El juez archiva la causa por fraude fiscal contra los hermanos Carulla
Los propietarios de Agrolimen no se beneficiaron de una operaci¨®n de compraventa de acciones El juez cree que Hacienda podr¨ªa haber resuelto el caso sin necesidad de ir a la v¨ªa penal
Casi dos a?os despu¨¦s de que comenzara la investigaci¨®n, el juez ha archivado la causa contra los seis hermanos de la familia Carulla por un presunto delito de fraude fiscal. El titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 4 de Barcelona, Josep Maria Miquel Porras, considera que no hay indicios de que los propietarios de la compa?¨ªa Agrolimen estafaran a Hacienda a trav¨¦s de operaciones entre empresas del grupo.
La fiscal¨ªa acusaba a cada uno de los hermanos Carulla de haber defraudado a Hacienda alrededor de un mill¨®n de euros mediante la declaraci¨®n de renta. El informe de la Agencia Tributaria se?alaba que los Carulla hab¨ªan dejado de tributar 61,5 millones de beneficios a trav¨¦s de una operaci¨®n de compraventa de acciones entre sociedades del grupo, algunas de ellas radicadas en para¨ªsos fiscales.
En su auto, sin embargo, el juez acuerda el sobreseimiento libre de las actuaciones y considera que las operaciones, fechadas en 2006, son "regulares" y no supusieron beneficio alguno para los hermanos Carulla, defendidos por los abogados Emilio Zegr¨ª y Ferm¨ªn Morales. Los imputados -Llu¨ªs, Maria, Montserrat, Artur, Aur¨¨lia y Jordi- no cometieron delito alguno. La operaci¨®n de venta de acciones de Merimare a Agrolimen fue una operaci¨®n de "autocartera" que, adem¨¢s, fue "controlada por las autoridades fiscales holandesas", que no pusieron objeci¨®n alguna.
El juez basa su decisi¨®n en las explicaciones del perito judicial, quien declar¨® que se trataba de una "recolocaci¨®n de fondos" en el marco de la reorganizaci¨®n del grupo empresarial, por lo que hab¨ªa un "motivo econ¨®mico s¨®lido" para acometerla. El destino dado a esos 61,5 millones fue la ampliaci¨®n de capital de Agrolimen, que despu¨¦s emple¨® ese dinero en "reducir cr¨¦ditos o saldos negativos de sus propias cuentas".
Para que haya delito, sostiene el juez, la entidad (Merimare) debe ser una sociedad instrumental, pero no es el caso porque este holding gestiona gran parte de las acciones del grupo. A su juicio, que una de las empresas radicadas en Holanda carezca de empleados no es motivo suficiente para pensar que se trate de una sociedad pantalla. Tras una causa con m¨¢s de 2.500 folios, Porras reprocha a la Agencia Tributaria que el caso se haya dilucidado por la v¨ªa penal. Hacienda no hizo una inspecci¨®n y lleg¨® a sus conclusiones "sin previo conocimiento de los interesados". De haber obrado en sentido contrario, remacha el juez, el asunto se habr¨ªa podido dirimir en sede administrativa.
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