El mito de la democracia racial
La idea de que Colombia es una naci車n mestiza y que nuestra cultura es el feliz resultado de una mezcla de culturas impide la reflexi車n sobre las desigualdades generadas por la explotaci車n hist車rica de las comunidades 谷tnicas
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A finales de septiembre, durante las protestas en contra de las reformas propuestas por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, una de las manifestantes, Luz Fabiola Rubiano de Fonseca, emiti車 comentarios discriminatorios contra la poblaci車n afrocolombiana y se refiri車 a la vicepresidenta Francia M芍rquez con una analog赤a insultante generalmente reservada a las personas afro para negar su humanidad. Sus comentarios, expresados a medios de comunicaci車n en la Plaza de Bol赤var de Bogot芍, quedaron registrados en un video que se viraliz車 y sirvi車 como evidencia para una de las demandas m芍s importantes por discriminaci車n racial y hostigamiento agravado.
La demanda interpuesta por la vicepresidenta M芍rquez no es la primera de su tipo en el pa赤s, pero tal vez es la m芍s relevante desde la tipificaci車n de la discriminaci車n racial como delito en el c車digo penal colombiano. La visibilidad de la demanda contra la mujer que insult車 verbalmente a la vicepresidenta sienta un precedente social que recuerda (si no ense?a) que los maltratos verbales a la poblaci車n afrocolombiana no solamente ameritan sanci車n social, sino tambi谷n penal. Sin embargo, el recurso legal de demandar por actos de discriminaci車n no es suficiente para darle la batalla el racismo en Colombia. Para ello, se requieren tanto acciones afirmativas como medidas de pol赤tica p迆blica a nivel nacional, y centrar el problema de manera transversal en la agenda del Gobierno.
La discriminaci車n como un acto singular
Los actos de discriminaci車n son frecuentes hacia las personas racializadas en Colombia y la vicepresidenta Francia M芍rquez se ha manifestado sobre la gravedad del acoso y hostigamiento cotidiano que recibe en las redes. La demanda interpuesta por la vicepresidenta ha dado tal visibilidad a la penalizaci車n de los actos de discriminaci車n que se han multiplicado el n迆mero de estas demandas en el pa赤s. Seg迆n el portal Datos Abiertos del Gobierno, durante 2021 se presentaron 832 procesos penales por actos de discriminaci車n, mientras que en 2022, la cifra subi車 a 1.892. En lo que va de 2023, con corte a 5 de mayo, se han presentado 731 procesos penales.
Los actos de discriminaci車n y el hostigamiento fueron tipificados como delitos en el C車digo Penal desde 2011 con penas de prisi車n de hasta tres a?os, y multas de hasta quince salarios m赤nimos; unos 3.800 d車lares. La discriminaci車n qued車 definida en el art赤culo 134 del C車digo Penal como aquellos actos que impiden arbitrariamente el ejercicio de los derechos de otras personas en raz車n a su raza, nacionalidad, sexo u orientaci車n sexual, discapacidad, entre otros. Que se hable de ※acto§, es decir, de una acci車n deliberada, sienta una posici車n con respecto al manejo del racismo, ya que la discriminaci車n racial no solo es el resultado de acciones individuales sino tambi谷n de fen車menos hist車ricos y sociales macro, dif赤ciles de adjudicar solo a una persona o grupo de personas.
Por ejemplo, la sentencia de la Corte Constitucional T-098 de 1994, que en su momento sent車 un precedente legal en el tratamiento de la discriminaci車n, reconoce que los actos discriminatorios est芍n tan presentes en las pr芍cticas sociales cotidianas y en la aplicaci車n de las normas por las autoridades administrativas, que la discriminaci車n se fusiona con la institucionalidad misma del Estado. Este punto, sobre la sistematicidad e institucionalizaci車n de la discriminaci車n racial, representa un reto a futuro para el legislador y el Gobierno actual, y una oportunidad (o necesidad) de aprendizaje para la sociedad colombiana.
A diferencia de pa赤ses como Estados Unidos o Sud芍frica, en donde las jerarqu赤as y la segregaci車n racial se institucionalizaron durante el siglo XX (con las leyes que sosten赤an el Jim Crow y el Apartheid), las jerarqu赤as raciales que subordinaban a las poblaciones afro durante la colonia no fueron institucionalizadas de manera tan expl赤cita en la legislaci車n colombiana del siglo XX. Esto ha llevado a gobernantes y al p迆blico general a asumir que en Colombia la discriminaci車n racial es ocasional y no amerita tratamiento serio en la pol赤tica p迆blica.
Adicionalmente, convivimos con el mito de la democracia racial, una narrativa social que nos lleva a pensar que en el pa赤s no hay discriminaci車n racial porque somos el resultado de siglos de mestizaje. La idea de que somos una ※naci車n mestiza§ y que nuestra cultura (y fisionom赤a) es el feliz resultado de una mezcla de culturas afro, Ind赤gena y blanco-europea, impide la reflexi車n sobre los conflictos e inequidades generados por la esclavitud y la explotaci車n econ車mica de las comunidades 谷tnicas. M芍s a迆n, la imagen de la naci車n mestiza choca con las gigantescas diferencias en indicadores de salud, ingresos y desarrollo local entre las comunidades racializadas y las poblaciones blanco-mestizas. Dicho de otro modo, el mito de la democracia racial entra en directa contradicci車n con la realidad del pa赤s.
M芍s all芍 de los actos individuales: el racismo estructural
Para entender las expresiones individuales de discriminaci車n racial y su persistencia en el tiempo debemos saber que no son el resultado de casos aislados o ※manzanas podridas§, sino que son una de las manifestaciones del racismo estructural. Este se entiende como todas las formas en las que una sociedad permite la discriminaci車n racial con fen車menos y pr芍cticas que se refuerzan mutuamente, como lo son la segregaci車n residencial, las dificultades en el acceso al sistema de salud, la precariedad del sistema educativo, las restricciones para el acceso al empleo, la normalizaci車n del prejuicio racial, entre otros.
Para entender el concepto de racismo estructural y c車mo aplica a Colombia, recordemos que no es coincidencia que las poblaciones afro est谷n asentadas en lugares de dif赤cil acceso: para escapar la esclavitud y asegurar su vida y libertad, muchas comunidades afro se asentaron en espacios con bajo, si no nulo, contacto con las instituciones y sociedad blanco-mestiza. A estos patrones de segregaci車n racial se suma que dichas regiones han sido objeto de explotaci車n de recursos, y poca inversi車n estatal, lo que dificulta el acceso a los servicios de salud y al sistema educativo para las poblaciones que las habitan. Adicionalmente, para las personas afro, la probabilidad de ser desplazados es 84% m芍s alta que para la poblaci車n blanco-mestiza, y enfrentan pr芍cticas discriminatorias deliberadas que restringen su acceso a empleos de calidad. Todos estos factores, que se refuerzan mutuamente, no constituyen un ※acto§ que se pueda adjudicar solamente a una persona o grupo de personas.
Ante esta realidad, penalizar actos individuales de discriminaci車n no es un mecanismo suficiente para deshacer el racismo estructural, y esto est芍 claro en la Carta Magna colombiana. La Constituci車n Pol赤tica de 1991 reconoce la necesidad de promover la igualdad en el pa赤s mediante medidas dise?adas para garantizar el goce igualitario de derechos de los grupos hist車ricamente marginados. Estas medidas se llaman acciones afirmativas y consisten en que un grupo social es tratado de manera diferente al resto pero de manera positiva, con el objetivo de subsanar una deuda hist車rica de tipo social, cultural o econ車mico. Por ejemplo, las tarifas diferenciales en los servicios p迆blicos son un tipo de acci車n afirmativa orientada a subsanar las profundas desigualdades entre los m芍s pudientes y los m芍s pobres. Estas medidas, sin embargo, son controversiales y su implementaci車n se limita a la oferta de servicios del Gobierno, o a situaciones en las que media una entidad del Estado. Realidades como la mayor probabilidad de desplazamiento forzado de las poblaciones afro, por ejemplo, dif赤cilmente ser赤an resueltas con acciones afirmativas.
De ah赤 viene la necesidad de plantear la eliminaci車n del racismo estructural desde la pol赤tica p迆blica. Una gran oportunidad para esto se presenta en el Plan de Desarrollo del autodenominado ※Gobierno del cambio§. El Plan de Desarrollo recientemente aprobado pone a las comunidades 谷tnicas y racializadas en el epicentro del accionar del Estado, particularmente en las disposiciones sobre catastro, administraci車n del territorio, reforma agraria, y medio ambiente. Adicionalmente, es de resaltar que el plan propone el desarrollo de una pol赤tica p迆blica para la erradicaci車n del racismo y la discriminaci車n, liderada por el Ministerio de la Igualdad y la Equidad, y plantea la debida reglamentaci車n de la Ley 70 de 1993 (que reconoce la propiedad colectiva de la tierra de las comunidades afrocolombianas) dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del Plan.
A la deuda hist車rica del pa赤s con las comunidades 谷tnicas y racializadas se suma la importancia de la vicepresidenta y sus electores para el triunfo del presidente Gustavo Petro. El tiempo dir芍 si, al ejecutar este ambicioso Plan de Desarrollo &Colombia Potencia Mundial de la Vida*, se priorizan o no las disposiciones respecto a la eliminaci車n de la discriminaci車n.