Telef¨®nica factura las llamadas que comunican en los m¨®viles con buz¨®n de voz
La federaci¨®n de consumidores pide a la compa?¨ªa que anule las nuevas condiciones por introducirlas "ilegalmente"
La Federaci¨®n de Consumidores en Acci¨®n (FACUA) denunci¨® hoy que Telef¨®nica ha comenzado a cobrar las llamadas a tel¨¦fonos Movistar que est¨¦n comunicando como un minuto de conversaci¨®n si tienen buz¨®n de voz, y pidi¨® a la compa?¨ªa que anule las nuevas condiciones de ese servicio por introducirlas "ilegalmente".
Seg¨²n FACUA, "la compa?¨ªa ha informado a sus clientes que el buz¨®n de voz s¨®lo se activa cuando los tel¨¦fonos est¨¢n apagados o fuera de cobertura, omitiendo que el buz¨®n salta cuando el usuario mantiene otra conversaci¨®n".
La Federaci¨®n de Consumidores ha pedido a Telef¨®nica M¨®viles que anule de inmediato las nuevas condiciones de su servicio de su buz¨®n de voz, que desde unos d¨ªas salta cuando los m¨®viles comunican, "ya que con ello est¨¢ vulnerando la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad".
La Federaci¨®n advierte que la pr¨¢ctica puesta en marcha por la empresa es claramente ilegal, por lo que en caso de que no rectifique proceder¨¢ a denunciarla ante el Instituto Nacional del Consumo, la Secretar¨ªa de Estado de Telecomunicaciones y la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones.
Seg¨²n FACUA, la modificaci¨®n de las condiciones del servicio de buz¨®n de voz sin previo aviso a los usuarios "vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios".
Adem¨¢s, en la ¨²ltima factura, Telef¨®nica M¨®viles adjunta un folleto publicitario sobre las nuevas caracter¨ªsticas de su buz¨®n de voz, donde invita a activarlo marcando el n¨²mero 500 e indica que ¨²nicamente se activa "cuando desconectes tu m¨®vil o est¨¦s fuera de cobertura".
"Al omitir que el buz¨®n salta cuando el usuario mantiene otra conversaci¨®n o si no le da tiempo a contestar la llamada, otra posibilidad incluida en el servicio, la compa?¨ªa est¨¢ incurriendo en un supuesto de publicidad enga?osa, contraviniendo con ello la Ley General de Publicidad".
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