Juicio a polic¨ªas locales de Mijas por tr¨¢fico de drogas
Los agentes est¨¢n acusados de aprovechar su condici¨®n laboral para apropiarse de estupefacientes
La Secci¨®n Primera de la Audiencia de M¨¢laga ha juzgado este viernes a varios polic¨ªas locales del municipio malague?o de Mijas, acusados de aprovechar su condici¨®n de agentes para traficar con drogas. La vista oral comienza despu¨¦s de que la Sala decidiera anular las escuchas telef¨®nicas y otras pruebas extra¨ªdas a ra¨ªz de las mismas tras pedirlo las defensas en sus cuestiones previas.
En esta causa hay acusados cinco agentes, que fueron detenidos en noviembre de 2009, los cuales, seg¨²n la Fiscal¨ªa, se aprovechaban de "su condici¨®n de funcionarios de la Polic¨ªa Local de Mijas y de la posibilidad de utilizaci¨®n de uniformes, armas, documentos y veh¨ªculos oficiales", adem¨¢s de usar informaci¨®n para, supuestamente, aparecer en operaciones de desembarco de droga y "apropiarse y lucrarse con el producto de su venta". Adem¨¢s hay otro acusado.
Seg¨²n el escrito presentado en su d¨ªa por la acusaci¨®n p¨²blica, estos procesados utilizaban la informaci¨®n recibida "en su funci¨®n de reprimir la delincuencia" y, supuestamente, se presentaban de forma sorpresiva y "sin ponerlo en conocimiento de sus superiores e intentando eludir todo control por parte de ¨¦stos" en operaciones de desembarco o tr¨¢fico de droga y provocaban la huida de los narcotraficantes, que abandonaban el alijo.
Entonces, "pod¨ªan apropiarse y lucrarse con el producto de su venta". Seg¨²n las conclusiones iniciales del ministerio fiscal, en dicha estructura organizativa, uno de los agentes era "el jefe" y "lo era tambi¨¦n de su pareja" de servicio, mientras que otro era "subordinado" al supuesto responsable del grupo, pero "manteniendo el control de su unidad operativa" y transmitiendo ¨®rdenes a su compa?ero.
La participaci¨®n del quinto agente, dice esta parte, "radicar¨ªa, fundamentalmente, a partir de febrero de 2009, en el suministro de informaci¨®n decisiva para las operaciones, proveniente de importantes contactos que tiene tanto en otros cuerpos de seguridad como en el submundo del narcotr¨¢fico procedente de Marruecos". En el escrito se relata una de las operaciones ocurrida en noviembre de 2009. Se les acusa de un delito contra la salud p¨²blica.
Este juicio comenz¨® en noviembre de 2012 y en dicha sesi¨®n, en el tr¨¢mite de cuestiones previas, las defensas de los acusados pidieron la nulidad de las actuaciones, al indicar que las escuchas existentes en esta causa proceden de otras llevadas a cabo en un caso distinto, sin que se hubiese incorporado en este procedimiento testimonio de las mismas, ni tampoco los oficios ni las resoluciones judiciales que las autorizaron.
Posteriormente, la Secci¨®n Primera, a trav¨¦s de un auto, se?al¨® que en este caso "lamentablemente, no se aportaron a las actuaciones en ning¨²n momento los testimonios referidos, lo que ha impedido un control y conocimiento de la legalidad, adecuaci¨®n, fundamentaci¨®n y proporci¨®n de la medida" y, adem¨¢s de las escuchas, declar¨® nulos seguimientos y vigilancias, entradas y registros llevados a cabo y las declaraciones de algunos de los ahora acusados.
La Audiencia se bas¨® en un acuerdo no jurisdiccional del pleno del Tribunal Supremo, apuntado por las defensas en las cuestiones previas, en el que se unific¨® doctrina; y record¨® que dicho Tribunal ha declarado en ocasiones que cuando una intervenci¨®n telef¨®nica tiene su fundamento en otra anterior de un procedimiento distinto "es necesario que consten en las diligencias los testimonios completos relativos a la cadena de solicitudes y autorizaci¨®n judicial".
Ante esta resoluci¨®n, la Fiscal¨ªa de M¨¢laga present¨® al Tribunal un escrito de alegaciones, en el que entend¨ªa que "no procede la soluci¨®n dada por la Sala, que resuelve indebidamente las cuestiones previas planteadas". As¨ª, se apunta que esta causa "no es un proceso incoado a ra¨ªz de la deducci¨®n de testimonio de una causa principal", por lo que no es de aplicaci¨®n dicho acuerdo del Supremo. Adem¨¢s, acompa?¨® los testimonios que no constaban en la causa.
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