Ibarra retrasa su ingreso en prisi¨®n con un incidente de nulidad ante el Supremo
A la defensa le queda a¨²n la posibilidad de recurrir ante el Constitucional
Habr¨¢ que esperar para comprobar si la condena judicial al exjefe de la Inspecci¨®n Fiscal de Bizkaia Juan Ram¨®n Ibarra conlleva su ingreso en prisi¨®n. El Tribunal Supremo le castig¨® en mayo con cuatro a?os y medio de c¨¢rcel por un delito continuado de falsedad documental, al considerarle impulsor de un listado protegido de contribuyentes para dificultar que se les realizaran inspecciones tributarias. La ejecuci¨®n de la sentencia, sin embargo, est¨¢ paralizada, ya que la defensa ha presentado un incidente de nulidad ante el alto tribunal.
Conocido el fallo del Supremo a comienzos de mayo, las previsiones apuntaban a su ejecuci¨®n en el presente mes de julio. Sin embargo, son varias a¨²n las estrategias a las que puede recurrir la defensa de Ibarra para, cuando menos, retrasar su ingreso en prisi¨®n, si no evitarlo incluso. El incidente de nulidad es solo uno de ellos. La sentencia, por tanto, no se podr¨¢ aplicar hasta la resoluci¨®n previa de este, que se podr¨ªa demorar hasta finales del verano, all¨¢ por septiembre, a pesar de que la Sala de lo Penal no es la m¨¢s saturada en el alto tribunal.
La defensa cuenta tambi¨¦n con la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Constitucional. Una v¨ªa que, en principio, no reporta demasiadas garant¨ªas de una correcci¨®n jur¨ªdica a la sentencia del Supremo, aunque recientes decisiones como las de Bildu y Sortu tampoco cierran la puerta a esa posibilidad. A Ibarra le quedar¨ªa, adem¨¢s, la v¨ªa de solicitar su indulto al Gobierno, un tr¨¢mite que, en el hipot¨¦tico caso de ser admitido, retrasar¨ªa tambi¨¦n la ejecuci¨®n del ingreso en prisi¨®n. En c¨ªrculos judiciales consideran que lo l¨®gico es que el exjefe de la Inspecci¨®n Fiscal ¡°exprima todas las posibilidades¡±.
El exjefe de la Inspecci¨®n Fiscal est¨¢ condenado a cuatro a?os
Ser¨¢ una vez agotadas las distintas v¨ªas, si es que ninguna permite revocar finalmente la sentencia, cuando la Audiencia de Bizkaia deber¨¢ proceder a su ejecuci¨®n, para lo que dispondr¨¢ todav¨ªa de varias semanas de plazo. Primero deber¨¢ dar traslado de la misma al propio afectado, para quien la condena por parte del Supremo supuso un duro rev¨¦s, habida cuenta de su absoluci¨®n previa en el tribunal territorial y de que las causas de revocaci¨®n son muy restringidas. La sentencia, en cambio, fue un espaldarazo a la tenaz labor de la fiscal jefe de Bizkaia, Carmen Ad¨¢n, quien asumi¨® personalmente la causa, destapada en 2003, y decidi¨® llevarla hasta ¨²ltima instancia, incluso contra el criterio profesional de algunos compa?eros en el Ministerio P¨²blico.
Tomando como punto de partida el propio relato de hechos probados recogido en el fallo previo de la Audiencia vizca¨ªna, el Supremo consider¨® que el exresponsable de la Inspecci¨®n Fiscal nunca tuvo la pretensi¨®n de investigar a las m¨¢s de 200 personas, tanto f¨ªsicas como jur¨ªdicas, que llegaron a integrar el listado protegido de contribuyentes. Adem¨¢s de cuatro a?os y medio de prisi¨®n, el fallo fij¨® tambi¨¦n una multa de 4.500 euros.
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