Condenada una aseguradora por el veto de ginec¨®logos a una paciente
Los m¨¦dicos prohibieron a una colega que atendiera a la mujer pese a que la p¨®liza inclu¨ªa los servicios de la facultativa
El juzgado de primera instancia n¨²mero 8 de A Coru?a ha condenado a la aseguradora m¨¦dica Sanitas a dejar ¡°sin efecto la prohibici¨®n de atender¡± a una de sus clientas que dos ginec¨®logos coru?eses, Roque Devesa Hermida y ?ngel Dur¨¢n Boo, impusieron a otra facultativa de la misma especialidad, seg¨²n se puede leer en la sentencia. El titular del juzgado, el magistrado Antonio Fraga Mandi¨¢n, ordena que la paciente sea asistida por la ginec¨®loga que ella eligi¨® dentro del listado de m¨¦dicos ofrecido por la p¨®liza suscrita con Sanitas. El fallo, que es firme, se produce despu¨¦s de que la aseguradora haya manifestado su conformidad con la petici¨®n contenida en la demanda.
El veto se produjo, seg¨²n la demandante, despu¨¦s de que la paciente, en estado de gestaci¨®n, acudiese en A Coru?a a su ginec¨®loga de toda la vida ¡ªuna m¨¦dico adscrita a la empresa Ron y Asociados, Servicios de Ginecolog¨ªa y Obstetricia, propiedad de Devesa y Dur¨¢n, e incluida en el listado de Sanitas¡ª para que le practicase un legrado, debido a que su embarazo hab¨ªa sufrido complicaciones y no saldr¨ªa adelante. La denunciante asegura que la doctora, sin embargo, le respondi¨® que ¡°no podr¨ªa practicar esa intervenci¨®n, ni tampoco ser su ginec¨®loga en lo sucesivo¡± porque los doctores Roque Devesa y ?ngel Dur¨¢n as¨ª se lo hab¨ªan ordenado. La ginec¨®loga a?adi¨® que era ¡°pol¨ªtica empresarial del grupo Ron y Asociados no asistir a los pacientes que se hubieran sometido a tratamientos de reproducci¨®n asistida en cl¨ªnicas de la competencia¡±, en alusi¨®n al hecho de que la afectada hab¨ªa recibido un tratamiento de fertilidad en otro centro m¨¦dico ubicado en Vigo.
La demanda se dirigi¨® el pasado enero contra Sanitas por el incumplimiento del contrato suscrito entre la paciente y esta aseguradora, ya que la p¨®liza inclu¨ªa a la ginec¨®loga en la lista de m¨¦dicos ofertados a sus clientes. La sentencia sostiene que el veto a la demandante atent¨® contra su dignidad, su intimidad y sus derechos fundamentales. La compa?¨ªa deber¨¢ pagarle a la mujer en concepto de da?o moral un euro, la cantidad simb¨®lica que reclam¨® ella en su denuncia, en la que subrayaba ¡°la delicada situaci¨®n emocional y f¨ªsica en la que se encontraba la paciente¡± cuando los ginec¨®logos se negaron a asistirla.
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