El Gobierno renuncia a incorporar por ley sanciones a los cargos forales
Exime a los mandatarios actuales de las restricciones para volver a sus actividades en el sector privado
Los altos cargos de las Diputaciones forales no tendr¨¢n que cumplir las sanciones que prev¨¦ el anteproyecto de ley reguladora del c¨®digo de conducta del cargo p¨²blico y de su r¨¦gimen de incompatibilidades. El futuro marco legal que el Departamento de Justicia del Gobierno vasco ha elaborado para los altos cargos del Ejecutivo, sus sociedades p¨²blicas y las Diputaciones, limita su aplicaci¨®n a los mandatarios de estas ¨²ltimas, de manera que solo ser¨¢n vinculantes los principios de conducta y las normas de conflictos de intereses, con la dedicaci¨®n exclusiva.
Otros aspectos, como el apartado de sanciones ¡ªque va desde la devoluci¨®n de dinero, hasta el cese y los diez a?os de inhabilitaci¨®n administrativa para ocupar cargos p¨²blicos, a los que se podr¨ªa sumar una inhabilitaci¨®n por la v¨ªa de lo penal¡ª, no se aplicar¨ªan a los entes forales. La raz¨®n para este cambio ha sido la detracci¨®n de la Diputaci¨®n de Bizkaia, que hab¨ªa criticado el alcance del anteproyecto por considerar que se entromete en sus competencias. La de Gipuzkoa hab¨ªa dado su visto bueno y la de ?lava no ha remitido a¨²n su opini¨®n sobre el anteproyecto. Los Ayuntamientos tienen su propia normativa.
Las medidas que propone el texto legal, al que ha tenido acceso este peri¨®dico, se centran en detallar qu¨¦ suponen incompatibilidades y qu¨¦ no, superando la ley de 1983 de incompatibilidades para el ejercicio de las funciones p¨²blicas en Euskadi, una norma breve que seg¨²n fuentes de Justicia es ¡°muy dr¨¢stica porque lo proh¨ªbe absolutamente todo¡±. Este hecho ha impulsado, a juicio de la consejer¨ªa, que se hayan registrado numerosos incumplimientos de la normativa. El anteproyecto de ley, previsto inicialmente para finales de 2010, es el paso que el PSE hab¨ªa intentado dar en dos ocasiones cuando estaba en la oposici¨®n.
Los altos cargos esperar¨¢n dos a?os para poder trabajar en el sector p¨²blico
La medida que m¨¢s afectar¨¢ a los altos cargos son las restricciones para trabajar en el sector p¨²blico hasta dos a?os despu¨¦s del cese. Los excargos ¡°no podr¨¢n prestar ning¨²n tipo de servicio ni mantener relaci¨®n laboral o mercantil con las empresas [¡] con las que hubieren tenido relaci¨®n directa¡± durante su etapa en la administraci¨®n, es decir, aquellas hacia las que hayan dictado resoluciones favorables a ellas. S¨ª podr¨¢n volver a empresas en las que trabajaban anteriormente pero asegurando no ejercer en ¨¢reas vinculadas a su cargo p¨²blico, un punto de flexibilidad para evitar que los profesionales del sector privado rechacen cargos p¨²blicos. Eso s¨ª, la ley no plantea compensaciones econ¨®micas para evitar esas reticencias.
Estas contrataciones en los dos a?os siguientes al cese deber¨¢n ser informadas a la Administraci¨®n y esta podr¨¢ obligar a suspender la contrataci¨®n. Si la empresa lo elude, no podr¨¢ optar a contratar con la Administraci¨®n p¨²blica mientras el v¨ªnculo con el excargo dure. Euskadi se equipara de este modo a la legislaci¨®n nacional, que ya inclu¨ªa en su articulado la regla de los dos a?os. Eso s¨ª, a petici¨®n del Departamento de Industria, cuyos altos cargos est¨¢n muy ligados a empresas privadas, esta medida solo se aplicar¨¢ a los nuevos mandatarios que accedan a labores de gesti¨®n, no a los que ya los ocupan, seg¨²n se desprende en la disposici¨®n adicional del anteproyecto de ley.
Euskadi se equipara de este modo a la legislaci¨®n nacional
Tambi¨¦n se estudiar¨¢ la ocupaci¨®n de los cargos entrantes hasta dos a?os antes del momento de acceso a puestos p¨²blicos y no podr¨¢n participar en decisiones que afecten a esas empresas mientras que est¨¦n en puestos p¨²blicos. Los mandatarios no podr¨¢n tener m¨¢s de un 10% del capital de empresas privadas relacionadas con la Administraci¨®n, tal y como establece la normativa de 1983 ¡ªse a?ade la restricci¨®n a participar en empresas con un capital de m¨¢s de 600.000 euros¡ª.
Pero con el nuevo texto legal se empieza a tener en cuenta a la familia del cargo p¨²blico, al igual que hace la normativa estatal ¡ªc¨®nyuge, pareja de hecho, familiares dentro del segundo grado de consanguinidad¡ª, de manera que, entre todos, no puedan sumar un 10% de participaci¨®n en entidades contratadas por las instituciones.
La normativa obliga a dedicarse exclusivamente al cargo p¨²blico y mantiene el criterio establecido en 1983 de tener una ¨²nica remuneraci¨®n. La futura ley incorpora excepciones como la de ocupar el cargo de alcalde, siempre y cuando el municipio tenga menos de 50.000 habitantes, el de concejal y se mantiene la compatibilidad con la actividad docente ¡ªremunerada¡ª, parlamentaria y la publicaci¨®n de trabajos, por ejemplo.
Dos a?os de ¡®cuarentena¡¯ laboral
La aplicaci¨®n del anteproyecto de ley, un texto que deber¨¢ ser aprobado por el Consejo de Gobierno y despu¨¦s pasar el tr¨¢mite parlamentario sujeto a modificaciones, hubiera puesto de manifiesto numerosas incompatibilidades de estar en vigor en la actualidad. Sobre todo, en lo relativo a las actividades de los altos cargos en los dos a?os posteriores a su cese, un periodo que si el anteproyecto se aprueba tal y como el Ejecutivo lo ha redactado estar¨¢ estrechamente vigilado y obligar¨¢ a los exmandatarios a informar de sus futuros contratos laborales para garantizar el cumplimiento de la legalidad.
Hay casos como el de los exconsejeros del Gobierno vasco Inaxio Oliveri (Educaci¨®n), que pas¨® a ser rector de Mondragon Unibertsitatea al dejar su cargo como m¨¢ximo responsable educativo en Euskadi, y Javier Retegi (Industria), que se incorpor¨® al equipo directivo del grupo Mondrag¨®n. Tambi¨¦n se da la contrataci¨®n del viceconsejero de Energ¨ªa, Javier Aranburu, que trabaj¨® en la privatizaci¨®n de Naturcorp desde el Ente Vasco de Energ¨ªa (EVE), del que era vicepresidente, para despu¨¦s lograr el cargo de director general de la empresa privatizada por Hidrocant¨¢brico, que gan¨® el concurso p¨²blico.
La lista de excargos vinculados con empresas privadas con las que tuvieron relaci¨®n es larga, pero no ilegal en la actualidad, porque la normativa vasca ha sido hasta ahora m¨¢s laxa que la estatal o las de otras comunidades aut¨®nomas.
El anteproyecto de ley tambi¨¦n prev¨¦ como desarrollo del texto normativo un c¨®digo ¨¦tico y de buen gobierno. Por de pronto, establece los principios de actuaci¨®n tales como resguardar el inter¨¦s p¨²blico en las actuaciones de los cargos, los criterios de objetividad, transparencia, no discriminaci¨®n, sostenibilidad igualdad entre sexos, lealtad institucional y protecci¨®n del euskera.
Adem¨¢s, se recogen principios de conducta como el de no dar un trato favorable a nadie, mantener la discreci¨®n de los datos con los que trabaja la Administraci¨®n y no utilizarlos en beneficio propio o de las personas cercanas al cargo p¨²blico. El anteproyecto tambi¨¦n versa sobre los regalos a los altos cargos.
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