Un juez plantear¨¢ al Constitucional la rebaja salarial del hospital Sant Pau
Los sindicatos interpusieron una demanda contra el recorte salarial, adoptado por la direcci¨®n
El Juzgado de lo Social n¨²mero 26 de Barcelona ha planteado la cuesti¨®n de inconstitucionalidad de la rebaja salarial del 5% que la direcci¨®n del hospital de Sant Pau aplic¨® en el a?o 2010 a los trabajadores del centro, despu¨¦s de que los sindicatos llevaran a los tribunales esta decisi¨®n.
UGT, CC OO y la Asociaci¨®n Profesional de Enfermer¨ªa (API) interpusieron una demanda al considerar que el recorte salarial, adoptado unilateralmente por la direcci¨®n del hospital acogi¨¦ndose a la Ley de Presupuestos de la Generalitat de 2010, era inconstitucional porque vulneraba art¨ªculos de la Carta Magna, como el que se?ala que no se pueden regular los derechos y libertades de los ciudadanos por legislaci¨®n de urgencia y por no respetar el car¨¢cter vinculante del convenio colectivo.
En el auto, con fecha de 27 de abril, el magistrado Carlos Escribano reconoce que la parte demandada, la gerencia del hospital, adopt¨® de forma unilateral la decisi¨®n de rebajar el 5% el salario de la plantilla "ignorando lo previsto al respecto en el resultado de la negociaci¨®n colectiva, lo que podr¨ªa dar al traste con el d¨¦bil equilibrio de las partes, esencial tambi¨¦n en la negociaci¨®n colectiva". Lo anterior, explica el juez, podr¨ªa implicar una vulneraci¨®n del derecho constitucional a la negociaci¨®n colectiva y, por ende, del derecho fundamental a la libertad sindical, "vaci¨¢ndolos de contenido y de posibilidad de ejercicio real y eficaz".
El magistrado considera que el hecho denunciado podr¨ªa ser contrario a la Constituci¨®n y debe ser sometido al an¨¢lisis del Tribunal Constitucional (TC), para lo que plantea la correspondiente cuesti¨®n de inconstitucionalidad. En su escrito, el juez reconoce que se est¨¢ ante un panorama "tan negativo y tan excepcional, tan al borde del abismo econ¨®mico", que puede ser necesario "excepcionar nuestro r¨¦gimen jur¨ªdico laboral y tragarnos principios hasta ahora tenidos como b¨¢sicos". Pero esa "digesti¨®n", subraya, no le corresponde a ¨¦l juzgarla, sino que es competencia del TC valorar si la rebaja el 5%, que en principio se presenta como definitiva, es o no suficientemente relevante como para determinar la inconstitucionalidad de la norma.
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