La CMT ordena negociar "de buena fe" con los operadores que no tienen red propia
Telef¨®nica, Vodafone y Amena tendr¨¢n que ofrecer precios razonables
La Comisi¨®n del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha ordenado a las tres operadoras de telefon¨ªa m¨®vil con poder significativo en el mercado (Telef¨®nica, Vodafone y Amena) poner a disposici¨®n de los operadores m¨®viles virtuales (OMV), las compa?¨ªas que se dedican a revender servicios telef¨®nico al no disponer de red propia, "todos los elementos necesarios" para que puedan realizar su actividad. La CMT pide que negocien con estos nuevos actores "de buena fe", ofreciendo "precios razonables" por la prestaci¨®n de los servicios de acceso.
"Los precios ofrecidos a terceros por los operadores con poder significativo no podr¨¢n ser excesivos ni suponer para la compa?¨ªa solicitante un impacto tal en sus m¨¢rgenes operativos que le impida su entrada como operador eficiente", subraya el organismo que preside Reinaldo Rodr¨ªguez. ?ste adelanta que tendr¨¢ en cuenta "entre otras referencias" los precios existentes en mercados competitivos "comparables" para evaluar las propuestas de las operadoras en las negociaciones.
No obstante, la CMT se?ala que Telef¨®nica, Vodafone y Amena (France Telecom) tendr¨¢n la obligaci¨®n de atender las solicitudes "razonables" de acceso y utilizaci¨®n a los recursos espec¨ªficos de sus redes.
En concreto, el regulador se?ala que los operadores con poder significativo tendr¨¢n "obligaci¨®n de proporcionar el acceso a terceros a elementos y recursos espec¨ªficos de su red, negociar de buena fe con los solicitantes de acceso autorizados y prestar servicios espec¨ªficos en r¨¦gimen de venta al por mayor para su reventa a terceros".
Al mismo tiempo, deber¨¢n conceder libre acceso a 'interfaces't¨¦cnicas "u otras tecnolog¨ªas indispensables para la interoperabilidad de los servicios o de servicios de redes virtuales". Tambi¨¦n facilitar "modalidades" para compartir instalaciones, as¨ª como prestar los servicios necesarios para garantizar la interoperabilidad de los servicios de extremo a extremo ofrecidos a los usuarios.
Estas condiciones fijadas por la CMT para los operadores con poder significativo de mercado contempla la obligaci¨®n de dar acceso a terceros a los sistemas de apoyo operativos o a sistemas inform¨¢ticos con funciones similares, y a la interconexi¨®n de redes o recursos.
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