El monumento a los brigadistas en la Complutense se queda donde est¨¢
Un juzgado declara "nula" la instalaci¨®n de un monolito en el campus por motivos urban¨ªsticos El rectorado dice que de la sentencia no se deduce que haya que retirarlo
"De la lectura de la sentencia no se deduce que haya que retirar el monumento". La Universidad Complutense de Madrid (UCM) no tiene previsto retirar el monolito en homenaje a las Brigadas Internacionales que inaugur¨® el pasado 22 de octubre, pese a que el Juzgado Contencioso-Administrativo n¨²mero 22 de Madrid ha declarado su instalaci¨®n "nula de pleno derecho", por carecer de la licencia urban¨ªstica necesaria. El procedimiento judicial arranc¨® a ra¨ªz del recurso planteado por un particular en contra de la iniciativa. Contra esta decisi¨®n cabe un recurso, que la asesor¨ªa jur¨ªdica de la UCM est¨¢ estudiando si plantear¨¢ o no, seg¨²n fuentes del rectorado.
En la inaguraci¨®n estuvo presente el rector, Jos¨¦ Carrillo, y su padre, Santiago, hist¨®rico dirigente del PCE
La Complutense inaugur¨® el monumento a las Brigadas Internacionales coincidiendo con el 75 aniversario de la creaci¨®n de esta organizaci¨®n y con la presencia de cuatro de sus integrantes. En el acto estuvo presente el rector, Jos¨¦ Carrillo, y su padre, Santiago Carrillo, hist¨®rico dirigente del Partido Comunista de Espa?a (PCE). Poco despu¨¦s de su inauguraci¨®n, el monolito fue atacado con pintadas en las que pod¨ªa leerse "asesinos". Desde entonces, es habitual que luzca este tipo de inscripciones.
La sentencia recoge como hechos "claros" y que "no son objeto de discusi¨®n" que la UCM "instal¨® e inaugur¨® en suelo p¨²blico un monumento sin instar procedimiento urban¨ªstico de ninguna clase y sin obtener licencia urban¨ªstica al efecto", as¨ª como que fue el 9 de noviembre de 2011 cuando la Complutense solicit¨® "por actuaci¨®n comunicada" la licencia para la instalaci¨®n. El juez considera que la conducta de la administraci¨®n recurrida pone de manifiesto que esta era consciente de la necesidad de la licencia y omiti¨® de forma "total y absoluta" esta obligaci¨®n, "asumiendo una potestad que no le corresponde".
Actuaci¨®n sin mala fe
Citando lo que la doctrina francesa denomina manque de droit (atribuirse y usar un poder del que legalmente se carece), la sentencia se muestra muy cr¨ªtica con la actuaci¨®n de la Universidad: "Ha decidido por su cuenta y riesgo que no necesitaba autorizaci¨®n y que la instalaci¨®n pod¨ªa prescindir de todo control de la legalidad urban¨ªstica". Por ello, declara "nula" su actuaci¨®n, por ser "constitutiva de hecho y contraria a derecho", si bien no se pronuncia sobre las costas del proceso, por no apreciar temeridad ni mala fe en ninguna de las partes ¨Cpor lo que deber¨¢n pagarlas a medias¨C, y advierte que estima la demanda sobre la licencia sin perjuicio de que esta pueda obtenerse posteriormente.
El juez declara nula la actuaci¨®n de la Complutense, sin perjuicio de que pueda obtener despu¨¦s la licencia
Aparte de denunciar la falta de licencia urban¨ªstica, el particular que recurri¨® la instalaci¨®n del monumento aleg¨® la falta de competencia de la UCM para acordar la instalaci¨®n de una estatua en el recinto universitario y la vulneraci¨®n del art¨ªculo de la Ley de Memoria Hist¨®rica que se refiere a la retirada de s¨ªmbolos de la guerra civil y la dictadura. En estos casos, el juez considera, como hab¨ªa argumentado la UCM, que el recurrente solo est¨¢ legitimado para reclamar sobre la normativa urban¨ªstica, no sobre las competencias de la Universidad o la aplicaci¨®n de la Ley de Memoria Hist¨®rica.
Las partes implicadas en este proceso tienen 15 d¨ªas desde que reciban la notificaci¨®n de esta sentencia, fechada el pasado 27 de marzo, para presentar un recurso de apelaci¨®n ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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