Bizkaia aprueba medidas urgentes para paliar los da?os del incendio de Bermeo
Las Juntas Generales establecen exenciones y el aplazamientos de deudas tributarias Un cambio legal permitir¨¢ a los ayuntamientos vizca¨ªnos endeudarse para pagar a proveedores
Las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado, en el pleno ordinario de este mi¨¦rcoles, por unanimidad, un decreto de medidas fiscales urgentes para paliar los da?os ocasionados por el incendio registrado el pasado 11 de abril en Bermeo, que contempla la exenci¨®n durante el ejercicio 2013 de las cuotas de los impuesto sobre Bienes Inmuebles, Actividades Econ¨®micas, as¨ª como el aplazamientos de deudas tributarias.
El diputado foral de Hacienda y Finanzas, Jos¨¦ Mar¨ªa Iruarrizaga, ha indicado que este decreto tiene como objetivo "paliar y contribuir al restablecimiento gradual de la normalidad para las personas afectadas por el incendio", que provoc¨® el derrumbamiento total de tres edificios, afect¨® a otros ocho y dej¨® a 35 familias sin hogar.
Mediante este decreto, se concede exenci¨®n, durante el ejercicio 2013, de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana que afecten a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, garajes, locales de trabajo y similares situados en el ¨¢rea del incendio. Tambi¨¦n se concede una exenci¨®n en la cuota del Impuesto sobre Actividades Econ¨®micas del ejercicio 2013 a las actividades industriales, mercantiles y profesionales cuyos locales de negocio situados en el ¨¢rea del incendio o bienes afectos a esa actividad hayan sido da?ados por el fugo.
Asimismo, las deudas tributarias cuyo periodo voluntario de ingreso finalice entre la entrada en vigor de este decreto y el 31 de diciembre de 2013 podr¨¢n ser aplazadas, sin garant¨ªa ni intereses de demora, hasta el 25 de junio de 2014. Adem¨¢s, los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades econ¨®micas, con independencia del m¨¦todo utilizado para la determinaci¨®n de su rendimiento neto, que hayan resultado afectados por el incendio en el desarrollo de las mismas, no estar¨¢n obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda foral de Bizkaia los pagos fraccionados correspondientes al a?o 2013 que procediere, en su caso, efectuar.
Por otra parte, las Juntas Generales de Bizkaia ha aprobado un proyecto de norma foral por la que se modifican para el ejercicio 2013 las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos y sus entidades dependientes, lo que permitir¨¢ a los ayuntamientos endeudarse para hacer frente a las deudas a sus proveedores, as¨ª como para financiar operaciones de cr¨¦dito que hayan realizado. Se trata de una modificaci¨®n de una norma de 2012, con el objetivo de establecer un r¨¦gimen excepcional para que los ayuntamientos y sus entidades dependientes concierten operaciones de cr¨¦dito a largo plazo. Su finalidad es poder financiar el abono de deudas cuyas facturas hayan sido emitidas antes del 31 de diciembre de 2012 y se refieran a actuaciones derivadas de contratos de obras, gesti¨®n de servicios p¨²blicos, suministros o servicios.
Con esta medida ser¨¢n posibles tambi¨¦n otras operaciones de endeudamiento referentes a las obligaciones contra¨ªdas por ayuntamientos y sus entidades dependientes con mancomunidades y consorcios, as¨ª como las obligaciones de pago derivadas de resoluciones judiciales, con fecha l¨ªmite de 31 de diciembre del 2012.
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