La Audiencia ratifica que la Brilat ocupa tierra comunal
Las dos sentencias que dict¨® ayer la Audiencia se refieren a las dos comunidades que reclamaban menos superficie
La Audiencia de Pontevedra reiter¨® este lunes, previsiblemente de forma definitiva, que los terrenos donde se asienta la Brigada de Infanter¨ªa Ligera Aerotransportable (Brilat) en este municipio son comunales y no del Estado, con dos nuevas sentencias que imponen las costas a la Administraci¨®n. Tres comunidades de montes distintas reclamaron por separado desde 2008 un total de 207 hect¨¢reas, y en los tres casos la Justicia ha sido categ¨®rica: El monte comunal no se puede vender, ceder ni transferir, y si hist¨®ricamente los vecinos lo usaron para apacentar las ovejas, regar la finca o cortar le?a, no hay orden ministerial que dicte lo contrario.
Las dos sentencias que dict¨® ayer la Audiencia se refieren a las dos comunidades que reclamaban menos superficie, las de Vilaboa y Figueirido, que entre las dos sumaban poco m¨¢s de 35 hect¨¢reas. La parte mayor, de 170, correspond¨ªa a Salcedo, pero el Estado no present¨® el recurso a tiempo. El descuido le permiti¨® por lo menos ahorrarse la fil¨ªpica de los magistrados, que ante los dos escritos de apelaci¨®n que s¨ª cumplieron el plazo dejan de manifiesto en t¨¦rminos muy similares su hartazgo por tener que reiterar sus argumentos.
Maniobras en las fincas
¡°La prueba documental, que tanto parece cansar al apelante, parte del hecho b¨¢sico de la explotaci¨®n del monte por los vecinos desde siempre, que dicha explotaci¨®n no sea actual o que no se haya mantenido durante la ilegal ocupaci¨®n del monte por el Ayuntamiento y el Ministerio de Defensa es algo que no empece la viabilidad de la acci¨®n¡±, explican los magistrados al abogado del Estado, que trata de agarrarse a una supuesta ¡°lucrativa sindicaci¨®n¡± entre el perito que hizo el estudio documental hist¨®rico del monte y el letrado de la comunidad. ¡°No se ajusta a la verdad¡±, zanja la sentencia.
¡°Hemos dicho hasta la saciedad que no es necesaria la explotaci¨®n de las parcelas por los vecinos¡±, dispara una de las resoluciones para tumbar otro de los argumentos del Estado. Sobre la posibilidad de que la Administraci¨®n adquiriese la propiedad por el uso, espeta: ¡°No es dable acudir a doctrina ciertamente trasnochada¡±. El conflicto estall¨® cuando los militares llegaron a hacer maniobras en las fincas de los vecinos. Ahora est¨¢n en marcha negociaciones en busca de una compensaci¨®n a las comunidades por el uso militar de los terrenos.
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