Paralizar Arroyo del Fresno como sea
Los cooperativistas denuncian una sucesi¨®n de avatares por error, omisi¨®n y l¨ªos judiciales El Ayuntamiento prev¨¦ pedir la inejecuci¨®n de sentencia
La del PAU de Arroyo del Fresno es una historia interminable. Son 148,6 hect¨¢reas sobre las que una y otra vez se producen o errores de bulto o dilaciones por la lentitud de la Justicia o por la inacci¨®n municipal, con graves consecuencias para los cooperativistas. Este PAU es en s¨ª mismo una auditor¨ªa al lento y muy complejo urbanismo espa?ol.
"Estoy apuntada desde 1996 y he pagado 10 millones de pesetas" este comentario se le¨ªa en un foro de julio de 2002 y desde entonces siguen pagando hasta rondar ahora desembolsos de m¨¢s de 200.000 euros. Qu¨¦ pasa en este PAU, a¨²n sin edificar y sin proyecto de reparcelaci¨®n en una de las dos unidades de ejecuci¨®n, teniendo en cuenta que comparte vecindad con Montecarmelo o Las Tablas en el distrito de Fuencarral y que estos dos est¨¢n habitados desde hace a?os. Son menos de 3.000 las viviendas previstas frente a las m¨¢s de 8.000 o de 12.000 de los otros dos PAU. Es de los tres el m¨¢s peque?o con diferencia y es ya un t¨®pico decir que es la joya de la corona, junto al Monte del Pardo, a un campo de golf en funcionamiento desde 2005 y con estaci¨®n de metro incluida.
Empecemos por el ¨²ltimo avatar: la sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2012 que anula los planes de 22 ¨¢mbitos, por existir suelos clasificados como protegidos en el Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOUM) de 1985, que el plan de 1997, ahora en vigor, convert¨ªa en urbanizables sin justificarlo debidamente...
Pero, en el caso del PAU de Arroyo del Fresno no hab¨ªa tal suelo protegido en 1985. Como puede verse en el gr¨¢fico, el terreno de protecci¨®n agr¨ªcola a que se refiere el cartel est¨¢ fuera del ¨¢mbito. El Ayuntamiento pidi¨® aclaraci¨®n al Tribunal Supremo al respecto y ¨¦ste la rechaz¨®. Y tambi¨¦n rechaz¨® solicitudes de inejecuci¨®n.
El 18 de enero la sentencia del Supremo que lo paraliza entr¨® en el Tribunal Superior de Justicia.
Es posible que el alto tribunal considere que no es el momento. Su sentencia ratifica dos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2003 y de 2007 ?por qu¨¦ no acredit¨® el error entonces debidamente? Entre tanto, la sentencia del Supremo se ha registrado el pasado 18 de enero ya en el TSJ.
La respuesta del Ayuntamiento va a ser para este PAU doble: pedir inejecuci¨®n de sentencia puesto que se trata de una interpretaci¨®n err¨®nea de la cartograf¨ªa, aunque con el riesgo de que vuelva a considerarla extempor¨¢nea. Y, en paralelo, se est¨¢ procediendo a la revisi¨®n parcial del PGOUM del 97 para rehacer el planeamiento y justificar la reclasificaci¨®n de suelo, como dicta la sentencia.
El proceso de revisi¨®n general del PGOUM estaba ya en marcha pero requiere a?os con lo que se ha optado por hacer una parcial. Una de las preguntas es por qu¨¦ no se hace un expediente independiente para Arroyo del Fresno puesto que no hay nada que revisar, nada que rehacer aunque hay que volver a tramitar todo. Se temen los cooperativistas que si surge alg¨²n problema en alguno de los ¨¢mbitos restantes se paralice todo el expediente, prolongando a¨²n m¨¢s el proceso.
La alcaldesa de Madrid ha citado agosto como la fecha en que estar¨ªa lista la revisi¨®n parcial que justificar¨ªa el cambio de clasificaci¨®n para la mayor¨ªa de los ¨¢mbitos pero merece la pena coger l¨¢piz y papel para hacer la cuenta porque si la ley no cambia, ¨¦sta requiere: elaborar un avance (que querr¨ªan que estuviera en febrero) y que requiere un periodo de informaci¨®n al p¨²blico posterior; la aprobaci¨®n inicial, con su informaci¨®n al p¨²blico correspondiente; la petici¨®n de m¨²ltiples informes sectoriales; la aprobaci¨®n provisional que se remita a la Comunidad Aut¨®noma antes de la aprobaci¨®n definitiva...
Los cooperativistas no dejan de considerar que su caso requiere al menos tanta atenci¨®n como el de Valdebebas por m¨¢s que este tenga ya viviendas en construcci¨®n.
Esta sentencia, con todo, es una pesadilla despu¨¦s de un mal sue?o de d¨¦cadas. En 1999 un grupo de propietarios de suelo impugn¨® el plan parcial y el convenio urban¨ªstico firmado entre Cle¨®n, y el Ayuntamiento por c¨®mo se distribu¨ªa el aprovechamiento lucrativo entre los propietarios (coeficientes de homogeneizaci¨®n). Una sentencia del TSJ de 2005 paraliz¨® la tramitaci¨®n al anular tal distribuci¨®n. El PAU, a pesar de su escaso tama?o, se dividi¨® en dos unidades de ejecuci¨®n. La UE 2 se quedaba con la mayor¨ªa de la VPO y la UE 1 con la vecindad del campo de golf que hab¨ªa sido segregado.
El Consistorio no la recurri¨® ante el Supremo. Finalmente el TSJ acept¨® que en lugar de reelaborarse los coeficientes, se indemnizara a los propietarios de la UE 2 con el aprovechamiento que le corresponder¨ªa al Ayuntamiento -o sea a los madrile?os- en vivienda libre. Y suma y sigue.
El tiempo perdido es caro para los cooperativistas en t¨¦rminos de da?o moral tanto como econ¨®mico: intereses del cr¨¦dito, gastos de urbanizaci¨®n... y se quejan de los errores de tramitaci¨®n, la pasividad de la tutela municipal y los intereses especulativos.
Por una gesti¨®n p¨²blica
Los PAU de Madrid se han desarrollado por un sistema de gesti¨®n privada: son los propietarios de suelo los que presentan el proyecto de reparcelaci¨®n o de urbanizaci¨®n o piden las licencias al Ayuntamiento. Estos marcan los ritmos, con el permiso del Consistorio. Y as¨ª como en la Unidad de Ejecuci¨®n 2 la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid es mayoritaria y han aprobado su proyecto de reparcelaci¨®n, en la Unidad de Ejecuci¨®n 1, lo son FCC y ACS (como accionistas de Cle¨®n, empresa de Telef¨®nica) y a¨²n no han presentado el proyecto que reparte los solares resultantes entre los propietarios. Un paso previo a empezar a edificar.
La UE 1 se queja de que no fue notificada por los servicios jur¨ªdicos del Ayuntamiento de la sentencia del Supremo que les afectaba de manera directa y que les obliga a posponer la presentaci¨®n del proyecto de reparcelaci¨®n a la asamblea de propietarios y al Consistorio. Justo antes de tener conocimiento de la citada sentencia, se hab¨ªa presentado al consejo rector.
Pero ante las paralizaciones y la lentitud en presentar el proyecto una cooperativa ha pedido al Consistorio que la gesti¨®n del PAU, tal como contempla la ley, vuelva a ser p¨²blica y se lleve adelante por el sistema de ejecuci¨®n forzosa. Con la urbanizaci¨®n terminada y el planeamiento avanzado se asegurar¨ªa que no primaran lo que consideran dilaciones especulativas.
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