El Tribunal Superior avala al centro que vet¨® a una alumna por llevar velo
La sentencia respalda que una alumna fuera sancionada por incumplir las normas del instituto El IES de Pozuelo de Alarc¨®n le prohibi¨® asistir a clase con el ¡®hiyab¡¯
Prohibir el hiyab o velo isl¨¢mico en las aulas de un centro escolar p¨²blico es un asunto de respeto a las normas, una forma de garantizar ¡°la formaci¨®n de los j¨®venes escolares¡±. As¨ª lo ve en una sentencia pionera el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que se acaba de pronunciar sobre uno de los casos m¨¢s pol¨¦micos que combinan el derecho a la educaci¨®n con la libertad religiosa. En un fallo contra el que no cabe recurso, y al que ha tenido acceso EL PA?S, el alto tribunal avala la actuaci¨®n del instituto Camilo Jos¨¦ Cela, un centro p¨²blico de Pozuelo de Alarc¨®n que en 2010 vet¨® la entrada a clase de Najwa Malha, una alumna musulmana que contaba con 16 a?os cuando empez¨® a usar el velo de forma habitual. Malha fue desterrada durante m¨¢s de una semana a la sala de visitas por acudir con el pa?uelo.
La estudiante, que entonces cursaba 4? de la ESO, fue trasladada a un cercano instituto donde s¨ª pod¨ªa usar hiyab. La diferencia era que el reglamento escolar del primero prohib¨ªa a sus alumnos estar en las aulas con la cabeza cubierta y el claustro interpretaba que un velo isl¨¢mico era lo mismo que una gorra. Su familia aleg¨® que no era una cuesti¨®n de respeto a las normas, sino la defensa de uno de los derechos fundamentales que ampara la Constituci¨®n: la libertad religiosa de la joven espa?ola de origen marroqu¨ª.
En enero de 2012, dos a?os despu¨¦s de que estallara el caso, un juzgado de primera instancia de Madrid se pronunci¨® a favor del instituto. El juez de lo contencioso-administrativo entendi¨® que en el centro de Pozuelo ¡°no se vulner¨® la dignidad¡± de la alumna ni se produjo ¡°una injerencia en su libertad religiosa¡± porque aplicaba un reglamento de convivencia que era ¡°igual para todos¡±.
La familia recurri¨® el fallo y el TSJM ha rechazado ahora su petici¨®n con esta ¨²ltima sentencia en la que los magistrados se centran m¨¢s la forma que el fondo. Los padres de Malha, a los que representa el abogado experto en temas isl¨¢micos Iv¨¢n Jim¨¦nez Aybar, pidieron que se revocara el fallo alegando que la interpretaci¨®n del primer juez era err¨®nea ¡°en relaci¨®n a la libertad religiosa¡±. El letrado de la familia manifest¨® entonces que esperaba el pronunciamiento de una instancia superior (el TSJM) para que la decisi¨®n en firme de los magistrados tuviera ¡°una mayor repercusi¨®n y sentara c¨¢tedra¡±, convencido de que le dar¨ªan la raz¨®n. Pero el fallo del Superior va en la l¨ªnea contraria.
El TSJM no entra a valorar si se vulner¨® la libertad religiosa de la entonces menor al no dejarle llevar el velo. Considera que, en este caso, ¡°resulta de aplicaci¨®n el Reglamento de R¨¦gimen Interior del centro aprobado por el Consejo Escolar¡±, cuyo art¨ªculo 32 establec¨ªa que ¡°en el interior del edificio no se permitir¨¢ el uso de gorras ni de ninguna otra prenda que cubra la cabeza¡±. La joven recibi¨® una sanci¨®n leve, seg¨²n la sentencia, ¡°como consecuencia del incumplimiento de las normas de convivencia¡±.
Las magistradas de la Secci¨®n D¨¦cima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM (cinco mujeres) han atendido, adem¨¢s, por mayor¨ªa la petici¨®n de la Comunidad de Madrid, que reclam¨® que se inadmitiera el recurso ¡°por raz¨®n de cuant¨ªa¡±. La Ley de Jurisdicci¨®n Contencioso Administrativa recoge en el art¨ªculo 81.1.a que las sentencias de estos juzgados no ser¨¢n susceptibles de apelaci¨®n cuando la cuant¨ªa de la sanci¨®n ¡°no exceda de 30.000 euros¡±. En el caso de Najwa Malha no hubo sanci¨®n econ¨®mica. Pero una de las cinco magistradas de la sala defendi¨® todo lo contrario en un voto particular. Sosten¨ªa que la familia no pretend¨ªa revocar un castigo acad¨¦mico, sino defender la libertad religiosa, para el que s¨ª cabe recurso de apelaci¨®n por tratarse de un derecho fundamental. Pero su opini¨®n qued¨® en minor¨ªa.
El tribunal considera que ¡°no procede realizar pronunciamiento sobre el fondo de la controversia y deja sin resolver la colisi¨®n que se produce cada vez que un colegio de cualquier rinc¨®n de Espa?a se opone al velo isl¨¢mico y la familia afectada decide seguir adelante: la convivencia entre el derecho a la libertad religiosa y el derecho a la educaci¨®n.
Najwa Malha perdi¨® semanas de clase porque su instituto consideraba que el hiyab era lo mismo que un sombrero, mientras que a apenas unas manzanas de distancia, el centro que acab¨® acogiendo a la menor interpret¨® que una cosa son las normas de respeto en clase y otras las manifestaciones religiosas del alumnado.
Durante todo ese tiempo, se levantaron voces tanto en el mundo acad¨¦mico como en el ¨¢mbito religioso que reclamaban una norma com¨²n que impidiera que una decisi¨®n con tanta repercusi¨®n en la vida de las menores recayera sobre las espaldas de los claustros escolares, que a veces respaldan el velo y otras no.
Un vota en contra
La sentencia del TSJM que avala la actuaci¨®n del instituto de Pozuelo no ha contado con un respaldo un¨¢nime. Una de las magistradas present¨® un voto particular contra la decisi¨®n de aplicar el art¨ªculo que dispone que no se pueden recurrir las sentencias en los casos en los que la cuant¨ªa no exceda los 30.000 euros. La magistrada considera que la familia demandante no ten¨ªa un inter¨¦s ¡°meramente acad¨¦mico, sino la defensa de la libertad religiosa de su hija menor de edad¡±. Francisca Mar¨ªa Rosas Calder¨®n, una de las cinco integrantes de la sala, discrepa del criterio mayoritario y destaca que la familia impugn¨® la sentencia previa porque consideraban que se hab¨ªa ignorado en la misma ¡°la relevante cuesti¨®n litigiosa de la libertad religiosa¡± de la alumna, al equiparar el velo isl¨¢mico con la utilizaci¨®n de una gorra. La magistrada se adentra en el expediente administrativo para reforzar su argumentaci¨®n.
Antes de que se conociera el caso de Najwa Malha, el director del instituto envi¨® un fax al servicio de inspecci¨®n educativa en el que destacaba que una alumna musulmana empez¨® a ir al instituto con un velo. "Quisiera que me enviaras la normativa que existe a este respecto para poder actuar", ped¨ªa el director, que meses despu¨¦s fue contratado por la Comunidad de Madrid como asesor t¨¦cnico educativo. El jefe de estudios, seg¨²n recoge el voto particular, hizo constar que la alumna no pretend¨ªa faltar al respeto al profesorado al llevar el velo y que la situaci¨®n escolar de la menor le produjo "un estado de preocupaci¨®n, nerviosismo y tristeza de ¨¢nimo" por la que acab¨® acudiendo a la consulta de un psiquiatra.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.