Desestimada una denuncia contra el rector de Santiago
El juez considera que los querellantes actuaron "a mala fe"
La acusaci¨®n de prevaricaci¨®n y malversaci¨®n de fondos p¨²blicos que los sindicatos UGT y CIG interpusieron contra el rector de la Universidade de Santiago, Juan Casares Long, y dos trabajadores m¨¢s ha sido archivada por el juez porque los hechos ¡°no presentan apariencia de delito¡±. Los sindicatos denunciaron la contrataci¨®n supuestamente irregular de una trabajadora en la Fundaci¨®n USC Deportiva y aunque fue admitida a tr¨¢mite ¡°no debi¨® de ser incoado nunca¡±. Esto lo admite el propio juez instructor, Jos¨¦ Antonio V¨¢zquez Ta¨ªn, que considera debi¨® haber le¨ªdo con ¡°mayor detenimiento¡± la querella ya que ¡°su propia redacci¨®n y documentos dejan claro su car¨¢cter infundado y tendencioso¡±.
La historia comienza con el despido por motivos disciplinarios de una trabajadora de la fundaci¨®n, a comienzos de 2009, que est¨¢ pendiente de un recurso de casaci¨®n en el Tribunal Supremo, seg¨²n informaron los sindicatos. Ambas centrales mantienen que la empleada fue despedida el mismo d¨ªa que se anunci¨® su candidatura a representante electoral en la fundaci¨®n y que su puesto administrativo se cubri¨® con una trabajadora de la piscina universitaria ¡°a dedo¡±, sin proceso de selecci¨®n. Aunque V¨¢zquez Ta¨ªn admiti¨® la querella, considera ahora que la denuncia no habla de hechos sino de ¡°valoraciones¡±. Adem¨¢s, afirma que no se podr¨ªa tratar de una prevaricaci¨®n porque la fundaci¨®n es un ente privado. ¡°Est¨¢ participada por la Universidade de Santiago, s¨ª, pero a trav¨¦s de un patronato. Es decir, no tiene ni puede tener naturaleza p¨²blica, por mucho que responda a un inter¨¦s social¡±, apunta en la sentencia.
El juez considera incluso que existe ¡°mala fe¡± por parte de los denunciantes. La ¡°aparente mala fe de la parte querellante queda m¨¢s que acreditada cuanto se oculta intencionadamente una sentencia¡± sobre el despido de la trabajadora. En su escrito, V¨¢zquez Ta¨ªn resalta que la acusaci¨®n ¡°oculta de forma intencionada¡± esa sentencia de 2010 en la que los motivos del Patronato ¡°no son suficientes para justificar un despido¡±, pero que tampoco ¡°llegar¨ªan nunca, ni por asomo, a poder ser considerados suficientes para apreciar una prevaricaci¨®n¡±. Por ello, el juez acord¨® el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias previas.
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