La Xunta salva del derribo a 52 chal¨¦s de lujo en primera l¨ªnea de playa
El Supremo los declar¨® ilegales porque se edificaron con licencia para apartotel
Uno de los paradigmas de ilegalidad urban¨ªstica en los ¨²ltimos a?os, que m¨¢s sentencias y resoluciones administrativas, ha motivado se salva al fin de la demolici¨®n que en marzo de 2010 hab¨ªa ordenado la Axencia de Legalidade Urban¨ªstica de la Xunta (APLU). La urbanizaci¨®n de lujo que se levant¨® en un privilegiado mont¨ªculo frente a la playa de Raeiros, en O Grove, permanecer¨¢ en pie si se ajusta a la licencia de apartotel solicitada, perdiendo as¨ª el uso residencial prohibido por la Ley de Costas y el planeamiento municipal, y que de forma encubierta desarroll¨® la promotora para vender 52 chal¨¦s adosados, algunos al precio de 400.000 euros.
?Este proceso administrativo que dio lugar a m¨²ltiples interpretaciones sobre el futuro de Raeiros ha tomado el camino m¨¢s corto para convertirse en un contencioso in¨²til para los promotores y ya cerrado a instancias de la justicia. Tanto las resoluciones de la APLU en 2007 y 2010 como las sentencias posteriores del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y del Supremo, abrieron impl¨ªcitamente la puerta al derribo de la urbanizaci¨®n aunque en ninguna resoluci¨®n judicial se mencion¨® expresamente la demolici¨®n de lo construido que pudiera deducirse del cumplimiento de ¡°restituir la parcela a su estado original¡±, seg¨²n ambos fallos.
Tras analizar el dictamen concluyente del Tribunal Supremo de mayo pasado, el equipo jur¨ªdico de la Xunta entiende que obligando a la promotora Inproin Galicia, SL y a los propietarios a registrar la parcela como apartotel con destino tur¨ªstico se cumplen todos los preceptos legales. Para la agencia urban¨ªstica no se cuestiona lo construido, o sea, los 52 chal¨¦s, sino el uso residencial o comunidad de propietarios de parcelas independientes e indivisibles que se le ha dado a la finca y que deriv¨® en un flagrante incumpliendo de la licencia municipal y auton¨®mica solicitada en 1992.
Raeiros dejar¨¢ de ser una zona residencial para convertirse en otra de uso hotelero, lo que en realidad ten¨ªa que haber sido conforme a la licencia. Por tanto, se anula la divisi¨®n horizontal de la parcela matriz que proh¨ªbe el suelo r¨²stico sobre el que se construy¨® la urbanizaci¨®n. Superado el largo camino del contencioso con la Xunta, la promotora, sin embargo, podr¨ªa verse abocada a otro por la v¨ªa penal si los propietarios consideran que han sido estafados. La Xunta ya envi¨® notificaciones a todos los afectados donde se les informa de la resoluci¨®n administrativa y se les requiere a dar cumplimiento a la sentencia del Supremo bajo apercibimiento de sanciones econ¨®micas si no cumplen la orden y los plazos establecidos. Adem¨¢s de ajustar el uso de la parcela a la licencia urban¨ªstica, deber¨¢n comunicar al registro de la propiedad de Cambados la ¡°imposibilidad jur¨ªdica de divisi¨®n, segregaci¨®n o parcelaci¨®n de la finca, dado su car¨¢cter indivisible¡±.
La reciente sentencia del Supremo, que confirm¨® la anterior del TSXG de 2010, concluye que la parcelaci¨®n urban¨ªstica en Raeiros fue realizada de ¡°forma encubierta¡±, lo que supone ¡°incumplimiento de las condiciones bajo las que se concedi¨® la licencia¡±. El tribunal desestima los argumentos de la promotora que ha insistido una y otra vez en que Raeiros ¡°no es un complejo inmobiliario¡±. Para el Supremo ¡°se trata de suelo r¨²stico protegido de la costa y no puede ignorarse que, aunque se mantenga formalmente la unidad del inmueble, se produce la divisi¨®n para el aprovechamiento de la finca de un complejo inmobiliario mediante un artificioso juego combinado de la divisi¨®n horizontal y las participaciones societarias de la sociedad civil creada al efecto por la promotora Sociedad Civil Complejo Tur¨ªstico Raeiros¡±.
Durante casi dos d¨¦cadas esta urbanizaci¨®n estuvo rodeada de pol¨¦mica por la llamativa ilegalidad y por los v¨ªnculos pol¨ªticos de algunos de sus propietarios. En este tiempo, la promotora cambi¨® de nombre en varias ocasiones. Al frente de la sociedad Inproin Galicia, SL figura Fernando Varela, hermano del exconselleiro de Cultura Roberto Varela.
La orden de demolici¨®n
El 2 de marzo de 2010, el entonces director de la APLU, Hip¨®lito P¨¦rez ¡ªnombrado por el bipartito¡ª orden¨® la demolici¨®n de Raeiros sin temblarle el pulso. Estamp¨® su firma en la resoluci¨®n d¨ªas antes de abandonar el cargo. El depuesto t¨¦cnico fue sustituido, tras la victoria electoral del PP, por Encarnaci¨®n Rivas, hasta la fecha m¨¢xima responsable de Urbanismo de la Xunta. La promotora hab¨ªa tenido sucesivos apercibimientos para que cumpliese con la orden dictada por la Direcci¨®n Xeral de Urbanismo el 30 de abril de 2007 y de los que hizo caso omiso, incumpliendo los plazos y las multas impuestas.
Para entonces, la promotora ya hab¨ªa recurrido el expediente abierto por el bipartito ante el TSXG y acudi¨® tambi¨¦n al juzgado de lo contencioso de Pontevedra para paralizar la orden de demolici¨®n. Doce d¨ªas antes de que el tribunal se pronunciase a favor de la APLU, un juez revoc¨® la orden de derribo. Ese fallo declar¨® nulo el acto de demolici¨®n de los 52 chal¨¦s y ha permitido que Raeiros pueda funcionar en el futuro con usos hoteleros permitidos y no residenciales, individuales y prohibidos. Por ¨²ltimo, el 5 de mayo pasado, el Supremo corrobor¨® la sentencia del TSXG pero sin mencionar de forma expresa el t¨¦rmino derribo.
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