El Supremo declara ilegal el campo de golf en El Enc¨ªn
El fallo da la raz¨®n a los ecologistas, contrarios a la construcci¨®n del club que Esperanza Aguirre inagur¨® en Alcal¨¢ en 2011
El Tribunal Supremo ha fallado a favor del recurso que los ecologistas presentaron contra la construcci¨®n de un club de golf en la finca El Enc¨ªn aprobada por el Ayuntamiento de Alcal¨¢ de Henares y la Comunidad de Madrid, aunque el fallo se ha producido cuando el club deportivo ya ha sido edificado.
El Supremo ha anulado la Modificaci¨®n del Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOU) de Alcal¨¢ de Henares para la introducci¨®n de un campo de golf en una parte de la finca El Enc¨ªn, considerada de alto valor por CODA-Ecologistas en Acci¨®n, organizaci¨®n a la que le da la raz¨®n el alto tribunal.
En septiembre de 2007 la Comunidad, que presid¨ªa EsperanzaAguirre, aprob¨® la modificaci¨®n puntual del PGOU de Alcal¨¢ de Henares con el citado fin, y la Asociaci¨®n CODA-Ecologistas en Acci¨®n recurri¨® a los tribunales. El acuerdo recurrido daba viabilidad urban¨ªstica a la construcci¨®n de lo que los ecologistas consideraron un "macro-complejo" de golf sobre terrenos protegidos en la finca El Enc¨ªn.
Los ecologistas le reprocharon el consumo de agua y el valor de la gran superficie de suelo ocupada por la planificaci¨®n urban¨ªstica citada. Arg¨¹¨ªan adem¨¢s que la finca, incluida en la Cuenca de los r¨ªos Jarama y Henares, resulta un corredor crucial para muchos procesos ecol¨®gicos y que es esencial para la supervivencia de numerosas especies de aves acu¨¢ticas y esteparias.
A ellas se suman especies de mam¨ªferos como el tej¨®n, el corzo, la gardu?a, el gato mont¨¦s y la gineta. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no acept¨® el recurso de los ecologistas y la promotora Alcal¨¢ Natura 21 desarroll¨® el proyecto, que la presidenta Esperanza Aguirre inaugur¨® en marzo de 2011. Sin embargo, ahora el Supremo considera que aquella medida contemplaba "innovaciones relevantes desde el punto de vista ambiental que revelan unas consecuencias significativas sobre el medio ambiente" y anula la decisi¨®n de las citadas administraciones.
Entre otros argumentos, el alto tribunal expresa que el informe medioambiental al que el Ayuntamiento de Alcal¨¢ de Henares y la Comunidad de Madrid estaban legalmente obligados, dado que su plan pod¨ªa tener efectos significativos en el medio ambiente, "no soporta la m¨¢s m¨ªnima comparaci¨®n con lo establecido" por la legislaci¨®n madrile?a o por las directivas europeas de aplicaci¨®n.
La sentencia se?ala expresamente en su texto que dichas previsiones legales se presentan "clara y palmariamente incumplidas" por la decisi¨®n del ayuntamiento que la Comunidad confirm¨®.
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