Madrid multar¨¢ hasta con 750 euros a mendigos y clientes de prostitutas
El Ayuntamiento sancionar¨¢ adem¨¢s a los ¡®gorrillas¡¯, las ¡®cundas¡¯ o la limpieza de cristales o venta de pa?uelos en los sem¨¢foros
El Ayuntamiento de Madrid (PP) aprobar¨¢ a inicios de 2014 una ordenanza de convivencia que prev¨¦ multas de hasta 750 euros por infracciones como solicitar servicios de prostituci¨®n en la v¨ªa p¨²blica, pedir limosna a la puerta de un supermercado o tirar colillas al suelo. Habr¨¢ tambi¨¦n otras sanciones de cuant¨ªas superiores para los tengan comportamientos xen¨®fobos u hom¨®fobos (1.500 euros) o usen menores para pedir limosna (3.000 euros).
El gobierno local que preside Ana Botella quiere que ¡°todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulaci¨®n, ocio, encuentro y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los dem¨¢s y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida¡±. Sin embargo, cree que ¡°los problemas vinculados a la convivencia son numerosos y en muchos casos llenos de dificultades¡±. Por ello, ha desarrollado una ordenanza que toma el relevo de una norma de 1948 y de todas las disposiciones diseminadas por otras regulaciones municipales. Su objeto es ¡°limitar determinadas conductas individuales¡±, que ¡°s¨®lo se tipificar¨¢n como infracciones en la medida en que afecten o impidan el libre ejercicio de las dem¨¢s personas¡±.
Algunas de las acciones reguladas en esta norma ya est¨¢n penalizadas ahora. Otras disposiciones, como la que afecta a la prostituci¨®n (una pr¨¢ctica alegal en Espa?a), son nuevas. La concejal de Asuntos Sociales, Dolores Navarro, se ha reunido en los ¨²ltimos meses con asociaciones de vecinos, hosteler¨ªa, mujeres, etc¨¦tera, para elaborar el borrador presentado hoy. Ahora tratar¨¢ de consensuarlo con el resto de grupos pol¨ªticos para que sea aprobado definitivamente y entre en vigor en los primeros meses de 2014.
Multas y otros castigos. El Ayuntamiento prev¨¦ que ¡°seguramente va a subir el n¨²mero de denuncias¡± por infracciones relacionadas con la convivencia, aunque, matiza, ¡°no existe ning¨²n inter¨¦s en la recaudaci¨®n¡±. La norma ¡°no se vincula a un n¨²mero mayor de polic¨ªas¡±; es decir, no aumentar¨¢n los agentes en la calle para vigilar su cumplimiento.
Las prohibiciones de la nueva ordenanza municipal
Infracciones leves (1-750 euros). Pedir limosna ante colegios, hospitales o centros comerciales; ofrecer bienes a los ocupantes de un veh¨ªculo; solicitar servicios sexuales en la calle; practicar juegos molestos o peligrosos; hacer acrobacias con bicicletas o monopatines; beber alcohol; escupir o tirar desperdicios al suelo; ofrecer servicios de tarot, videncia, masajes o vigilancia de veh¨ªculos; acampar en la v¨ªa p¨²blica; usar los bancos para otra cosa que no sea sentarse; pasear un perro molesto o amenazador, soltarlo en una zona no permitida, dejar que se ba?e en una fuente o darle de comer en la calle; molestar al regar las plantas; lavar o reparar coches; sacudir alfombras; da?ar el mobiliario urbano; ba?arse, trepar o da?ar fuentes; o usar estanques para modelismo.
Infracciones graves (750-1.500 euros). Actos discriminatorios o de acoso; mendicidad organizada o con coacci¨®n; ofrecerse a limpiar parabrisas en un sem¨¢foro; solicitar servicios sexuales de forma coactiva o cerca de colegios o centros comerciales; promover la prostituci¨®n; juegos o apuestas con dinero; circulaci¨®n temeraria o uso de elementos urbanos con el monopat¨ªn; orinar o defecar en la calle, o no limpiar si lo hace su perro; encender hogueras; llevar perros peligrosos sin cadena y bozal; o darle usos ajenos a las instalaciones deportivas.
Infracciones muy graves (1.500-3.000 euros). Actos discriminatorios o de acoso a ancianos, menores o discapacitados; utilizaci¨®n de menores o discapacitados para ejercer la mendicidad; las conductas que promuevan la prostituci¨®n cerca de colegios o zonas infantiles, o la pr¨¢ctica de servicios sexuales en la v¨ªa p¨²blica; ofrecer el traslado a toxic¨®manos hasta puntos de venta de droga; o colocar macetas u otros objetos en balcones o alf¨¦izares de donde se puedan caer con riesgo para los transe¨²ntes.
La cuant¨ªa de las sanciones oscilar¨¢ entre lo simb¨®lico (90 c¨¦ntimos) y los 3.000 euros, y se decidir¨¢ caso a caso, seg¨²n el nivel de la infracci¨®n (leve, grave o muy grave) y factores como la alarma y trascendencia social; la intencionalidad, la reincidencia y los da?os causados; la capacidad econ¨®mica del infractor y los beneficios que obtiene; o los riesgos para la salud.
El Ayuntamiento aspira a poder castigar a cualquier persona en un espacio p¨²blico: si son de otra ciudad o pa¨ªs, se les tomar¨¢ los datos para enviarles la notificaci¨®n; si son menores, sus padres ¡°podr¨¢n ser considerados responsables de las infracciones cuando as¨ª lo prevea el ordenamiento jur¨ªdico¡±. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia ya impide al Ayuntamiento cobrar a los padres las multas por exceso de ruido, lo que, seg¨²n admiti¨® el gobierno local, lleva a que, ¡°si los menores no quieren pagar¡±, la sanci¨®n ¡°muera en el expediente administrativo¡±. En cualquier caso, la ordenanza s¨ª considera a los padres responsables subsidiarios de los da?os causados (mobiliario, etc¨¦tera).
Adem¨¢s, el Ayuntamiento pretende extender la responsabilidad a los organizadores de actos p¨²blicos, oblig¨¢ndolos a ¡°velar porque no se produzcan durante su celebraci¨®n conductas no permitidas¡±. En todo caso, la norma parece limitarse a la obligaci¨®n de comunicar a la polic¨ªa estas posibles infracciones, un ¡°deber¡± que se extiende en otro punto del texto, de forma gen¨¦rica, a todos los ciudadanos en cualquier situaci¨®n que pueda generar riesgos para la seguridad.
Prostituci¨®n y mendicidad. En su cap¨ªtulo uno, la ordenanza regula las acciones contra la dignidad de las personas. Sanciona as¨ª las burlas, pintadas, coacciones, insultos, vejaciones o agresiones de car¨¢cter discriminatorio (xen¨®fobas, racistas, sexistas, hom¨®fobas, etc¨¦tera), especialmente contra menores, ancianos y discapacitados.
Proh¨ªbe, adem¨¢s, determinadas formas de mendicidad, y tambi¨¦n ¡°solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales¡±, en especial cerca de colegios y centros comerciales. En ning¨²n caso se sancionar¨¢ a las prostitutas; adem¨¢s, tanto sus clientes como aquellos que ejerzan formas prohibidas de mendicidad recibir¨¢n un aviso previo de los polic¨ªas, y s¨®lo ser¨¢n sancionados si ¡°persisten en su actitud¡±.
Tambi¨¦n se castiga ¡°el ofrecimiento en el espacio p¨²blico de servicios de traslado de toxic¨®manos a puntos de venta de droga¡±, las conocidas como cundas; en realidad, ya est¨¢n prohibidas y son perseguidas por la Polic¨ªa Nacional, pero la ordenanza proporciona un elemento administrativo que puede resultar muy ¨²til: permite a los agentes municipales inmovilizar el veh¨ªculo para que se lo lleve la gr¨²a.
Infracciones leves. Se castigar¨¢n con multas de entre 90 c¨¦ntimos y 750 euros, que el Ayuntamiento podr¨¢ sustituir por servicios gratuitos en beneficio de la comunidad. Se consideran infracciones leves: pedir limosna en la puerta de colegios, hospitales o centros comerciales; ofrecer bienes a los ocupantes de un veh¨ªculo; solicitar servicios sexuales en la calle; practicar juegos que molesten o sean peligrosos; hacer acrobacias con bicicletas, patines o monopatines; beber alcohol; escupir o tirar desperdicios al suelo; ofrecer servicios de tarot, videncia, masajes o vigilancia de veh¨ªculos ¡ªgorrillas¡ª, entre otros; avisar de que viene la polic¨ªa; acampar o cocinar en la v¨ªa p¨²blica; usar los bancos para otra cosa que no sea sentarse; pasear un perro que moleste o amenace a otras personas, soltarlo en una zona donde no est¨¦ permitido, dejar que se ba?e en una fuente o darle de comer en espacios p¨²blicos; causar molestias al regar las plantas; lavar o reparar coches; sacudir alfombras en la acera; degradar el mobiliario urbano; ba?arse, trepar, ensuciar o da?ar las fuentes y usar los estanques para modelismo.
Infracciones graves. Se castigar¨¢ con multas de 750 a 1.500 euros los comportamientos discriminatorios o de acoso; la mendicidad organizada o con coacci¨®n; ofrecerse a limpiar parabrisas en un sem¨¢foro; solicitar servicios sexuales de forma coactiva o cerca de colegios o centros comerciales; promover la prostituci¨®n; los juegos o apuestas con dinero; la circulaci¨®n temeraria o el uso de elementos urbanos con monopat¨ªn o patines; orinar o defecar en la calle, o no limpiar si lo hace su perro; encender hogueras; llevar perros peligrosos sin cadena y bozal; o darle usos ajenos a las instalaciones deportivas.
Infracciones muy graves. Las sanciones oscilar¨¢n entre 1.500 y 3.000 euros por comportamientos discriminatorios o de acoso contra ancianos, menores o discapacitados; la utilizaci¨®n de menores o discapacitados para ejercer la mendicidad; las conductas que promuevan la prostituci¨®n cerca de colegios o zonas infantiles, o la pr¨¢ctica de servicios sexuales en la v¨ªa p¨²blica; ofrecer el traslado a toxic¨®manos hasta puntos de venta de droga; o colocar macetas u otros objetos en balcones o alf¨¦izares de donde puedan caer.
La opini¨®n de la oposici¨®n. El l¨ªder municipal socialista, Jaime Lissavetzky, discrepa ¡°con que muchas de las cuestiones incluidas en el borrador se recojan de forma conjunta, dada su trascendencia social¡±. En su opini¨®n, la ordenanza, tal y como est¨¢ planteada, ¡°es concreta en las medidas sancionadoras pero no en las medidas sociales aparejadas a estas cuestiones¡±. Adem¨¢s, puede quedarse, a?ade, en una mera declaraci¨®n de intenciones, pues no prev¨¦ una memoria econ¨®mica sobre para su puesta en marcha ni un aumento de recursos sociales.
La concejal de IU Mar¨ªa Prado de la Mata cree que es ¡°una ordenanza restrictiva que no ofrece ni alternativas ni soluciones; no entra al fondo de problemas como la prostituci¨®n; y contiene medidas absolutamente demenciales como las sanciones por mendicidad¡±. ¡°IU abrir¨¢ una ronda de consultas con asociaciones y colectivos para presentar alegaciones¡±, a?ade.
El l¨ªder de UPyD, David Ortega, ve ¡°necesario regular actos y comportamientos desde un enfoque de derechos y no moralista o est¨¦tico¡±. Cree ¡°muy importante que se cuente con todos los agentes sociales y pol¨ªticos, que se tenga en cuenta su voz¡±, porque ¡°la ordenanza tiene que ser v¨¢lida para muchos a?os y, para eso, se necesita consenso¡±.
Madrid evita la l¨ªnea dura de Barcelona con la prostituci¨®n
Para la redacci¨®n de la nueva ordenanza de convivencia, el Ayuntamiento de Madrid (PP) ha tomado como referencia el marco acordado por la Federaci¨®n de Municipios y Provincias (FEMP) y la normativa, cuando la hubiera, de Barcelona, Sevilla, M¨¢laga, Granada y Bilbao, entre otras ciudades.
En materia de prostituci¨®n, el borrador madrile?o es casi id¨¦ntico al modelo de regulaci¨®n dise?ado por la FEMP, incluso en la cuant¨ªa de las multas; el gobierno de Ana Botella se ha cuidado, sin embargo, de destacar espec¨ªficamente que las prostitutas nunca ser¨¢n castigadas por serlo, como podr¨ªa deducirse del texto (¡°se proh¨ªbe ofrecer, solicitar, negociar o aceptar directa o indirectamente servicios sexuales¡±).
Con una redacci¨®n casi calcada, Barcelona impone multas (de hasta 1.500 euros) a los clientes pero tambi¨¦n a las meretrices, aunque de menor cuant¨ªa (hasta 350 euros) y sustituibles por cursos formativos; en el caso de los clientes, se ha eliminado el preaviso contemplado en Madrid, para poder castigar sin paliativos.
La prostituci¨®n es una actividad alegal en Espa?a, que no est¨¢ ni prohibida ni regulada a nivel estatal. El Gobierno catal¨¢n (CiU) tambi¨¦n ha optado por multar a prostitutas y clientes en las carreteras de la regi¨®n, una medida que fue aplaudida hace un a?os por el ministro de Interior, Jorge Fern¨¢ndez D¨ªaz (PP).
En cuanto a la mendicidad, Barcelona tambi¨¦n proh¨ªbe ofrecer pa?uelos o limpiar parabrisas en los sem¨¢foros; en el segundo caso, prev¨¦ imponer multas de hasta 1.500 euros sin preaviso. Siguem en esto al dedillo el modelo de ordenanza propuesto por la FEMP. En ambos casos, se proh¨ªbe la mendicidad organizada o con actitudes coercitivas, as¨ª como el uso de menores. Sin embargo, no se contempla, como en el caso de Madrid, castiga a quienes la ejercen en la puerta de supermercados, una petici¨®n recabada por el Ayuntamiento de las asociaciones de comerciantes.
Sevilla detalla en su ordenanza que ¡°en ning¨²n caso ser¨¢n consideradas como mendicidad las expresiones callejeras de artistas, m¨²sicos, artesanos, grupos de teatro u otras disciplinas art¨ªsticas, ni las diversas formas de protesta que tengan un contenido social, pol¨ªtico o cultural¡±. Bilbao especifica que el importe de las multas ir¨¢ ¡°a mejorar el espacio urbano como lugar de convivencia¡±.
El traslado a toxic¨®manos en cundas no est¨¢ castigado ni en la ordenanza de la FEMP ni en las otras ciudades tomadas como referencia. Miccionar o defecar en a v¨ªa p¨²blica, una infracci¨®n grave en Madrid, lo es leve en Barcelona, Sevilla, Granada o M¨¢laga, excepto, en algunos casos, si se hace junto a un monumento.
Causar molestias al regar las macetas s¨®lo se castiga en Sevilla y durante el d¨ªa; considerar falta grave el riesgo de que se caigan ¨²nicamente lo hace Madrid, que tambi¨¦n se queda solo en vigilar el uso de instalaciones deportivas.
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