Los alcaldes y sus ¡®dediles¡¯
Lo que ayer era ilegal, se cambia al d¨ªa siguiente con un apa?o de legalidad sin que nadie se sonroje
Hay dos momentos en la historia reciente de Espa?a que contribuyeron a los delirios de grandeza de muchos alcaldes. Cuando se aprob¨® la ley del suelo, que declar¨® urbanizable todos los terrenos que un primer edil pod¨ªa alcanzar con su cartab¨®n, y luego la ley de grandes ciudades, esa que permiti¨® que los alcaldes ficharan para sus gobiernos como lo hace el presidente del pa¨ªs: personas que no hab¨ªan sido elegidas por los ciudadanos. Las dos medidas tuvieron un efecto similar: un crecimiento desmesurado. La primera hizo crecer desmesuradamente las ciudades; la segunda, el ego de los alcaldes. Tambi¨¦n desmesuradamente.
Todo el esp¨ªritu de la Ley de Grandes Ciudades part¨ªa de una premisa: mejorar los mecanismos de gesti¨®n de los Ayuntamientos, dar mayor cabida a la participaci¨®n ciudadana y a la descentralizaci¨®n de los servicios, teniendo en cuenta que no era lo mismo dirigir el Consistorio de una ciudad de un mill¨®n de habitantes que un pueblo de cinco mil. La ley introduc¨ªa la posibilidad de incorporar al equipo de gobierno personas que no ostentaban la condici¨®n de concejales. Aunque es verdad que no figura ni una l¨ªnea sobre ello en el articulado de la propia ley, la intenci¨®n de los legisladores era que los alcaldes pudieron incorporar personal cualificado y profesionales de reconocido prestigio a la gesti¨®n municipal aunque no hubieran figurado en las listas electorales.
La realidad posterior nada tuvo que ver con el esp¨ªritu de la ley. Como en tantas y tantas ocasiones, se tergivers¨® su contenido y la mayor¨ªa de los alcaldes utilizaron este mecanismo para recolocar a dirigentes pol¨ªticos que se hab¨ªan quedado fuera de las listas de su partido, ama?ando la legalidad para favorecer el clientelismo y aumentando el n¨²mero de personas colocadas a dedo en los Ayuntamientos. Nueve a?os despu¨¦s, una sentencia del Tribunal Constitucional ha invalidado los nombramientos de los ediles no electos en los gobiernos municipales, lo que ha obligado a cesarlos de manera inmediato. El alto tribunal no ha dicho que aquello fuera un uso torticero de la ley. Ha dicho exactamente que era inconstitucional, ya que el gobierno de los Ayuntamientos les corresponde a los alcaldes y a los concejales. No a los apa?os de los primeros ediles.
Cualquiera hubiera cre¨ªdo que, ante la tiesura de las arcas p¨²blicas, los alcaldes aprovechar¨ªan la sentencia para amortizar estos puestos y aliviar la n¨®mina. Nada de eso ha ocurrido. En Espa?a, donde a los partidos pol¨ªticos se le llena la boca sobre la necesidad de acometer una regeneraci¨®n democr¨¢tica, los alcaldes han encontrado la misma soluci¨®n de siempre: que los cesados como ediles electos pasaran a ser cargos de confianza. Ya sean como coordinadores, gestores o cualquier otro t¨ªtulo que les permita seguir disfrutando de un sueldo bien remunerado y un est¨®mago lo suficientemente agradecido para no distraerse en peleas internas. No conozco el caso de ni un solo alcalde que aprovechara la Ley de Grandes Ciudades para mejorar su equipo de Gobierno con una persona m¨¢s inteligente y capacitada que ¨¦l. Quiz¨¢s esa sea la raz¨®n de que los mantengan ahora. Es mejor no dejar huecos para la entrada de posible competencia.
De todo este descarado procedimiento, lo que m¨¢s me ha llamado la atenci¨®n es la normalidad con la que se asume lo anormal. No es la primera vez que escribo de ello. Se le ha buscado un resquicio a una sentencia del Tribunal Constitucional de un d¨ªa para otro. Y lo que ayer era ilegal, se cambia al d¨ªa siguiente con un apa?o de legalidad. Y sin que nadie se sonroje. Con estas pr¨¢cticas los alcaldes demuestran que la austeridad y el sacrificio son cuestiones que afectan a todos menos a ellos, esa casta pol¨ªtica que utiliz¨® una ley para poder disponer de dediles, que es una magn¨ªfica palabra que he le¨ªdo para designar a estos, ya, inconstitucionales ediles. @jmatencia
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