a cinco a?os de c¨¢rcel a Juana Rivas por dos delitos de sustracci¨®n de menores, ha denegado la petici¨®n del abogado defensor de la mujer de dejarla en libertad que hab¨ªa solicitado tras la concesi¨®n del indulto parcial por parte del Gobierno. En el auto del viernes en el que no concede esa libertad, Pi?ar emplea argumentos similares a los que us¨® el 1 de julio pasado en un informe con su valoraci¨®n sobre el indulto. Insiste en que ella no se ha arrepentido ¡ªquiz¨¢ entonces no p¨²blicamente pero s¨ª estas semanas pasadas en un programa de televisi¨®n¡ª y que ¡°muestra predisposici¨®n a infringir el precepto penal por el que fue condenada¡±. Respecto a la falta de arrepentimiento, Carlos Arang¨¹ez, abogado de Rivas, explica que su cliente se ha arrepentido en varias ocasiones, p¨²blica y documentalmente. El letrado explica que tanto en la petici¨®n de indulto, como en la de flexibilizaci¨®n del grado de prisi¨®n, por ejemplo, Rivas ¡°ha mostrado su arrepentimiento, aunque siempre ha pedido que se tuviera en cuenta que lo hizo para proteger a sus hijos¡±. Recuerda, adem¨¢s, que hace unos d¨ªas, en una entrevista, afirm¨® que ¡°no lo volver¨ªa a hacer¡±.
Pero, adem¨¢s, en el escrito de este viernes el juez Pi?ar incorpor¨® un tercer argumento m¨¢s delicado. Se trata de unos hechos que hab¨ªan quedado postergados, incluso por la defensa de Francesco Arcuri, expareja de Rivas y con quien ahora viven los dos hijos en Italia. ¡°El ¨²nico peligro al que estuvieron sometidos los menores fue estando bajo la exclusiva custodia de la madre¡±, sostiene el juez en referencia a unos presuntos abusos sexuales contra el hijo menor de la pareja en 2017.
Esa referencia de Pi?ar, que en su auto da por seguros unos abusos sobre los que la justicia no ha concluido nada a¨²n de forma definitiva, ha generado una enorme tormenta pol¨ªtica. Esto es lo que se conoce a trav¨¦s de los documentos judiciales de ese presunto abuso sexual del que hasta ahora no hab¨ªa pr¨¢cticamente trascendido nada a los medios para no perjudicar al ni?o, seg¨²n orden¨® la jueza que se encarg¨® de investigar este asunto.
?Cu¨¢ndo y d¨®nde ocurrieron los hechos a los que se refiere el juez Manuel Pi?ar?
El caso se remonta a los primeros meses de 2017, cuando los ni?os (de 3 y 11 a?os entonces) resid¨ªan con su madre en Maracena (Granada) despu¨¦s de la separaci¨®n de Rivas y Arcuri. Ese a?o hab¨ªan abandonado Italia para regresar a Espa?a y la madre ya hab¨ªa decidido no devolver a los ni?os al padre, lo que tuvo que hacer meses despu¨¦s obligada por la justicia. Los documentos judiciales reflejan que desde enero de 2017 las maestras de la guarder¨ªa recib¨ªan quejas del ni?o referidas a un dolor en la zona anal. La madre, que siempre argumentaba que el ni?o sufr¨ªa de estre?imiento, llev¨® al menor en diversas ocasiones al m¨¦dico, seg¨²n fuentes del caso. El 11 de abril, sin embargo, el dolor fue m¨¢s intenso y las maestras avisaron a la madre. Fue la t¨ªa la que acudi¨® a la guarder¨ªa, aunque finalmente fue Rivas quien llev¨® al ni?o al centro de salud de Maracena.
?Qui¨¦n denunci¨® los supuestos abusos?
Ese 11 de abril, el doctor que lo examin¨® consider¨® necesario que la evaluaci¨®n tuviera lugar en un centro mejor preparado. El sanitario avis¨® a la Polic¨ªa Local de Maracena para que acompa?ase a la madre al Hospital Materno-Infantil Virgen de las Nieves, de Granada. Comienza entonces el caso desde el punto de vista judicial, que tiene a ambos padres como acusaciones particulares. Hay constancia de que Juana llev¨® al ni?o al pediatra en al menos siete ocasiones desde diciembre de 2017 por molestias en el ano del peque?o. Es en esta ¨²ltima ocasi¨®n cuando el pediatra habitual decide iniciar el protocolo de presunto abuso.
?Qu¨¦ dicen los informes del pediatra y del Instituto de Medicina Legal de Granada?
Rivas estuvo presente durante la valoraci¨®n del pediatra hospitalario. Ah¨ª cont¨® al doctor que su hijo nunca le hab¨ªa comentado que alguien le hiciera da?o. Pero algo preocup¨® a este segundo pediatra porque dio parte al Juzgado de Guardia y puso en marcha el procedimiento SIMIA (Sistema de Informaci¨®n sobre Maltrato Infantil de Andaluc¨ªa), que se activa cuando se detecta un posible caso de malos tratos a menores. Aquel 11 de abril, el juzgado envi¨® a una m¨¦dica forense al hospital ¡°por sospecha de agresi¨®n sexual¡±. La forense, del Instituto de Medicina Legal (IML) de Granada, emiti¨® su informe ese mismo d¨ªa. El texto relata por un lado lo que deber¨ªa ser normal y por otro lo que se aprecia en la exploraci¨®n al ni?o, para concluir que ¡°no se puede descartar que el menor haya sido objeto de una agresi¨®n sexual anal que le ha provocado las lesiones descritas¡±.
En octubre de 2017, casi seis meses despu¨¦s de la primera visita al hospital, el IML de Granada envi¨® al Juzgado de Instrucci¨®n 2 de Granada, que llevaba el caso del presunto abuso al menor, su informe definitivo. Insist¨ªa en la idea de que ¡°no se puede descartar una agresi¨®n sexual¡± al ni?o y, aunque explicaba que no hab¨ªa recibido nuevas pruebas tras aquella primera inspecci¨®n de abril, hizo una aproximaci¨®n al caso bas¨¢ndose en la literatura cient¨ªfica. Su conclusi¨®n fue que no exist¨ªa ninguna publicaci¨®n que relacionase los s¨ªntomas que presentaba el ni?o con el estre?imiento cr¨®nico, que era lo que alegaba la madre en la exploraci¨®n m¨¦dica. El documento se refiere entonces a un art¨ªculo de la revista Journal of Forensic and Legal Medicine de 2015 en el que ¡°se especifica que la primera l¨ªnea de investigaci¨®n debe ser el origen traum¨¢tico. Espec¨ªficamente, el abuso sexual¡±. Hasta ah¨ª pudo llegar la medicina forense en este caso.
?Qu¨¦ hicieron la jueza y la Fiscal¨ªa tras el aviso del hospital?
Tras recibir la llamada del hospital, el 11 de abril de 2017, el Juzgado de Instrucci¨®n 2 abri¨® diligencias previas ¡°por agresiones sexuales¡±. En ese auto, la titular de ese juzgado, Mar¨ªa ?ngeles Jim¨¦nez Mu?oz, envi¨® al centro hospitalario al forense de guardia e inform¨® a la Fiscal¨ªa de la situaci¨®n. La secci¨®n de Menores de la Fiscal¨ªa Provincial de Granada abri¨® una ¡°informaci¨®n previa¡± el 3 de mayo.
?Tom¨® la Junta de Andaluc¨ªa alguna medida tras ser advertida de los hechos?
Con ese aviso, la delegaci¨®n territorial de la Consejer¨ªa de Igualdad, Salud y Pol¨ªticas Sociales en Granada abri¨® al d¨ªa siguiente un expediente ¡°a fin de determinar la existencia de indicios de desasistencia del menor¡±. Este diario no tiene constancia de la conclusi¨®n de ese expediente.
?Qu¨¦ dijeron la Guardia Civil y la Fundaci¨®n M¨¢rgenes y V¨ªnculos?
Dentro de la investigaci¨®n abierta por la juez Jim¨¦nez Mu?oz, la Guardia Civil interrog¨® en octubre de 2017 a Rivas, a una maestra de la guarder¨ªa y al pediatra del centro de Maracena que realiz¨® la primera revisi¨®n. La maestra reconoci¨® que el menor siempre achac¨® las molestias al estre?imiento. Por su parte, el pediatra explic¨® a los agentes que observ¨® algunas cosas que lo llevaron a tomar la decisi¨®n de trasladarlo al hospital de Granada y de avisar a la Polic¨ªa Local. Rivas, seg¨²n el informe de la Guardia Civil, les cont¨® que fue ella la que detect¨® las molestias de su hijo, en diciembre de 2016, al retirarle el pa?al. El texto recoge que la madre le dijo a la maestra que le hicieran un ¡°seguimiento especial, solicit¨¢ndole que lo lavara y no utilizara toallitas¡±. Tambi¨¦n explic¨® que lo llev¨® al pediatra por estre?imiento y lombrices. La Guardia Civil concluy¨®, de esas manifestaciones: ¡°No se han encontrado indicios que indiquen la existencia de los presuntos abusos sexuales¡±.
Por su parte, la Fundaci¨®n M¨¢rgenes y V¨ªnculos, que fue requerida por el Servicio de Prevenci¨®n y Apoyo a la Familia de la Junta de Andaluc¨ªa, elabor¨® un informe el 30 de agosto de 2017 a partir de entrevistas con el menor y la madre. Seg¨²n ese informe, ¡°Juana se muestra preocupada en relaci¨®n con una posible vivencia de violencia sexual hacia su hijo¡ y es capaz de plantear de manera coherente otras posibles causas de la lesi¨®n encontrada en el menor¡±. El ni?o, dice el informe, ¡°no ha verbalizado ni de manera espont¨¢nea ni ante preguntas abiertas una vivencia de violencia sexual¡±. En consecuencia, tras un informe de siete p¨¢ginas, esta fundaci¨®n concluye que ¡°no se ha detectado en el menor sintomatolog¨ªa descrita en la literatura cient¨ªfica en relaci¨®n a una posible vivencia de violencia sexual, por lo que no se considera necesaria su inclusi¨®n en un programa especializado¡±. Aunque a?ade: ¡°Se considera necesario un seguimiento del menor (¡) ya que, principalmente debido a su corta edad, el hecho de que no haya podido atribuir sus lesiones a una causa concreta, no extingue la posibilidad de que haya podido ser v¨ªctima de alg¨²n tipo de agresi¨®n en la zona da?ada¡±.
?Qu¨¦ concluy¨® la jueza que investig¨® el caso?
La jueza Jim¨¦nez Mu?oz procedi¨® en diciembre de 2017 al sobreseimiento provisional de la causa. Eso significa que se da por cerrado el caso, pero se abrir¨ªa si aparecieran novedades relevantes o surgieran nuevas pistas, lo que no ocurrir¨ªa si fuera un sobreseimiento libre, que archiva las actuaciones definitivamente. La jueza acord¨® ese modelo de cierre porque ¡°los hechos investigados¡± eran ¡°constitutivos de infracci¨®n penal¡±, aunque no pod¨ªa atribuirlos a nadie en concreto.
El abogado de Rivas considera que esta decisi¨®n no es m¨¢s que la ¨²nica posible porque, aunque no hab¨ªa ninguna prueba de abuso, tampoco hab¨ªa ninguna sobre la mesa que concluyera lo contrario. Para Arang¨¹ez es una decisi¨®n dentro de la l¨®gica judicial, pero que no supone en absoluto que los hechos hayan ocurrido.
?Qu¨¦ concluy¨® la Audiencia Provincial?
Los abogados de Rivas recurrieron ante la Audiencia Provincial de Granada esta decisi¨®n para solicitar el sobreseimiento libre. El 23 de marzo de 2018, la Audiencia concluy¨® que ¡°de lo instruido, es cierto que no aparece suficientemente justificada la perpetraci¨®n del delito de agresi¨®n sexual, pero sin concurrir tampoco razones para descartar esa posible agresi¨®n, por lo que es claro que el sobreseimiento que procede es el provisional¡±. Seg¨²n los magistrados de la Audiencia, ¡°la petici¨®n principal, de sobreseimiento libre, que solicita la madre del menor [es] de todo punto improcedente¡± y toman su decisi¨®n ¡°en defensa de los intereses del menor¡±. A pesar de mantener el sobreseimiento parcial, hay una diferencia sustancial entre la decisi¨®n primera de la jueza de la Audiencia, que lo hace en base al art¨ªculo 641.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y la de la Audiencia, que recurre al 641.1. En el primer caso, en resumen, se considera que hay delito pero que no se puede adjudicar a nadie. El art¨ªculo utilizado por la Audiencia, en cambio, se utiliza cuando no se puede siquiera determinar la existencia del delito.
?Est¨¢ el caso cerrado?
Desde el punto de vista de investigaci¨®n o pr¨¢ctica de nuevas diligencias, s¨ª. Es lo que conlleva el sobreseimiento. No obstante, si alguna de las partes tuviera inter¨¦s en reabrirlo, podr¨ªa hacerlo si tuviera pruebas relevantes que aportaran novedades significativas.
?Por qu¨¦ no se ha conocido apenas nada hasta ahora de este asunto?
En septiembre de 2017, el entonces abogado de Rivas dio algunos detalles sobre este presunto abuso sexual en el programa Espejo P¨²blico, de Antena 3, y la revista Intervi¨², por ejemplo, public¨® un art¨ªculo sobre el asunto. En esa fecha, el caso de Juana Rivas estaba en su ebullici¨®n medi¨¢tica y la presencia de la madre y su abogado era continua en los matinales televisivos. Esas declaraciones son mencionadas por Enrique Zambrano, abogado de Arcuri, en un escrito en el que pide al juzgado medidas para preservar la intimidad e integridad de los menores. El 26 de septiembre, la jueza Jim¨¦nez Mu?oz dict¨® un auto por el que obligaba a los equipos jur¨ªdicos, ¡°especialmente¡± a los de Rivas, a abstenerse de comentar nada sobre los hijos y su vida ¨ªntima personal o familiar o de los delitos que se investigaban. Lo mismo solicit¨® de las ¡°plataformas audiovisuales¡±. La jueza orden¨® igualmente que se retirasen algunos de los v¨ªdeos de los programas emitidos as¨ª como el art¨ªculo de Intervi¨² de la web. Las empresas lo hicieron de inmediato. Aunque t¨¦cnicamente solo afectaba a las plataformas audiovisuales, la orden sirvi¨® para que, en adelante, no se volviera a publicar nada sobre esta cuesti¨®n, hasta que el juez Manuel Pi?ar lo ha resucitado para argumentar su rechazo a conceder la libertad a Rivas.
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