Culmina la ordenaci¨®n del litoral
Los 17 planes subregionales ya aprobados afectan al 66% de la poblaci¨®n andaluza
Al cabo de 18 a?os de aprobarse la Ley de Ordenaci¨®n del Territorio de Andaluc¨ªa, el mapa de la planificaci¨®n territorial que contemplaba est¨¢ pr¨¢cticamente cerrado. El objetivo llega tras una prol¨ªfica legislatura en la que la administraci¨®n auton¨®mica se propuso culminar un proceso jalonado de dificultades y controversias pol¨ªticas partidistas y localistas y que se ha saldado con la aprobaci¨®n de m¨¢s de la mitad de los planes en vigor.
Con los nueve planes subregionales aprobados en estos ¨²ltimos cuatro a?os, toda la franja litoral y las principales aglomeraciones urbanas de la comunidad aut¨®noma tienen un instrumento de planificaci¨®n con directrices para ordenar su crecimiento. Otros dos, los de Huelva y Ja¨¦n, est¨¢n en su ¨²ltima fase de tramitaci¨®n.
Desde el a?o 2000, cuando se aprob¨® el primero (Aglomeraci¨®n Urbana de Granada), hay ya en vigor 17 Planes de Ordenaci¨®n Territorial (POT) que afectan a 245 municipios. Estas localidades, pese a no representar ni la tercera parte del territorio (32%), concentran al 66% de la poblaci¨®n andaluza, m¨¢s de 5,5 millones de habitantes.
Los dos ¨²ltimos planes en aprobarse han sido los del Sur de C¨®rdoba y Campo de Gibraltar, pendientes a¨²n de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial de la Junta de Andaluc¨ªa (BOJA). Ambos pueden considerarse casos paradigm¨¢ticos de la evoluci¨®n que ha experimentado la pr¨¢ctica de la ordenaci¨®n del territorio en Andaluc¨ªa. El del Campo de Gibraltar porque ha atravesado numerosas vicisitudes desde mayo de 1994. Fue el primer plan subregional en formularse; aunque luego el proceso se ha tenido que reiniciar en dos ocasiones m¨¢s, la ¨²ltima en 2007. El plan del Sur de C¨®rdoba es todo lo contrario. Apenas ha requerido dos a?os para completar todos los tr¨¢mites, lo que, seg¨²n la secretaria general de Ordenaci¨®n del Territorio y Urbanismo, Gloria Vega, demuestra que el procedimiento de elaboraci¨®n de los planes de ordenaci¨®n no tiene por qu¨¦ ser necesariamente largo.
Los conflictos de competencias se han resuelto en los tribunales
Vega asegura que la consejer¨ªa de Obras P¨²blicas y Vivienda est¨¢ muy satisfecha ¡°porque se ha cumplido el objetivo y se ha cerrado una etapa de algo m¨¢s de diez a?os en los que se ha conseguido un consenso pol¨ªtico general sobre la importancia de la ordenaci¨®n territorial, algo que ya es irreversible¡±. Recuerda que el proceso ha estado plagado de dificultades y que ha habido que aprender ¡°sobre la marcha¡±, porque apenas hab¨ªa precedentes, y ahora mismo Andaluc¨ªa es la comunidad que m¨¢s ha avanzado en la ordenaci¨®n.
Los POTs son instrumentos que establecen las directrices para un crecimiento arm¨®nico y ordenado en un ¨¢mbito determinado y sirven de marco de referencia para los municipios afectados. Estas localidades deben respetarlos en sus planes generales de ordenaci¨®n urbana y tenerlos en cuenta en la coordinaci¨®n de pol¨ªticas sectoriales de las distintas administraciones, por ejemplo en materia de transportes, energ¨ªa, o abastecimiento, ya que fijan las infraestructuras b¨¢sicas necesarias, y localizan zonas estrat¨¦gicas para el desarrollo.
Los POTs no califican suelo, pero si pueden determinar reservas de espacios para equipamientos estrat¨¦gicos y de inter¨¦s para todo el ¨¢mbito como parques, pol¨ªgonos industriales, desarrollos tur¨ªsticos, o equipamientos p¨²blicos educativos, sanitarios o de otro orden, o ¨¢reas recreativas. Tambi¨¦n establecen par¨¢metros que los municipios deber¨¢n respetar en sus planes municipales concretos, y es que toda figura recogida en un plan subregional tiene que ser contemplada y desarrollada en la planificaci¨®n urban¨ªstica que compete a los ayuntamientos.
La Junta quiere acometer ahora un proceso de armonizaci¨®n
Una de las notas destacadas de los POTs por ejemplo es que ampl¨ªan hasta 200 metros el corredor litoral libre, de forma que multiplican por dos los 100 metros de servidumbre mar¨ªtimo terrestre que establece la Ley de Costas sin posibilidad de ning¨²n uso. Adem¨¢s, donde a¨²n es posible, no permiten ning¨²n uso residencial ni industrial en una franja de 500 metros desde la orilla del mar, de forma que solo ser¨¢n permitidos equipamientos de uso p¨²blico o de car¨¢cter tur¨ªstico.
Precisamente uno de los elementos de dificultad para la ordenaci¨®n territorial ha sido el conflicto de competencias planteado en algunos casos por municipios y resuelto hasta ahora con resoluciones judiciales que reconocen la competencia auton¨®mica de la planificaci¨®n de ¨¢mbito supramunicipal.
Conciliar los intereses localistas y partidistas no ha sido sencillo. La secretaria general reconoce que gran parte del atasco en la elaboraci¨®n de los planes ha venido por el empe?o de llegar a acuerdos. ¡°Estos planes no tienen sentido si no re¨²nen un consenso, pero llegar al 100% es pr¨¢cticamente imposible, y hemos atravesado momentos f¨¢ciles y otros m¨¢s dif¨ªciles¡±.
Hay algunas cuestiones que son adem¨¢s objeto de especial discrepancia competencial, pero tambi¨¦n ideol¨®gica o conceptual, de forma que hay cuestiones que se cierran y que son objeto de impugnaci¨®n judicial por parte de alg¨²n ayuntamiento. Con todo, Vega insiste en que aunque son m¨¢s sonados, ¡°los conflictos son anecd¨®ticos y aislados y por encima de todo ha habido mucho acuerdo¡±.
En los 12 a?os transcurridos desde la aprobaci¨®n del primer plan se han atravesado varias etapas diferenciadas, condicionadas por la presi¨®n urban¨ªstica y las distintas expectativas de crecimiento y desarrollos residenciales y de actividad econ¨®mica. Vega admite que ahora posiblemente haya que revisar cuestiones de algunos planes, pero que lo importante hasta ahora ha sido determinar la importancia de la ordenaci¨®n y la pr¨¢ctica de los acuerdos.
Ahora, la Junta se propone iniciar un proceso de ¡°armonizaci¨®n¡± de los planes y, por ejemplo, ya se ha iniciado la redacci¨®n de un segundo plan para el ¨¢mbito Bah¨ªa de C¨¢diz-Jerez.
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