Anulado el despido de una trabajadora que secund¨® la huelga general del 14-N
La empresa deber¨¢ readmitir a la empleada y abonarle los sueldos Tambi¨¦n recibir¨¢ 1.000 euros por da?os al haber vulnerado un derecho constitucional
Estela Mendo recibi¨® una carta de despido el 15 de noviembre pasado, un d¨ªa despu¨¦s de secundar la huelga general del 14-N. Hab¨ªa avisado la v¨ªspera a sus jefes de la empresa de limpieza para la que trabajaba (Ainpro Gestiones Integrales de Limpiezas y Comunidades) que ella se sumar¨ªa al paro convocado por los sindicatos mayoritarios. Acab¨® en el desempleo. Recurri¨® a Oficina Precaria, un grupo de apoyo jur¨ªdico a trabajadores surgido del movimiento 15-M. Ahora el juzgado de los social n¨²mero dos de M¨®stoles ha anulado el despido y obligado a la empresa a indemnizar a la trabajadora con 1.000 euros por da?os y perjuicios.
Mendo hab¨ªa sido contratada como interina a tiempo parcial para sustituir a otra empleada desde el 1 de octubre. Tras secundar la huelga general, el 15 de noviembre se la despidi¨®? "imput¨¢ndole la comisi¨®n de faltas repetidas e injustificadas de asistencia y puntualidad" y disminuci¨®n del rendimiento, seg¨²n recoge la sentencia, si bien se reconoce la improcedencia del despido. La juez no aprecia que se hayan acreditado esas supuestas faltas, si no que atribuye el despido a una "represalia" lo que supone una "vulneraci¨®n del derecho fundamental de la trabajadora a la huelga para la defensa de sus intereses".
Por tanto, la empresa debe readmitir de inmediato a la trabajadora y pagarle los salarios que ha dejado de percibir, a raz¨®n de 19,4 euros diarios, si bien en caso de que ya se hubiese reincorporado la persona a la que sustitu¨ªa se le descontar¨¢n los d¨ªas correspondientes.
Adem¨¢s, la sentencia condena a? la empresa de limpiezas a pagar 1.000 euros a Estela Mendo por da?os y perjuicios (sus abogados ped¨ªan 35.000 euros).
Seg¨²n explica Carlos Sevilla, abogado de Oficina Precaria, la sentencia ya es firme al no haber sido recurrida en el plazo legal por la empresa, que adem¨¢s ha enviado un burofax a la trabajadora en el que se niega a readmitirla con el argumento de que la empleada a la que sustitu¨ªa ya se ha reincorporado.
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