Condena de tres a?os a una conductora que caus¨® dos muertos en Valencia
La acusada embisti¨® a otro veh¨ªculo a 94 kil¨®metros por hora en una avenida con l¨ªmite de 50
Un juzgado de Valencia ha condenado a tres a?os de c¨¢rcel a una joven que caus¨® la muerte a dos ocupantes de un veh¨ªculo y heridas a otro al conducir con exceso de velocidad en la avenida de Blasco Ib¨¢?ez de Valencia, seg¨²n la sentencia facilitada hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La juez ha impuesto adem¨¢s a la joven la privaci¨®n del derecho a conducir durante seis a?os y la condena a indemnizar con 106.556 euros a los padres de cada uno de los dos fallecidos y con 18.405 euros al herido. Tambi¨¦n deber¨¢ hacerse cargo de los da?os en el mobiliario urbano, seg¨²n el fallo del Juzgado de lo Penal n¨²mero 7 de Valencia.
El accidente se produjo sobre las 23.30 del 16 de noviembre de 2010, cuando una joven de 22 a?os, Blanca G. S., conduc¨ªa un veh¨ªculo propiedad de su padre por la avenida de Blasco Ib¨¢?ez de Valencia, donde la velocidad m¨¢xima permitida es de 50 kil¨®metros, a una velocidad "no inferior a los 94,35 kil¨®metros por hora".
Seg¨²n los hechos probados, la acusada, "con olvido de las m¨¢s elementales normas de cuidado y atenci¨®n a la conducci¨®n y circulando a velocidad excesiva", rebas¨® en rojo varios cruces semaf¨®ricos sin detenerse y finalmente embisti¨® lateralmente a un turismo en el que viajaban tres personas.
Como consecuencia de la colisi¨®n, fallecieron el copiloto y la ocupante trasera del veh¨ªculo embestido, un joven de 28 a?os y una mujer de 34, y el conductor sufri¨® varias lesiones, como policontusiones, traumatismo abdominal y contusi¨®n cervical, mientras que la acusada result¨® herida leve.
La conductora asegur¨® que hab¨ªa consumido dos cervezas entre las 22.30 y las 23.00, sin que, seg¨²n la sentencia, se haya acreditado suficientemente que condujera con sus capacidades psicof¨ªsicas disminuidas por el alcohol ingerido.
Durante el juicio, celebrado el pasado septiembre, la acusada manifest¨® que no recordaba haberse saltado ning¨²n sem¨¢foro en rojo, ni haber tenido que esquivar ning¨²n veh¨ªculo, ni tampoco la velocidad que llevaba, porque no recordaba lo sucedido antes del accidente y padec¨ªa amnesia desde la colisi¨®n.
La sentencia destaca que la joven circulaba a velocidad "excesiva para las circunstancias del tr¨¢fico", en m¨¢s de 40 kil¨®metros de la permitida, por una avenida principal de la ciudad transitada por peatones y otros veh¨ªculos y cercana a un hospital, lo que conlleva una afluencia superior de personas.
Adem¨¢s, destaca que sobrepas¨® varios cruces en rojo, todo lo cual constituye "un peligro concreto, real y efectivo para la integridad y la vida de las personas, omitiendo la acusada la m¨¢s elemental diligencia media exigible a un conductor medio", lo que se materializ¨® al provocar la muerte y lesiones a los ocupantes del coche embestido.
Por todo ello, se considera acreditado que los hechos son constitutivos de un delito de conducci¨®n temeraria, dos delitos de homicidio por imprudencia grave y uno de lesiones por imprudencia grave.
La sentencia recoge tambi¨¦n que la acusada ha mostrado desde que se produjo el accidente una "absoluta falta de empat¨ªa" hacia los familiares de las v¨ªctimas, pues ni por s¨ª misma ni a trav¨¦s de terceros ha manifestado sus condolencias a los padres y hermanas de los fallecidos.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelaci¨®n ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez d¨ªas.
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