Declarado ilegal un edificio administrativo de O Grove
El acta podr¨ªa derivar en una orden de derribo del edificio y la devoluci¨®n de la subvenci¨®n
Un informe del subinspector de la Axencia de Protecci¨®n da Legalidade Urban¨ªstica (APLU) ha declarado ilegal el edificio administrativo de O Grove que promovi¨® el anterior gobierno municipal tripartito y que hab¨ªa motivado una denuncia judicial por presunta prevaricaci¨®n contra el entonces alcalde socialista Jos¨¦ Cacabelos por parte de un constructor de la localidad, ?scar Mini?o.
El acta de la agencia se remiti¨® con fecha de 4 de julio al Ayuntamiento grovense. En ella se exige la inmediata paralizaci¨®n de las obras que se est¨¦n ejecutando en el interior del edificio de cuatro plantas, aunque las exteriores ya han sido rematadas. El acta podr¨ªa derivar en una orden de derribo del edificio y la devoluci¨®n de la subvenci¨®n que hab¨ªa concedido el anterior gobierno bipartito de la Xunta para que el Ayuntamiento ejecutara el proyecto.
El informe t¨¦cnico preliminar ratifica las presuntas ilegalidades denunciadas en el juzgado aunque la fiscal¨ªa hab¨ªa solicitado el archivo de las diligencias, que fue recurrido por la parte demandante que inici¨® acciones por la v¨ªa de lo contencioso. Seg¨²n los t¨¦cnicos, el solar donde se construy¨® el edificio est¨¢ afectado por el Decreto 208/2002, por el que se suspendi¨® el desarrollo del planeamiento municipal para aplicar una ordenanza provisional de zonas verdes y espacios p¨²blicos que proh¨ªbe ¡°cualquier clase de edificaci¨®n¡±. Sin embargo las obras se ejecutaron con la clasificaci¨®n de suelo urbano que contemplaban las normas subsidiarias del plan urban¨ªstico del 1996.
El solar tambi¨¦n est¨¢ afectado por la ordenanza de protecci¨®n del patrimonio y las Normas Subsidiarias Complementarias de Planeamiento (NSCP) que establecen un ¨¢rea protegida de 100 metros de cualquier arquitectura religiosa. La APLU aprecia que se han infringido dichas normas al situarse la edificaci¨®n al m¨ªnimo exigido de la Capilla de San Antonio.
El acta de inspecci¨®n requiere a los responsables de las obras la documentaci¨®n relativa a los tr¨¢mites del proyecto t¨¦cnico y copia de la licencia que en su d¨ªa aprob¨® el Ayuntamiento, as¨ª como la preceptiva autorizaci¨®n auton¨®mica de suelo r¨²stico.
La APLU concluye que las obras no est¨¢n amparadas en la licencia urban¨ªstica preceptiva, no se adec¨²an a las condiciones exigidas por la normativa reguladora ni tampoco a la autorizaci¨®n auton¨®mica exigible en este caso, adem¨¢s de invadir una zona de servidumbre de dominio p¨²blico mar¨ªtimo terrestre.
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