Multas a las viviendas ocultas
Los bancos e inmobiliarias que no informen a la Junta de las VPO que tengan vac¨ªas podr¨¢n ser sancionados con hasta 120.000 euros. Ya ha concluido el plazo para que las entidades aporten los datos
El decreto sobre la funci¨®n social de la vivienda, una de las iniciativas legislativas de la Junta de Andaluc¨ªa que m¨¢s repercusi¨®n ha tenido en la historia fuera de la comunidad, pretende corregir la incongruencia de que existan centenares de miles de casas desocupadas a la vez que hay centenares de miles de personas que no pueden disponer de un techo propio donde residir. Seg¨²n el ¨²ltimo censo del Instituto Nacional de Estad¨ªstica (INE), en Andaluc¨ªa hay 637.221 viviendas deshabitadas, cuando en los registros municipales de demandantes hay inscritas 198.426 personas que necesitan una.
La contradicci¨®n suscita un debate ¨¦tico que se hace especialmente peliagudo en el caso de las Viviendas de Protecci¨®n Oficial (VPO), casas construidas con financiaci¨®n p¨²blica precisamente con el objeto de dar una alternativa a las familias con recursos econ¨®micos insuficientes para acceder al mercado libre.
La respuesta jur¨ªdica que da el decreto contra las viviendas desocupadas es muy severa. Las entidades financieras y las de gesti¨®n de activos que no cumplan con la obligaci¨®n de comunicar a la Administraci¨®n auton¨®mica las viviendas de VPO que poseen, o que no las pongan a disposici¨®n de los registros de demandantes, ser¨¢n sancionadas con una multa de hasta 120.000 euros, al ser considerada una infracci¨®n muy grave.
La obligaci¨®n se refiere tanto a las viviendas de VPO que hubieran financiado o promovido estas entidades y que no se han vendido o aquellas que han adquirido en procedimientos de embargo por impago de sus anteriores propietarios.
Financiaci¨®n p¨²blica
La consejera de de Fomento y Vivienda, Elena Cort¨¦s (IU), explica que ¡°hayan sido promovidas por agentes privadas o por administraciones, las VPO se han construido con financiaci¨®n de fondos p¨²blicos a trav¨¦s de subvenciones directas o de subsidiaciones en los tipos de inter¨¦s hipotecario, y se ajustan a una legislaci¨®n espec¨ªfica que obliga a la Administraci¨®n a velar porque se cumpla su funci¨®n social¡±.
La Ley de Medidas de Vivienda Protegida y Suelo en vigor en Andaluc¨ªa desde diciembre de 2005 establece en su art¨ªculo 4 que ¡°las viviendas protegidas se destinar¨¢n a residencia habitual y permanente¡±. ¡°Tienen que estar ocupadas y no pueden servir nunca para el balance de las entidades financieras¡±, insiste Elena Cort¨¦s.
La consejer¨ªa ha entendido que si esta funci¨®n social no se cumple, se trata de una infracci¨®n muy grave. Por ello el decreto ha introducido una modificaci¨®n en la citada ley con un nuevo punto para las obligaciones de los promotores de VPO: ¡°Las entidades financieras y sus filiales inmobiliarias, y las entidades de gesti¨®n de activos, incluidos los procedentes de la reestructuraci¨®n bancaria, deber¨¢n comunicar la adquisici¨®n, por cualquier t¨ªtulo, de viviendas protegidas, a la Consejer¨ªa competente en materia de vivienda, en el plazo de un mes desde la misma, con indicaci¨®n de su ubicaci¨®n, precio, fecha de adquisici¨®n y situaci¨®n administrativa, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa b¨¢sica estatal¡±.
La modificaci¨®n se completa con la introducci¨®n entre las infracciones muy graves la de ¡°no poner viviendas protegidas, por parte de entidades bancarias o de cualquier persona f¨ªsica o jur¨ªdica, a disposici¨®n de los registros p¨²blicos municipales de demandantes de vivienda protegida, en los supuestos de adquisici¨®n de la titularidad de las mismas mediante procedimiento de ejecuci¨®n hipotecaria o por impago de deuda sin que medie dicho procedimiento¡±.
Esta ley sanciona las infracciones muy graves con multas de entre 30.001 y 120.000 euros, y la consejer¨ªa advierte de que ser¨¢ ¡°firme en la exigencia del cumplimiento del deber de informar¡±.
El decreto, que entr¨® en vigor el pasado 12 de abril, concedi¨® un plazo de un mes a las entidades financieras, sus filiales inmobiliarias, y las de gesti¨®n de activos para que faciliten a la Junta un inventario de las viviendas protegidas de las que son titulares, con indicaci¨®n de donde est¨¢n ubicadas, precio y fecha de adquisici¨®n, y la situaci¨®n administrativa en la que se encuentran.
El plazo venci¨® el d¨ªa 12, y aunque la Junta tiene la intenci¨®n de hacer p¨²blicos los nombres de las entidades que no cumplan, de momento se ha marcado un ¡°tiempo prudencial¡± de espera porque hay muchas v¨ªas de hacer llegar informaci¨®n a la administraci¨®n y hasta no tener confirmaci¨®n absoluta.
La consejer¨ªa asegura que ha recibido informaci¨®n de un n¨²mero indeterminado de entidades, pero que hasta que no se acabe ese plazo ¡°prudencial¡± no facilitar¨¢ informaci¨®n detallada.
Poner en alquiler
El objetivo es que las viviendas de VPO que est¨¦n desocupadas puedan ponerse a disposici¨®n de los registros municipales de demandante, para que sean adjudicadas en alquiler con rentas acordes a la disponibilidad de los beneficiados.
El pasado viernes, el Bolet¨ªn Oficial de la Junta de Andaluc¨ªa public¨® la orden para iniciar el plan de inspecci¨®n extraordinario para identificar las viviendas desocupadas que existen en la comunidad aut¨®noma. Con los datos que se obtengan, se crear¨¢ un registro de viviendas vac¨ªas que se pondr¨¢ al servicio de los ayuntamientos para que atiendan sus listas de demandantes.
La inspecci¨®n tambi¨¦n controlar¨¢ los dep¨®sitos constituidos por fianza de los contratos de arrendamiento, un indicador del uso de las viviendas.
El decreto establece sanciones de hasta 9.000 euros para las personas jur¨ªdicas que posean viviendas desocupadas, y medidas de incentivo al alquiler para los particulares.
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